Legalidad de los Scaners y sus tipos

Respecto a eso,pues nose de cuando estaria modificado(al principio solo recibia los canales)pero cuando ya le funciono perfectamente,se que no lo hizo publico en la web lo hizo publico atraves de foros,porai hay una placa de evaluacion de tetra que es la que monto en el scanner junto a otros componentes.
 
si es asi, puede ser, no he visto, no he oido nada, pero puede ser, pero para el TETRAPOL tardara
 
en vista de que tiene otro acceso, acabo de descubrirlo, os pongo esta web, http://groups.yahoo.com/group/ICOM-IC-R1500/ , y ojo con lo que dices Gonso061, el escuchar a las fuerzas de Seguridad, esta penado como bien dice Intro, y ami muchas veces me han informado los del COS, pero asu vez me decian, sabiamos asi, que si pasaba algo, antes de llamaros, sabiamos, que lo sabiais, y mandabais ambulancias, por eso no nos hacia caso en eso aspecto

¿que sería, si no, de la DYA sin scanners? bueno, hace unos años en donosti, cuando la gurutze estaba fuera de la rtsu, montamos una ambulancia para playas. pues esa ambulancia se "encontró" por casualidad con unos cuantos tráficos.
 
tu no has conocido la central vuestra en Igeldo NO, en la subida a los hospitales tampoco, en lo que era vuestro hospital tampoco, pues en todas tenian su Scanner, y en la villa, en su primera epoca tambien, ahora no lo se, pero si quiero me es muy facil enterarme, pero en las otras, lo he visto yo, y en buenos aprietos hemos puesto a mucha gente el entonces C-02 de CR y yo, hablando por nuestras emisoras, y no enterarse nadie
 
tu no has conocido la central vuestra en Igeldo NO, en la subida a los hospitales tampoco, en lo que era vuestro hospital tampoco, pues en todas tenian su Scanner, y en la villa, en su primera epoca tambien, ahora no lo se, pero si quiero me es muy facil enterarme, pero en las otras, lo he visto yo, y en buenos aprietos hemos puesto a mucha gente el entonces C-02 de CR y yo, hablando por nuestras emisoras, y no enterarse nadie

no te lo tomes a mal, simplemente te lo decia en plan coña. y pido perdon por tomarme confianzas siendo este mi primer dia en este foro
 
aitona decirte que este comentario ultimo ha sobrado del todo da igual la edad hay muchisima gente en este foro con muchisima formacion y experiencia a pesar de la edad por lo que espero que tomes nota

saludos
 
no te lo tomes a mal, simplemente te lo decia en plan coña. y pido perdon por tomarme confianzas siendo este mi primer dia en este foro

simplemente me tomo a risa, vosotros sois nuevos, y uno esta curtido de espanto, yo estoy desde que habia soldados
Aitona... Mikel se ha disculpado. Creo que tú y yo tenemos más o menos la misma edad y jamás infravaloraría a un emergencista basándome únicamene en su edad... Es más, estoy convencido de que no es eso lo que querìas expresar. O al menos no de esa forma...
 
Uso de escaner

Hola compañeros,

Bien, como sabeis soy de una agrupación de prote y en ella usamos escaner para enterarnos de los avisos que hay por parte de bomberos y cruz roja por nuestro municipio.

Ahora la cosa está en que yo quiero comprarme un escaner para lo mismo. Es legal? Necesitas algún permiso? Que limitaciones tiene?

Gracias por responder :p
 
A ver si puedes contestarme para que vea como van las cosas ahora please ;)

Que antes de comprarlo prefiero enterarme xD
 
el egente que vea un scanner te lo puede requisar, porque es un aparato que no cumple ninguna de las leyes, el primero que nos dijo eso fue nuestro T-0, despues hablando con gente de la las 091 y 062, con dijeron lo mismo, lo que pasaba es que con nosotros hacian la vista gorda, porque al oir algo poniamos a todos en marcha
 
el egente que vea un scanner te lo puede requisar, porque es un aparato que no cumple ninguna de las leyes, el primero que nos dijo eso fue nuestro T-0, despues hablando con gente de la las 091 y 062, con dijeron lo mismo, lo que pasaba es que con nosotros hacian la vista gorda, porque al oir algo poniamos a todos en marcha

Los escaneres son perfectamente legales y no hace falta licencia ni nada,siempre que no emitan

Saludos
 
En que quedamos? xD

Las tiendas de radioaficionados los venden sin problemas,sin pedirte papeles y los tienen expuestos.Si fueran ilegales,lo harian? ;-)

Hablando mas en serio,lo que esta penado es la grabacion y difusion de las transmisiones.El espectro radiofonico es publico,asi que no hay problema (otra cosa seria un escaner para descodificar TETRA....si es que algun dia existe algo asi).Lo de usarlo para interceptar posibles avisos,te lo desaconsejo.La GC y la Policia Nacional trabajan con TETRA,asi que no los vas a oir.Como mucho las policias locales,pero la de las grandes poblaciones tambien se estan pasando a TETRA.

Saludos
 
Segun el codigo penal:

CAPÍTULO I.
DEL DESCUBRIMIENTO Y REVELACIÓN DE SECRETOS.

Artículo 197.

1. El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.

2. Las mismas penas se impondrán al que, sin estar autorizado, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de tercero, datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado. Iguales penas se impondrán a quien, sin estar autorizado, acceda por cualquier medio a los mismos y a quien los altere o utilice en perjuicio del titular de los datos o de un tercero.

3. Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años si se difunden, revelan o ceden a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes captadas a que se refieren los números anteriores.

Será castigado con las penas de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses, el que, con conocimiento de su origen ilícito y sin haber tomado parte en su descubrimiento, realizare la conducta descrita en el párrafo anterior.

4. Si los hechos descritos en los apartados 1 y 2 de este artículo se realizan por las personas encargadas o responsables de los ficheros, soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, archivos o registros, se impondrá la pena de prisión de tres a cinco años, y si se difunden, ceden o revelan los datos reservados, se impondrá la pena en su mitad superior.

5. Igualmente, cuando los hechos descritos en los apartados anteriores afecten a datos de carácter personal que revelen la ideología, religión, creencias, salud, origen racial o vida sexual, o la víctima fuere un menor de edad o un incapaz, se impondrán las penas previstas en su mitad superior.

6. Si los hechos se realizan con fines lucrativos, se impondrán las penas respectivamente previstas en los apartados 1 al 4 de este artículo en su mitad superior. Si además afectan a datos de los mencionados en el apartado 5, la pena a imponer será la de prisión de cuatro a siete años.

Entonces debo entender que es ilegal?
 
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