¿Cómo nos afecta a los voluntarios de Cruz Roja o Protección Civil el RD 836/2012?

Respuesta: ¿Cómo nos afecta a los voluntarios de Cruz Roja o Protección Civil el RD 8

R E P I T O ... Que tal si nos dejamos de hablar del sexo de los angeles... Esperamos acontecimientos y estamos a la expectativa... Esperamos la modificacion que falta para despues del verano... No sacamos las cosas de madre... Y lo mas importante, DEJAMOS LA INTERPRETACION DE LAS LEYES A LOS JUECES.

Un saludo
 
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Creo que no hablamos del sexo de los ángeles,hablamos de un decreto ley,donde pone,mejor dicho,omite,que los voluntarios,a día de hoy puedan hacer el trabajo de un tes...

De momento sólo hay una interpretación,y esque,según ese decreto,no pueden hacer esos servicios,al igual que un médico no puede ejercer si mo tiene el título de medicina...por mucha voluntad que tenga.
 
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R E P I T O ... Que tal si nos dejamos de hablar del sexo de los angeles... Esperamos acontecimientos y estamos a la expectativa... Esperamos la modificacion que falta para despues del verano... No sacamos las cosas de madre... Y lo mas importante, DEJAMOS LA INTERPRETACION DE LAS LEYES A LOS JUECES.

Un saludo

Desde un sindicato se le ha solicitado por vias formales al ministerio competente que aclare ciertas "lagunas" respecto a este RD. y que disipe algunas dudas que se pueden plantear a la hora de interpretar esta normativa.

Entiendo y soy consciente que esta web no es afín a ningún sindicato, pero me ha parecido más que interesante compartir los documentos entregados solicitando las respuestas oportunas:
Leer más:
cacoeda: CC.OO. - Solicitud de consulta e interpretación jurídica del RD 836/2012 del 25 de mayo
 
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R E P I T O ... Que tal si nos dejamos de hablar del sexo de los angeles... Esperamos acontecimientos y estamos a la expectativa... Esperamos la modificacion que falta para despues del verano... No sacamos las cosas de madre... Y lo mas importante, DEJAMOS LA INTERPRETACION DE LAS LEYES A LOS JUECES.

Un saludo


Y despues vendran los lloros y lamentos por no acatar a ley...

Tipico español lo de esperar a que haya un cabeza de turco que la pague todas juntas y sirva como ejemplo a los demás :roll:

Ahora que mas culpable es su asociacion u ONG por no informarle verazmente.
 
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R E P I T O ... Que tal si nos dejamos de hablar del sexo de los angeles... Esperamos acontecimientos y estamos a la expectativa... Esperamos la modificacion que falta para despues del verano... No sacamos las cosas de madre... Y lo mas importante, DEJAMOS LA INTERPRETACION DE LAS LEYES A LOS JUECES.

Un Real Decreto está muy lejos de ser "el sexo de los ángeles". De hecho pocas cosas más concretas y claras hay. Es ley, y está en vigor desde el mismo momento en que se publica en el BOE.

Por supuesto que la interpretación de las leyes la hacen los jueces, pero personalmente -llamadme paranoico si queréis- prefiero no llegar al punto en que un juez tenga que interpretar cómo me afecta una ley.

Mientras, a la "expectativa", puede darse perfectamente el caso que he descrito. ¿Que un juez puede interpretar la norma extensamente y que no pase nada? Por supuesto, otro puede interpretarla restrictivamente y hundirme la vida para los restos.

Yo no le digo a nadie lo que debe hacer, Dios me libre, pero sí cuento -no lo que digo yo- lo que dicen el Real Decreto y la Agencia Laín Entralgo: que ahora mismo los TEM voluntarios no estamos reconocidos como personal sanitario. Y luego cada uno es mayorcito para hacer lo que quiera.
 
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Vamos a ver cuando hablo de hablar del "sexo de los angeles" me refiero al tipo de comentarios que "pueden ser denunciados", etc...

A dia de hoy, dudo mucho que un accidentado denuncie a nadie, mas bien dara las gracias si el trato y la atencion es buena (Eso se llama Profesionalidad y no recibir un dinero por hacerlo), y tampoco creo que un juez condene a nadie.

Recordar el punto 3...

Cita:

"3. Quienes a la entrada en vigor de este real decreto estén prestando servicio en puestos de trabajo afectados por lo dispuesto en el artículo 4 y no reúnan los requisitos de formación establecidos en el mismo, ni la experiencia profesional prevista en el apartado anterior, podrán permanecer en sus puestos de trabajo desarrollando las mismas funciones, sin que por tales motivos puedan ser removidos de los mismos".

Aqui quedan muchas lagunas, pues por un lado se habla de "conductores" y aqui solo se dice que "esten prestando servicio en puestos de trabajo".

...//...Los voluntarios no son profesionales y en el caso de Cruz Roja tampoco es una empresa...//...

Querras decir "No remunerados", que mania... que lo de "profesional" lo da la calidad del trabajo que realices, NO EL QUE COBRES POR ELLO.

Y no es cierto que la Cruz Roja no sea una empresa, tiene un CIF, con lo cual... es una empresa a nivel fiscal y juridico.

He hablado con la Agencia Laín Entralgo (el registro de profesionales sanitarios de Madrid) y me han confirmado que, ahora mismo, los TEM voluntarios no somos personal sanitario...//...Así que según la Agencia Laín Entralgo, ahora mismo ya no estamos reconocidos como personal sanitario...//...

Esto que comentas, te lo han dicho de palabra, por telefono supongo... ¿Esta reflejado por escrito en algun lado?

Por que, que yo sepa... NUNCA hemos sido personal sanitario segun la Legislacion, otra cosa muy distinta es que la Comunidad de Madrid, nos tuviera inscritos y controlados en un Registro de Profesionales Sanitarios, pero esta inscripcion no nos da tal condicion, tan solo indica que la Comunidad de Madrid, lleva un cierto control de la gente que se dedica al Transporte Sanitario, nada mas.

...//...está claro que el espíritu de la Ley es interpretable...//...

Efectivamente, pero por un Juez o por un Abogado, no por nosotros, simples mortales.

...//...Eso quiere decir, y vuelvo a citar a la Laín Entralgo, que nuestras actuaciones no están respaldadas por nadie porque, repito, no somos personal sanitario...//...

No creo que la Cruz Roja, el SAMUR, la Agrupacion de Voluntarios del Quinto Pino, deje de dar respaldo Legal a sus Voluntarios.

...//...Igualmente, el seguro de SAMUR/Cruz Roja/Protección Civil se negará a cubrir tu defensa porque, otra vez, no eres personal sanitario...//...

El Seguro que comentas, es un Seguro de Responsabilidad Civil, y va acorde con la actividad que realizas, no con la Titulacion que tengas.

Por que hasta ahora, los Seguros que se han contratado, no contemplan que haya que estar Titulado para estar cubierto por esa Poliza.

Que en un futuro se haga, quizas... pero hoy por hoy no es posible romper de forma unilateral una relacion contractual por parte de una Compañia de Seguros.

Por que ademas las Asociaciones/Agrupaciones de Voluntarios (Cruz Roja, SAMUR, Proteccion Civil del Quinto Pino), contratan una Poliza de Accidentes y de Responsabilidad Civil para actividades voluntarias, que pueden abarcar un amplio margen de actividades, sin que necesariamente tenga que ser en exclusiva el Transporte Sanitario.

Imaginate el follon que seria una Poliza para los de Servicios Sociales, una Poliza para los de Socorros y Emergencias, una Poliza para los de las ERIE´s, una Poliza para los de Mayores y Tercera Edad, etc... Seria una locura.

si es asi, cuidadito con los voluntarios que se esten montando en ambulancias, porque pueden ser denunciados por cualquiera.

Con la ley en la mano, es intrusismo y tiene codigo penal...

Me ciño a lo de antes... no creo que nadie denuncie a nadie, y en el caso de que ocurriera, me cuesta mucho creer que un Juez no tenga en cuenta la "trayectoria" del acusado, quiero decir que no seria lo mismo, alguien que sin experiencia y formacion previa, hiciera cosas a alguien que hasta el momento de salir el RDm haya estado realizando esas tareas.

Como bien dice Xavier esto ya ha pasado en otras profesiones, pero creo que hay personas que se estan poniendo demasiado nerviosas y otras estan intentando "alborotar el gallinero" de forma innecesaria.

Un saludo
 
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Disculpad por mi comentario anterior,envíe sin haber terminado.
Quería decir que pienso que curro,quizás,cierra los ojos para no ver la realidad de la sitúacion del voluntariado. Es bastante arriesgado afirmar que no crees que pueda haber una denuncia...ya no sólo por parte de un paciente,tambien puede haber denuncias por parte de médicos,enfermeros,incluso compañeros...
De lo que se trata es que si la ley no te ampara,es temerario seguir haciendo servicios.
Un saludo
 
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A ver si lo entiendo bien.

Según el Decreto, ¿ un conductor de una empresa de ambulancias que a la entrada en vigor de dicho decreto lleve 1 dia trabajado ( sin formacion y experiencia anterior ) si puede conducir ambulancias y un conductor voluntario con 20 años de experiencia y formacion, no ?.

Un saludo.
 
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Pues si aresmarte,con la ley en la mano,a día de hoy,sin interpretaciónes ni suposiciones,es así,un voluntario no esta habilitado,un trabajador si.

Nadie dice que las leyes o decretos sean lógicos en muchas ocasiones...
 
Respuesta: ¿Cómo nos afecta a los voluntarios de Cruz Roja o Protección Civil el RD 8

Pues si aresmarte,con la ley en la mano,a día de hoy,sin interpretaciónes ni suposiciones,es así,un voluntario no esta habilitado,un trabajador si.

Nadie dice que las leyes o decretos sean lógicos en muchas ocasiones...

Ok, gracias.

Entiendo entonces que un trabajador que cumpla los requisitos de tiempo trabajado que indica el Decreto si puede conducir una ambulancia de Cruz Roja o Proteccion Civil si tambien es voluntario de esas instituciones.

"2. Habilitación de trabajadores experimentados que no ostenten la formación requerida en el artículo 4:
Las personas que acrediten de forma fehaciente más de tres años de experiencia laboral, en los últimos seis años desde la entrada en vigor de este real decreto, realizando las funciones propias de conductor de ambulancias quedarán habilitados como conductores de ambulancias no asistenciales de clase A1 y A2.
Asimismo quedaran habilitados como conductores de ambulancias asistenciales de clase B y C los conductores que acrediten, fehacientemente, una experiencia laboral en la conducción de ambulancias asistenciales, de cinco años en los últimos ocho años desde la entrada en vigor de este real decreto."

Entiendo tambien entonces que a partir de ahora las ambulancias de urgencias (Red de Transporte Sanitario Urgente ) de Andalucia deberan de llevar 2 Técnicos y no uno como han llevado siempre. Sin embargo, en Andalucia la dotación de una ambulancia de clase B, sigue siendo de un solo técnico pese ha estar en vigor el decreto desde el día 9 de junio.

Un saludo.
 
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dudo mucho que un accidentado denuncie a nadie [...]

tampoco creo que un juez condene a nadie. [...]

No creo que la Cruz Roja, el SAMUR, la Agrupacion de Voluntarios del Quinto Pino, deje de dar respaldo Legal a sus Voluntarios. [...]

no creo que nadie denuncie a nadie [...]

me cuesta mucho creer que un Juez no tenga en cuenta [...]

Bueno, pues nada, muy interesante lo que tú crees y no crees que pueda pasar. Yo tampoco creía que un tipo al que sacamos de una parada nos pudiese acusar de robarle el móvil y lo hizo.

Ahora vamos a los hechos:

Esto que comentas, te lo han dicho de palabra, por telefono supongo... ¿Esta reflejado por escrito en algun lado?

Sí, en el BOE.

otra cosa muy distinta es que la Comunidad de Madrid, nos tuviera inscritos y controlados en un Registro de Profesionales Sanitarios, pero esta inscripcion no nos da tal condicion, tan solo indica que la Comunidad de Madrid, lleva un cierto control de la gente que se dedica al Transporte Sanitario

Y, otra vez, el BOE deroga ese Registro, o sea, que queda anulado y ya no sirve para nada, no tiene ninguna validez. Que te puede parecer, puedes creer lo que quieras pero el hecho es que ya no tiene ninguna validez.

3. Quienes a la entrada en vigor de este real decreto estén prestando servicio en puestos de trabajo afectados por lo dispuesto en el artículo 4 y no reúnan los requisitos de formación establecidos en el mismo, ni la experiencia profesional prevista en el apartado anterior, podrán permanecer en sus puestos de trabajo desarrollando las mismas funciones, sin que por tales motivos puedan ser removidos de los mismos.

Me permito poner en negrita lo de "puestos de trabajo" porque es justamente eso el quid de la cuestión con los voluntarios, que lo nuestro no es un puesto de trabajo y no queda claro si estamos o no incluidos en lo de "podrán permanecer". Que tú crees que sí, muy bien, pero el hecho es que dice "puestos de trabajo" y no "servicios" o "cuerpos de emergencia".

Si Cruz Roja lleva semanas reuniéndose con la Consejería de Sanidad de Madrid para aclararlo será porque no es tan seguro como tú crees.

El Seguro que comentas, es un Seguro de Responsabilidad Civil, y va acorde con la actividad que realizas, no con la Titulacion que tengas.

Esto simplemente no es verdad, creas lo que creas, y ahí te lo digo con conocimiento de causa porque he trabajado gestionando seguros.

Si una empresa de construcción pone todas las medidas de seguridad pero el trabajador pasa de seguirlas y sufre un accidente, el seguro de la empresa se lava las manos, y bien hecho. No te cubre y punto, no es opinable. Igual que tu seguro de automóvil no te cubre los daños que causes si tienes un accidente conduciendo borracho o sin haber pasado la ITV. Creas lo que creas.

Si no tienes la titulación oficial exigida y reconocida, no puedes prestar servicio en una ambulancia, ni voluntario ni currando. Igual que no puedes si estás drogado o borracho. Igual que no puedes si sabes que la ambulancia no ha pasado la revisión. Y si lo haces y la cagas es tu responsabilidad, no te cubre nadie. Creas lo que creas.

Y ahora mismo la Ley no dice que los TEM voluntarios tengan una titulación reconocida para ir en una ambulancia, posiblemente por error y olvido del redactor, pero no lo dice. ¿Cómo lo interpretará un juez? Y quién sabe, pero yo prefiero no arriesgarme a tener que averiguarlo.
 
Respuesta: ¿Cómo nos afecta a los voluntarios de Cruz Roja o Protección Civil el RD 8

Yo tampoco creía que un tipo al que sacamos de una parada nos pudiese acusar de robarle el móvil y lo hizo

Evidentemente, si le falta el movil es logico que denuncie.

Al igual que si haces una mala praxis tambien te denunciaran, lo que estoy diciendo es que si lo haces bien, y dado que es una situacion de "transicion", no creo que denuncie nadie.

Y, otra vez, el BOE deroga ese Registro, o sea, que queda anulado y ya no sirve para nada, no tiene ninguna validez.

O me he vuelto tonto de repente, o ahora resulta que no se leer.

Cita:
"Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Queda derogado el Real Decreto 619/1998, de 17 de abril, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera, y cuantas otras disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este real decreto."

1.- Nunca hemos sido personal sanitario.

2.- El RD deroga las disposiciones, pero no el Registro en si.

Me permito poner en negrita lo de "puestos de trabajo" porque es justamente eso el quid de la cuestión con los voluntarios, que lo nuestro no es un puesto de trabajo y no queda claro si estamos o no incluidos en lo de "podrán permanecer"

Con lo cual me das la razon, habra que estar a la expectativa y esperar acontecimientos, y sobre todo la reforma que van a hacer despues del verano, al tener muchos flecos y lagunas.

Si Cruz Roja lleva semanas reuniéndose con la Consejería de Sanidad de Madrid para aclararlo será porque no es tan seguro como tú crees.

Al igual que el SAMUR por ejemplo, pero no es que no esten seguros, es que no queda lo suficientemente claro al tener lagunas no legisladas (Camilleros, Voluntarios, Etc... en resumen el personal "no conductor y no remunerado").

te lo digo con conocimiento de causa porque he trabajado gestionando seguros.

Entonces sabras perfectamente que para una modificacion de las condiciones, tiene que firmarse una nueva poliza, y que la compañia aseguradora no puede de forma unilateral, modificar el contenido de lo pactado.

Si no tienes la titulación oficial exigida y reconocida, no puedes prestar servicio en una ambulancia, ni voluntario ni currando

Una cosa es que no te cubre la Responsabilidad Civil y otra cosa es que no te cubra el seguro de accidentes, son cosas distintas y por eso en los Seguros de especifica aparte.

Y ahora mismo la Ley no dice que los TEM voluntarios tengan una titulación reconocida para ir en una ambulancia, posiblemente por error y olvido del redactor, pero no lo dice.

Antes TAMPOCO habia ninguna Ley que lo dijera. Y si es un error del redactor, con lo cual hay que esperar la modificacion, el Everest no se escala en un solo dia.

¿Cómo lo interpretará un juez? Y quién sabe, pero yo prefiero no arriesgarme a tener que averiguarlo.

Si te quieres poner nervioso y alborotar el gallinero de forma imnecesaria, tu mismo.

No entiendo que haya que ponerse asi, es un cambio o periodo de transiscion y como muy bien ha comentado Xavier, ya ha pasado en otras profesiones ¿Y paso algo...?

Quizas algun DUE que vivio la "transicion" de ATS a DUE, nos pueda ilustrar como se hizo y que paso.

O algun Medico, nos pueda ilustrar como se hizo la "transicion" cuando se implanto las especialidades via MIR.

Yo apuesto por la CALMA y esperar un tiempo prudencial a ver como se van desarrollando los acontecimientos.

En Canarias, cuando salio el tema de las Cualificaciones Profesionales, surgio un debate similar... la gente, los sindicatos, etc... hablaban que como habian convocado solo 100 plazas en la primera convocatoria... que iba a pasar con los 1600 restantes del sector, que si iban a echar a la gente a la calle, que .... en fin un monton de barbaridades.

¿Sabes lo que paso despues? pues nada, la segunda convocatoria sacaron 200 plazas, y despues mas... y ni han echado nadie a la calle por no tener el Certificado de Profesionalidad ni nada de nada, tan solo fue una cosa nueva, y que necesitaba un tiempo de adaptacion y de rodaje.

En fin, que si quieres dejar de hacer Servicios de Transporte Sanitario, tu mismo, te vas a perder muchas cosas de las que entiendo te motivaban para realizarlas... (pasarlo bien, conocer gente, acumular experiencia y horas de servicio, hacer algo por los demas, etc...).

Quizas mas adelante, otro Voluntario no tan exaltado, tenga mas puntos y meritos para otras cosas.

Un saludo
 
O me he vuelto tonto de repente, o ahora resulta que no se leer.

Cita:
"Disposición derogatoria única. Derogación normativa.

Queda derogado el Real Decreto 619/1998, de 17 de abril, por el que se establecen las características técnicas, el equipamiento sanitario y la dotación de personal de los vehículos de transporte sanitario por carretera, y cuantas otras disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este real decreto."

Osea la legislacion de cada comunidad,que es inferior a la estatal queda tambien derogada.

Lo de tonto o no yo ya no entro :roll:


Es broma eh!

En cuanto a lo de la ``CALMA´´ me parece que en breves se acaba al menos en Madrid.

Se esta estudiando el interponer una denuncia/reclamacion ante la ilegalidad actual de la bolsa del SUMMA segun me comentaron.

Me parece que a partir de ahi va a haber bastante movimiento en la comunidad... y para los voluntarios obviamentee tambien
 
Respuesta: ¿Cómo nos afecta a los voluntarios de Cruz Roja o Protección Civil el RD 8

Ya te dije yo Curro en otro hilo que van a modificar el dichoso RD, y no estaría mal reconocer lo hecho hasta ahora y no tirar por tierra a los conductores...
 
Enlace de Interes de ultima hora:
http://www.diariodenavarra.es/notic...te_sanitario_manos_ministerio_91928_2061.html


Todo parece indicar que la cosa va por el buen camino y segun las previsiones de los mas optimistas.

Habra que esperar acontecimientos.

Un saludo

Que bien,eh?

Queremos volver al coladero de contratados a dedo y a los cursos ``todovale´´.

Y alguno encima se alegra :roll:

Para eso que quiten el FP y ya esta.

Tan solo tienen que decir ``Lo siento,el FP ha sido un error.No volvera a ocurrir´´

Y arreglado.
 
Respuesta: ¿Cómo nos afecta a los voluntarios de Cruz Roja o Protección Civil el RD 8

...según el acuerdo al que han llegado las comunidades autónomas con el ministerio, se valorará la constitución de un grupo técnico de trabajo para consensuar criterios.
Pues yo estoy de acuerdo con esto.

Creo que es la forma más correcta de hacer las cosas.
 
Respuesta: ¿Cómo nos afecta a los voluntarios de Cruz Roja o Protección Civil el RD 8

Vamos a ver, el problema fundamental de este RD es que sólo habla de "CONDUCTORES", pero una vez incluya a los que no son conductores, y aclare en qué consiste el proceso de acreditación (que debería ser una cualificación igual que los procesos ya convocados), santas pascuas. La otra cosa a cambiar es que teniendo las cualificaciones no sirva más que para traslados, algo bastante ilógico.

Salvando eso, que era lo más complejo, me parecería raro que cambiaran cosas como la necesidad de ser TES para nuevas contrataciones. De modo que poco cambiaría realmente. El que está trabajando seguirá trabajando, el que vaya a empezar, deberá ser TES.

Sobre el voluntariado no sé qué harán, y creo que la mayor dificultad aparece a la hora de encontrar el sistema que acredite las horas de servicio sin generar dudas del sistema usado para contabilizarlas.

Por supuesto puedo equivocarme y podrían sacar una nueva norma que lo cambie todo o dejarlo todo tal y como está, a saber.
 
Respuesta: ¿Cómo nos afecta a los voluntarios de Cruz Roja o Protección Civil el RD 8

Respecto a la modificación del RD 836/2012, la trataremos aquí.
Dejaremos esta discusión únicamente para la repercusión del RD y sus modificaciones en el voluntariado, ¿vale? ;)
 
Respuesta: ¿cómo nos afecta a los voluntarios de Cruz Roja o Protección Civil el RD 8

Solo decir q muchos voluntarios, tienen más formacion q muchos trabajadores.
 
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