Personalmente me resulta más cómodo evitar q familiares utilicen la ambulancia para acompñar al paciente, ya q nunca sabes lo q te puede deparar la carretera, o la evolución q puede hacer la persona trasladada (recordemos ese caso q le ocurrió a un compañero mío en el q un traslado por orden facultativa q bajó andando las escaleras, entró en PCR camino del hospital y el familiar iva en la cabina del alfa).
Sin embargo, a nivel intrahospitalario, muchas veces es necesaria la intervención de los familiares para determinar o aprobar las pruebas diagnósticas o tratamientos q le van a aplicar al paciente, o simplemente, los sanitarios necesitan a los familiares para recavar más información o informar del estado del paciente.
Este debate se propuso hace unos meses en el 061 de Andalucía, y hubo mucha polémica.
Personalmente soy de la opinión de q para trasaldar a los familiares se deberían atender a las siguientes recomendaciones:
-Menores de edad o personas q no se valen por si mismas (demencias, inconscientes no críticos...) sí permitir un acompañante.
-En pacientes críticos, no permitir acompañantes.
-Siempre q no tengan más medios para ir al hospital o q pueda demorarse mucho su llegada a el.
Y sobre todo: no exceder el número de ocupantes en la ambulancia q viene marcado en la tarjeta de la ITV, q es lo q cubre el seguro.
Sin embargo en Cruz Roja Vizcaya no exíste ninguna norma escrita, sino q la decisión queda a jucio de la dotación. Esta medida crea problemas de imagen, ya que una persona que ha podido ser trasladada varias veces por la misma ambulancia, según la dotación que la atienda, unas veces habrán dejado acompañantes y otras no, dando poca verosimilidad de sus respuestas.
Un saludo.