"¿Qué va a pasar con los TES sin título de Grado Medio?"

Respuesta: "¿Qué va a pasar con los TES sin título de Grado Medio?"

-Se les podran renovar los contratos pues claro que si. otra cosa es despido y nueva contratacion.
-Para cambiar de empresa no se podra ya que estaras habilitado como CONDUCTOR en la empresa actual solamente-
-Presentarse a bolsas de trabajo no se puede ya que eres nueva incorporacion.
-En una subrrogacion el personal no cambia de empresa, sino que es la empresa entrante la que se queda con el personal que esta trabajando. osea que tiene que mantenerlos. No son nueva incorporacion.
 
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-Se les podran renovar los contratos pues claro que si. otra cosa es despido y nueva contratacion.
-Para cambiar de empresa no se podra ya que estaras habilitado como CONDUCTOR en la empresa actual solamente-
-Presentarse a bolsas de trabajo no se puede ya que eres nueva incorporacion.
-En una subrrogacion el personal no cambia de empresa, sino que es la empresa entrante la que se queda con el personal que esta trabajando. osea que tiene que mantenerlos. No son nueva incorporacion.

segun comunidad, si se puede puesto que todavía no han creado la categoria.
Las bolsas (de empleo publico) suelen ser para sustituciones cortas temporales ¿ Se considera nueva incorporacion? Yo creo que no.
Otra cosa son las plazas vacantes, es mi opinion
 
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si entras a cubrir un puesto ya sea sustitucion, vacaciones o lo que sea para mi que eres nueva incorporacion.......
 
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Aurelin01, para hacer una subtitución o suplencia o llamale como quieras deben hacerte un contrato por la tanto para realizar ese nuevo contrato debes ser TES.

Las plazas vacantes se podran cubrir con personal interno o con contrataciones temporales, estas últimas deben estar tituladas.

Saludos
 
Respuesta: "¿Qué va a pasar con los TES sin título de Grado Medio?"

Rectifico mi anterior escrito.
Hoy a salido publicado en el boletin DOCV la creacion de la categoria TES por lo que a partir de mañana no te podras apuntar a la bolsa ni trabajar (nueva contratacion) si no eres TES. hasta ahora estaba en vigor conductor-camillero

DOCV Diario Oficial Comunidad Valenciana
 
Respuesta: "¿Qué va a pasar con los TES sin título de Grado Medio?"

Me llega por dos vías que va a salir reforma del RD dándole vía libre a las ONG, Guardia Civil, etc, para seguir como hasta ahora. A esperar, pero lo doy por hecho.
 
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Del hilo cerrado
T.e.s. 2015

Wydo dijo:
Buenoas tardes!!
¿Es cierto que para el 2015 los trabajadores tienen que tener la F.P o el Certificado de Profesionalidad?. De ser así, por favor decirme en que B.O.E sale.
Muchas gracias.

Estimado Wydo, te contesto aquí ya que el hilo que comenzaste ha sido cerrado y no se te contestó a la cuestión que planteas.

Lo primero que hay que decir y que mucha gente no tiene clara es que las CCAA tienen asumidas las competencias en tema de sanidad, por lo que el RD 836/2012 no contesta a la cuestión, ya que es norma base y son las comunidades las que deben de desarrollar el RD, aplicarlo en plazo, etc.

En Murcia se estableció una fecha límite y es 31 de Octubre de 2014, para que las nuevas contrataciones a partir de esa fecha y ya entrado el 2015 todos los nuevos llamamientos por bolsa sea de TES.

Esto es un acuerdo que se llegó en mesa sectorial entre sindicatos y administración, planteado incluso antes de la aparición del RD.

Para llegar a tener una fecha límite hace falta dos premisas básicas, la primera es que en la comunidad que corresponda se reconozca la categoría de TES por orden de la Consejería, y por otro lado que se abra una bolsa de trabajo del servicio. Porque así que haya mucha disposición por parte de todos, si no hay un reconocimiento de la categoría por parte de la Administración y una bolsa de trabajo para hacer los llamamientos, poco o nada se puede hacer.

Hay que decir y recordar que ésto es para las nuevas contrataciones, el TES y de la mano, la bolsa de trabajo. Para los que ya estén trabajando en empresa pública o privada será exigible como mínimo el Certificado de Profesionalidad, pero no el título.

Andalucía, como en otras comunidades van un poco a salto de mata, sin tener claro que hacer primero. El colectivo interesado (TES) no sabe como enfrentarse a la Administración y plantear la situación y a la Administración se la trae al pairo lo que diga el colectivo.

La Ley que regula el TES sale en el 2007. Estamos ya bien entrados en el 2013 y todavía se tienen dudas descomunales de "qué hacer", y en buena medida es porque no se sabe responder a lo que se pregunta. Se limitan a decir que está la información, que la busques, que leas una ley que nada tiene que ver con lo planteado y asunto resuelto.
 
Respuesta: "¿Qué va a pasar con los TES sin título de Grado Medio?"

En primer lugar, muchas gracias Juanete por aclararme un poco mi duda.
Desgraciadamente no entiendo de leyes, tan solo me he limitado a leer y releer el R.D. y aún le estoy dando vueltas al coco, pues encuentro alguna que otra cosa no muy clara. Nosotros los T.E.S lo interpretamos de una manera y las empresas y los veteranos de otra ....

Copio y pego:

1. Vacantes y plazas de nueva creación:
A partir de la entrada en vigor de este real decreto, los conductores y ayudantes de nuevo ingreso en las empresas de transporte sanitario deberán poseer el certificado de profesionalidad en transporte sanitario o título de técnico en emergencias sanitarias en los términos previstos en el artículo 4.

Ahí no hay duda, queda bastante claro.

2. Habilitación de trabajadores experimentados que no ostenten la formación requerida en el artículo 4:
Las personas que acrediten de forma fehaciente más de tres años de experiencia laboral, en los últimos seis años desde la entrada en vigor de este real decreto, realizando las funciones propias de conductor de ambulancias quedarán habilitados como conductores de ambulancias no asistenciales de clase A1 y A2.
Asimismo quedaran habilitados como conductores de ambulancias asistenciales de clase B y C los conductores que acrediten, fehacientemente, una experiencia laboral en la conducción de ambulancias asistenciales, de cinco años en los últimos ocho años desde la entrada en vigor de este real decreto.
Los certificados individuales que acrediten los supuestos de habilitación previstos en este apartado se expedirán por las comunidades autónomas con sujeción al procedimiento que se regule a través de las disposiciones que se citan en el apartado 4 y serán válidos en todo el territorio nacional.
3. Quienes a la entrada en vigor de este real decreto estén prestando servicio en puestos de trabajo afectados por lo dispuesto en el artículo 4 y no reúnan los requisitos de formación establecidos en el mismo, ni la experiencia profesional prevista en el apartado anterior, podrán permanecer en sus puestos de trabajo desarrollando las mismas funciones, sin que por tales motivos puedan ser removidos de los mismos.


Un trabajador que cumple con esos cinco años pero carece tanto de Certficado de Profesionalidad o de Titulación y al entrar en vigor el R.D. está despedido o a los días, semanas, etc.. siguientes es despedido, ¿puede ser contratado nuevamente?.


4. Corresponde a las comunidades autónomas, respecto a las empresas de transporte sanitario autorizadas en sus respectivos ámbitos territoriales, adoptar en el plazo de dos meses desde la entrada en vigor de este real decreto, las medidas necesarias para la aplicación, control y desarrollo de lo previsto en los anteriores apartados 1 y 2.


Como bien sabemos todo ya han pasado esos dos meses, ¿aún puede salir? o nos tenemos que regir por el R.D.
Por Ley, ¿hay una fecha tope para que tenga que salir?.




Nuevamente, MUCHAS GRACIAS JUANETE !!!!!!
 
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la fecha tope ya se puso pero ya ves se hace lo quieren.
La habilitacion es mientras estes trabajando en tu puesto de trabajo si eres despedido yo lo veo bastante claro si vuelves a reincorporarte eres nuevo ingreso osea que ya sabes....
 
Respuesta: "¿Qué va a pasar con los TES sin título de Grado Medio?"

Es que lo gracioso y cachondo del asunto es que el legislador parece que le daban las prisas. En dos meses pretende que se reconozca la categoría en una comunidad, se cree la bolsa de trabajo correspondiente y se llegue a un acuerdo con las partes junto con los sindicatos. Todo ésto contando con los plazos reglamentariamente establecidos en la LRJAP y PAC. Vamos un auténtico despropósito que en 60 dias se pueda hacer todo. Ni al que asó la manteca se le ocurre.

No olvidemos que el RD es norma básica. El desarrollo corresponde a la Comunidad Autónoma, que para eso tiene asumidas las competencias en materia sanitaria.
 
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???
 
Respuesta: "¿Qué va a pasar con los TES sin título de Grado Medio?"

Juanete los dos meses se establecio hace ya un año......mira que prisa tienen
 
Respuesta: "¿Qué va a pasar con los TES sin título de Grado Medio?"

Juanete.

¿Cuanto tiempo crees que necesitan?.
¿Sabes si saldrá pronto?
No sé a que te refieres con el LRJAP y PAC. Desconozco todo eso.

Muchas gracias.
 
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