Habilitacion tes para conductores de ambulancia con experiencia

Miguel Angelo

e-mergencista experimentado
Hola creo que este tema ya ha sido debatido, pero hay algunos flecos de tipo laboral pendientes de mucha importancia para mí como
¿sabeis si alguna COMUNIDAD ha comenzado a habilitar a sus conductores de ambulancias?
¿Qué documentación se está pidiendo para demostrar fehacientemente que han desempeñado esa función durante esos años?
Sí es una habilitación es valida para todo el Territorio Nacional ¿por qué si eres despedido necesitas tener el título para volver a trabajar de nuevo? ¿la habilitación es solamente para mantener el puesto mientras dure?
¿ no es igual estar Habilitado que tener el Titulo?
¿Qué pasa con las bolsas de trabajo? ¿se baremarán esos años necesarios para habilitarse como merito? ¿es legal que se baremen así?
¿Es legal que se bareme a un Tes de forma distinta que a un “habilitado”?
En la administración pública ¿se baremará igual a un TES que a un conductor con habilitación haciendo lo mismo?
Y los sindicatos ¿Tienen algo que aportar para que haya una igualdad de condiciones entre los Tes y los Habilitados?
El que sepa alguna con seguridad que la conteste, y el que las sepa todas también, haber si entre todos despejamos dudas, Muchas gracias....
 
Respuesta: Habilitacion tes para conductores de ambulancia con experiencia

Dame unas horitas que tengo que hacer unas gestiones y te contesto, paciencia.
 
Respuesta: Habilitacion tes para conductores de ambulancia con experiencia

¿Qué documentación se está pidiendo para demostrar fehacientemente que han desempeñado esa función durante esos años?

Mediante la vida laboral y los certificados de empresa.


¿ no es igual estar Habilitado que tener el Titulo?

Pues no, el título oficial solo se puede obtener a través de la formación reglada, es decir yendo al instituto o bien examinandote por libre de todas las asignaturas que no se pueden obtener tras las correspondientes cualificaciones.
INCUAL. Reconocimiento, Evaluación y Acreditación de Cualificaciones



¿Qué pasa con las bolsas de trabajo? ¿se baremarán esos años necesarios para habilitarse como merito? ¿es legal que se baremen así?

En muchas comunidades ya funcionan bolsas de trabajo para los técnicos en emergencias sanitarias que tienen la titulación oficial, lo mejor sería que consultaras en la consejeria de sanidad de la comunidad que te interese ya que los baremos son públicos.

¿Es legal que se bareme a un Tes de forma distinta que a un “habilitado”?
En la administración pública ¿se baremará igual a un TES que a un conductor con habilitación haciendo lo mismo?

Sí, es legal si se ha aprobado mediante la publicación del baremo al que se ha llegado, se supone, tras un consenso de las partes. Y tendrás que mirar los baremos correspondientes para saber si se barema o no igual.

Y los sindicatos ¿Tienen algo que aportar para que haya una igualdad de condiciones entre los Tes y los Habilitados?

¿Por qué no preguntas a ellos directamente?, no podemos saber lo que opinan los represesentates sindicales al respecto, puede que algún forero esté afiliado a algún sindicato y pueda decirnos alguna cosita más.


El tema se ha debatido ya en la página de modo muy amplio, puede que en ellos puedas resolver parte de tus dudas:
http://www.e-mergencia.com/foro/f20...sionales-adquiridas-traves-experiencia-29550/
http://www.e-mergencia.com/foro/f20...-competencias-profesionales-28830/index3.html
http://www.e-mergencia.com/foro/f209/interpretacion-rd-transporte-sanitario-30239/

Y aquí te informan de todo:
Instituto Nacional de las Cualificaciones (INCUAL)


Un saludo.
 
Respuesta: Habilitacion tes para conductores de ambulancia con experiencia

Hola Miguel Angelo…

Veras en esta profesion hay como se suele decir “De todo como en Botica”.

Hay gente que su mayor preocupación era y es, levantarse por la mañana, acudir a su centro de trabajo, coger una furgoneta cual mensajero de DHL y conducir, cargar, conducir, descargar, y vuelta a empezar, al finalizar su horario, regresar a casa contento y al final de mes ver como le ingresaban una cantidad por sus servicios en su cuenta del banco.

Hay otra gente que aparte de hacer eso mismo, les gusta su trabajo y fruto de ese entusiasmo e inquietud, han buscado algo mas, tratando de hacer cuantos cursos de formación se le ponian al alcance de su mano (o de su bolsillo).

Ademas, han acudido a Congresos y Jornadas relacionadas con las Emergencias, incluso hay quien se a animado a publicar o presentar algun poster o ponencia, en alguno de ellos sobre temas variados con las emergencias y su trabajo en concreto (Actividad Cientifica le llaman).

Algunos incluso se han apuntado a una Sociedad Cientifica de Emergencias (y en los ultimos tiempos a alguna Asociación de Tecnicos) y han formado parte de algun grupo de trabajo, para tratar de mejorar y dignificar esta profesion, consiguiendo con paciencia y teson que actualmente, por fin, se haya sacado el Ciclo de Grado Medio de FP, reconocido por el Ministerio de Educación.

Hay incluso quien cree que esto no es mas que el comienzo y que quizas en un futuro mas o menos lejano (que posiblemente ellos ya no lo vean hasta después de su jubilacion), podamos ser como en otros paises, y se cree un nivel incluso superior y haya 2 niveles de Tecnicos, el TES y el Paramedico (no estoy hablando de USA, estoy hablando de Suiza sin ir mas lejos).

Hay gente que incluso no se han conformado con eso, y aspirando a algo mejor, no solo laboralmente en el aspecto de ayudar a los demas, sino tambien por supuesto en el economico, antes incluso de que se empezara a hablar del TES de FP, se matricularon en Enfermeria, con mucho esfuerzo, cambiando muchas guardias e incluso algunos como el compañero Joao de Brasil se han matriculado en Medicina (ole, ole y ole… Joao, mucho animo desde aqui).

Yo empeze conociendo la palabra “Socorrista Terrestre”, después la de “Tecnico de Transporte Sanitario” y luego en general la de “Tecnico”, lo digo porque veo que el 15 de Febrero de 2012, en el hilo de “Preguntas de examen-test pruebas libres tecnico emergencias” escribiste…

Cita:
“Hola, soy "ambulanciero" de los de siempre, es la segunda vez que me meto por aquí, me gustaria abrir este hilo para ver si teneis algún examen de pruebas libres de otros años, pués la cosa está muy fea en el curro y es necesario tener el título para poder seguir trabajando. Muchas gracias compañeros”

Mira…la palabra “ambulanciero” personalmente me da grima. ¿Qué entiendes por ambulanciero? ¿El que conduce una ambulancia?

Esto es como cuando vas a la oficina del INEM e intentas darte de alta…

A ver, joven en que trabaja Usted…

En una Ambulancia.

Ah, ya… Conductor de Ambulancias.

Pues bueno, vera… es que no es exactamente eso, es que Yo realizo tecnicas de Primeros Auxilios y Soporte Vital Basico

Ah, entonces es Socorrista.

Pues vera, tampoco es eso… es que un Socorrista hace cosas con estas dos manitas y medios improvisados, y Yo realizo tecnicas de Soporte Vital Basico Instrumental, e incluso realizo tecnicas de Apoyo al Soporte Vital Avanzado.

Ummmm, pues no se donde meterle. ¿Camillero?...

Lo he dicho por aquí y en otros foros, nuestro futuro es ser TECNICOS de emergencias en primer lugar y ademas conductores, mediante la habilitacion que expide, previo examen de conocimientos teorico-practicos la Direccion General de Trafico… lease BTP + la categoría de carnet en funcion de las caracteristicas del vehículo que vayamos a conducir.

Por muchas razones, entre otras por comodidad no solo para nosotros, sino tambien para las empresas.

Para nosotros es mucho mas descanzado poder repartirnos la conducción en las largas jornadas de guardia y la para las empresas una mejora y facilidad de cobertura de las incidencias, y no como hasta ahora que cuando se te pone malo un “Conductor” tienes que estar localizando otro, y si se te pone malo un “Camillero” idem de idem.

Si somos todos Tecnicos Conductores… que se te pone malo uno… pues llamar a cualquiera de la plantilla y lo solucionas.

Como ya te han comentado l@s compañer@s, esto esta suficientemente tratado por el foro, es mas yo voy a añadir otros enlaces que veo que no han salido hasta ahora.

Enlace de Interes:

Certificados de Profesionalidad

¿Cómo nos afecta a los Voluntarios de Cruz roja o Proteccion Civil el RD 836/2012?


Como bien cuenta Juan Luis en su articulo de la interpretación del RD, esta suficientemente claro como va a ser esa “habilitacion”, pues esta regulada por ley en el Real Decreto 710/2011, de 20 de mayo.

En otras palabras, esa “habilitacion” ya se esta realizando en muchas Comunidades Autonomas y se llama "Cualificaciones Profesionales", es un proceso, con el fin de que aquellos profesionales que hasta ahora estaban realizando una profesion no reglada por estudios oficiales del Ministerio de Educacion, puedan acreditar documentalmente la experiencia laboral y la formacion recibida.

Aquellos que superen dicho proceso, y por decirlo de alguna manera, que obtengan un estandar de calidad (como una acreditacion de AENOR para entendernos), obtienen un Certificado de Profesionalidad, que es exactamente a un Titulo Academico del Ministerio de Educacion, pero que lo expide el Ministerio de Trabajo (en realidad las Consejerias de Trabajo por aquello de las transferencias autonomicas), con lo cual tiene efectos a nivel laboral pero no a efectos academicos.

Como nota de interes, hay que decir que si te matriculas en la FP, no puedes presentarte a una convocatoria de "Cualificaciones Profesionales".

Y si te presentas a las "Cualificaciones Profesionales" no puedes matricularte en la FP hasta que no hayas terminado el proceso.

La ventaja es que si superas este proceso de las "Cualificaciones Profesionales", al finalizar, puedes matricularte en la FP pudiendo convalidar "casi todas" las asignaturas.

Huelga decir que las Cualificaciones Profesionales, estan pensadas unicamente para aquellas personas que lleven tiempo trabajando en el sector y tengan experiencia (renumerada y voluntaria) y formacion.

++++++++++++++++++++++

¿sabeis si alguna COMUNIDAD ha comenzado a habilitar a sus conductores de ambulancias?

Ya te lo hemos comentado, en todas aquellas donde se han convocado procesos de Cualificacion Profesional.

¿Qué documentación se está pidiendo para demostrar fehacientemente que han desempeñado esa función durante esos años?

Pues por ponerte algunos ejemplos puedes echarle un vistazo a estos…

Ejemplos:

Canarias: http://sede.gobcan.es/boc/boc-a-2011-238-6313.pdf

Andalucia: http://www.juntadeandalucia.es/boja/2011/233/d3.pdf

Aragon: http://servicios.aragon.es/pwac/binario.verBinario.do?idBinario=3523

Navarra: Boletín Oficial de Navarra Número 254 de 28 de diciembre de 2011 - navarra.es

La Rioja: Boletines - Gobierno de La Rioja

Yo que me saque las dos en Canarias, presente todos los Diplomas y Certificados de los Cursos realizados, el Certificado de Vida Laboral, el Certificado de Empresa con las tareas y cometidos realizados, etc… todo ello de acuerdo con lo que se pide en las convocatorias que te puesto mas arriba.

Sí es una habilitación es valida para todo el Territorio Nacional ¿por qué si eres despedido necesitas tener el título para volver a trabajar de nuevo? ¿la habilitación es solamente para mantener el puesto mientras dure?

A la segunda pregunta SI. Bastante es que te dejen trabajar sin tener una Titulacion Academica Oficial.

A la primera, pues es evidente… a partir de que existe una Titulacion del Ministerio de Educación que faculta para ejercer una profesion, no queda otra que sacarsela.

O… ¿Acaso irias a tu Medico de Cabecera si no tuviera la Titulacion de Medico?

Aparte en España hay una Ley que se conoce como Codigo Penal…

Enlace de Interes:

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal


Y esta Ley Organica en su Capitulo V y mas concretamente en su Articulo 403, es muy clara al respecto.

Capitulo V – De la usurpación de funciones publicas y del intrusismo.

Artículo 403.

El que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses.

Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de tres a cinco meses.

Si el culpable, además, se atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido, se le impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años.


¿ no es igual estar Habilitado que tener el Titulo?

NO, no lo es, si te lees el resto de los hilos que te hemos dado el Titulo de Grado Medio tiene efectos Academicos y Laborales, y el Certificado de Profesionalidad solo tiene efectos Laborales.

¿Qué pasa con las bolsas de trabajo? ¿se baremarán esos años necesarios para habilitarse como merito? ¿es legal que se baremen así?

a) Pues que a partir de la fecha, se tendran que modificar los requisitos exigidos para las mismas, en funcion del puesto ofertado.

b) No entiendo la frase “esos años para habilitarse”, la “habilitacion” como le llamas es un proceso de Cualificacion Profesional que se convoca, te presentas y ya esta.

c) SI, es legal.

Pero por el tono de la pregunta, me suena que te has presentado a alguna bolsa de trabajo y se ha torcido la cosa. Si quieres por privado me lo cuentas y seguimos debatiendo.

¿Es legal que se bareme a un Tes de forma distinta que a un “habilitado”?

Como ya te han dicho SI, un TES tiene un Titulo del reconocido por el Ministerio de Educación a efectos Academicos y Laborales, un “Habilitado” solo es un Certificado a efectos Laborales.

En la administración pública ¿se baremará igual a un TES que a un conductor con habilitación haciendo lo mismo?

Para trabajar en la Administración Publica, ya sea a nivel Nacional, Autonomico o Local, se exige un nivel academico en funcion del Nivel y Grupo al que vayas a optar.

Para Tecnicos hasta ahora… se estaba pidiendo un nivel de Bachillerato, y es logico que si ya existe una Titulacion Academica de FP se exiga.

En cualquier caso la Administración lo bueno que tiene, es que si no estas de acuerdo con un determinado proceso, convocatoria o acto administrativo, es que puedes meterte en un Contencioso Administrativo para cambiar aquello que consideres que no sea legal o que vaya en contra de tus intereses. Y al final sera un Juez el que dictamine quien lleva razon.

Y los sindicatos ¿Tienen algo que aportar para que haya una igualdad de condiciones entre los Tes y los Habilitados?

Pues tambien como ya te han dicho antes, preguntaselo a ellos directamente, acude a cualquiera de sus sedes (tienes un monton de ellos) y te informaran con gusto.

Sin tratar de desviarme mucho del tema, te dire que por un lado las empresas, desgraciadamente en España, ven la formación como un gasto y no como una inversion.

Te dire tambien, y estoy intentando localizarlo en la red, que cuando por ejemplo en Canarias se empezo con el tema de las Cualificaciones Profesionales y el Convenio Colectivo… los sindicatos se rasgaron las vestiduras alegando que era una canallada, cuando menos imposible y que no se podia consentir hacer que un trabajador tuviera que acudir a un Instituto a cursar estudios fuera de su horario laboral, después de una larga jornada de trabajo.

Yo conoci a un joven que trabajaba de botones en un Banco por las mañanas (para ganarse unas pelillas), iba a la Universidad por las tardes (para obtener un Titulo y forjarse un futuro), y por las noches cumplia el Servicio Social Sustitutorio del Servicio Militar (que era lo que te obligaban a hacer en aquella epoca, o sea el Servicio Militar o la Objeción, lease Servicio Social Sustitutorio).

Yo tengo la grandisima suerte que mi empresa, la formación la considera una inversion y fruto de ese pensamiento, la formación la incluye dentro de mi planilla de jornadas laborales, o sea que dentro de mi calendario anual de jornadas de trabajo, tengo 1 jornada en cada trimestre en la que tengo que acudir 8 horas a clase en vez de a mis quehaceres habituales, de forma que me cuenta como jornada laboral y por supuesto estoy obligado a acudir a ella.

Sin embargo… me suena a chufla que después de aquel revuelo, salga el Convenio Nacional, y se trague con que la formación debe hacerse “fuera” del horario laboral.

Atentamente…

Un saludo

p.d.: Adjunto una imagen que creo que aclara el polemico ultimo parrafo del RD, que dice “Los certificados individuales (Ver marca 1) que acrediten los supuestos de habilitación previstos en este apartado se expedirán por las comunidades autónomas (Ver marca 2) con sujeción al procedimiento que se regule (Ver Real Decreto 710/2011, de 20 de mayo) a través de las disposiciones que se citan en el apartado 4 y serán válidos en todo el territorio nacional (Ver marca 3)
 

Adjuntos

  • Certificado Profesionalidad.jpg
    Certificado Profesionalidad.jpg
    145,7 KB · Visitas: 5.014
Última edición:
Respuesta: Habilitacion tes para conductores de ambulancia con experiencia

Hola Curro Jiménez, gracias por tú aportación, pero tengo que replicar algunas cosillas, haber yo ya se lo que es un procedimiento PREAR, pues, me he cualificado y también he obtenido los dos Certificados de Profesionalidad transporte sanitario y AMV, y he tenido oportunidad de participar en otro como asesor , ya que en algún caso no se exige el título TES, sino otros o tener una dilatada experiencia. Y todo esto es porque no tengo ganas de gastarme una pasta gansa que no tengo en una academia privada, donde me darían clases gente con menor experiencia que yo, y a una formación a la que tengo derecho por mí puesto de trabajo, por eso es que me he interesado en obtener información sobre las pruebas libres de FP para obtener las unidades restantes para completar los Módulos Formativos que llevan a la obtención del título.
Por otro lado decir que estoy orgulloso de ser y haber sido AMBULANCIERO pués en mí comunidad autonoma el conductor va sólo y te lo comes todo sólo y con patatas, y tengo claro que nunca debo olvidar lo que he sido y no desprestigiar a ningún compañero, ya que hay algunos TES antes Ambulancieros que por obtener el título han pensado que pueden desplazar a sus semejantes que aún no lo han obtenido, dedicándose a llamarnos “Intrusos”. Pienso que ante todo tiene que haber respeto por los demás.
En cuanto a la “Habilitación” lo último de lo que he tenido conocimiento es que no es un proceso PREAR como has indicado, según el gabinete jurídico de mí Comunidad autónoma de la Consejería de Sanidad, para los de Ámbito público se extenderá de Oficio a todos los que cumplen esas condiciones que indica el nuevo RD de Transporte Sanitario y los del ámbito privado o concertado sí tendrán que aportar documentación , añadir que actualmente han detenido el procedimiento ya que ha habido ciertas quejas o sugerencia de otros gabinetes jurídicos, principalmente los de NAVARRA y PAIS VASCO ha visto que hay cierta incoherencia en ciertos puntos, así como los referentes al Voluntariado que no se nombra en ningún punto, es por esto y no por lo que digo yo, que esta nueva LEY de Transporte Sanitario va a ser Modificada y no antes de que termine el verano.
La pregunta del tema iniciado es sí una vez habilitados se tiene derecho a seguir en la misma línea que los técnicos, ya que creo que legalmente sí sería así, pero por otro lado debería ser una lucha por parte de los sindicados, que si lo hicieron bien como en otras categorías como ocurrió con la de ATS que después pasaron a ser DUE´s, sin perdida de derechos ni experiencia laboral perdida, como sí creo que va a ocurrir en nuestro caso, sin más gracias por vuestra atención.
 
Respuesta: Habilitacion tes para conductores de ambulancia con experiencia

...//...Por otro lado decir que estoy orgulloso de ser y haber sido AMBULANCIERO pués en mí comunidad autonoma el conductor va sólo y te lo comes todo sólo y con patatas, y tengo claro que nunca debo olvidar lo que he sido y no desprestigiar a ningún compañero...//...

Precisamente para darle prestigio al Sector y lo que somos, creo que no debemos usar la palabra "Ambulanciero", de verdad me da grima, como te digo creo que seria mas correcto Tecnicos de Emergencia o Tecnicos de Transporte Sanitario.

...//...ya que hay algunos TES antes Ambulancieros que por obtener el título han pensado que pueden desplazar a sus semejantes que aún no lo han obtenido, dedicándose a llamarnos “Intrusos”...//...

Si vienes leyendo mi "linea editorial" en este y otros foros, veras qe he defendido a capa y espada ese planteamiento, quiero decir que estoy en contra de esa forma de pensar, y de ese "Nuevo Dorado" que esta resultando para muchos esta profesion.

Al igual que defiendo a los Voluntarios, pues siempre dire que la "Profesionalidad" lo da la calidad del servicio que prestes, y no de si cobras o no por ello.

...//...En cuanto a la “Habilitación” lo último de lo que he tenido conocimiento es que no es un proceso PREAR como has indicado, según el gabinete jurídico de mí Comunidad autónoma de la Consejería de Sanidad...//...

Seria muy interesante que nos contaras de que Comunidad se trata.

...//...para los de Ámbito público se extenderá de Oficio a todos los que cumplen esas condiciones que indica el nuevo RD de Transporte Sanitario y los del ámbito privado o concertado sí tendrán que aportar documentación...//...

A mi juicio seria un agravio comparativo y quizas recurrible en un contencioso-administrativo. Por un lado "Publico Vs Privado" y por otro "Cualificaciones Vs Habilitacion", sobre todo por toda la gente que ya ha pasado y esta en estos momentos por dichos procesos.

Si que es cierto que al menos en lo Publico, por lo menos en mi Comunidad y en mi empresa, se lleva el tema de la Formacion dentro de unos parametros adecuados.

Pero quizas, habria que ver el tema de lo privado.

En Canarias por ejemplo se da la curiosa circunstancia que el SUC exige unos cursos homologados por la ESSSCAN y sin embargo el curso de Tecnico que imparte el propio SUC, no esta homologado por la ESSSCAN.

...//...añadir que actualmente han detenido el procedimiento ya que ha habido ciertas quejas o sugerencia de otros gabinetes jurídicos, principalmente los de NAVARRA y PAIS VASCO ha visto que hay cierta incoherencia en ciertos puntos, así como los referentes al Voluntariado que no se nombra en ningún punto, es por esto y no por lo que digo yo, que esta nueva LEY de Transporte Sanitario va a ser Modificada y no antes de que termine el verano...//...

Esa opinion creo que la compartimos todos, ¿que pasa con el Voluntariado de Transporte Sanitario?

Ademas hay muchos flecos... el tema de los Certificados de Profesionalidad, por ejemplo, no entiendo que habiendo un proceso perfectamente definido para "acreditar documental y feacientemente" la experiencia, la formacion, etc... ahora se saquen de la manga una digamos "amnistia general" solo porque en tu Certificado de Vida Laboral, diga que has estado xxx años, y quizas en vez de estar haciendo cosas propias, has estado de almacenero.

...//...La pregunta del tema iniciado es sí una vez habilitados se tiene derecho a seguir en la misma línea que los técnicos, ya que creo que legalmente sí sería así, pero por otro lado debería ser una lucha por parte de los sindicados, que si lo hicieron bien como en otras categorías como ocurrió con la de ATS que después pasaron a ser DUE´s, sin perdida de derechos ni experiencia laboral perdida, como sí creo que va a ocurrir en nuestro caso, sin más gracias por vuestra atención.

Hombre en lo concerniente a lo estrictamente laboral, mantenimiento del puesto de trabajo deberia ser asi ("plazas a extinguir" se denomina en la Administracion Publica)... ademas si tienes los Certificados de Profesionalidad, por lo menos se garantiza que tienes un minimo de Calidad (el ejemplo de AENOR).

Otra cosa seria para el tema de promocion interna y la carrera profesional, sobre todo en lo publico.

Yo no le veo mayor problema a que con tiempo y ganas, todo el mundo que ahora mismo este trabajando consiga primero la Cualificacion Profesional y luego solo tenga que cursar algunas asignaturas.

Hace bastante tiempo cuando empezo el tema de las Cualificaciones Profesionales, ya toque el tema y puse el mismo ejemplo, pero los "Universitarios" (ya sabes... Diplomados y Licenciados) ;-) ;-) ;-) me dijeron que no era comparable como ejemplo.

El tema sindical... (Si, que ya se que esto aqui es tabu), deberian empezar a plantearse el tema de la formacion dentro de la jornada laboral, como ya comente, la liaron con el tema y luego se bajaron los pantalones.

En cualquier caso, yo no creo que todo el peso deba recaer en los Sindicatos, yo creo que aqui debemos ser nosotros mismos quienes nos hagamos valer, bien sea a nivel de Asociaciones Cientificas (SEMES) como a traves de Asociaciones de Tecnicos.

Enhorabuena por los Certificados y por el tema de Asesor... yo al final no me presente pues se me complicaron un poco las cosas.

Un saludo
 
Atrás
Arriba