Enfermeros sólos en UCI Moviles

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Si solo van enfermeros, no deberiais considerar el recurso como UCI movil, considero que la ambulancia como ya se ha tratado en otros temas deberia ser considerada como una S.V.B con enfermero, es decir, lo que llaman en algunas comunidades donde usan ese sistema: "Ambulancia Sanitarizada".

Mi S.V.B, no se diferencia en nada a una UVI, pero al carecer de Médico y enfermero nunca la considero como tal. Lo mismo deberia ocurrir en las S.V.A. en las que solo va el Enfermero.
 
Me parece que hay mucha reticencia ante la asuncion de funciones que demasiados daban por supuesto que correspondian al médico.
Haber, puesto que la LOPS no se las adjudica a nadie, no son funciones del médico, tampoco del enfermero.La cosa es así de extraña, pero si nos ponemos en plan ortodoxo....pues eso que ninguno tiene una funcion concreta salvo las que marca especificamente la LOPS.
en cuanto a lo de que si deberia considerarse UVI o SVA...ya eciste un nombre para este tipo de recursos, son los recursos o ambulancias sanitarizadas. Esn todo caso, creo que estan más cerca del SVA que del SVA, el soporte vital que se presta es Avanzado a todas luces y no básico
Creo que los DUES lllevamos demasiado tiempo escuchando que nuestra funcion es aquella que determine el medico y no podemos dar ni un paso sin su consentimiento, y esa idea ha calado demasiado hoondo en la sociedad y en algunos compañeros. Somos buenos, y tenemos una buena formación...¿Por que no nos empezamos a creer esto? ¿Creeis que si nuestro papel se limitase a voger vias y a pinchar, seriamos tantos DUES aportando ideas y criterio cientifico en este foro?.
En fín que me caliento y me voy del tema...perdón, aunque creo que han quedado claras mis dos opiniones respecto al tema
 
Por si acaso me he expresado mal queria aclarar amigo orionn que en mi anterior exposición decia que las ambulancias donde vaya un enfermero deben de ser consideradas como un recurso superior a una S.V.B., obviamente, pero nunca equipararlo a una UVI, UCI o S.V.A. con toda su dotación.

Por cierto, creo que todos los que hemos o llevamos una UVI entendemos perfectamente tu argumento, por supuesto que un enfermero es suficiente sin que le tenga nadie que decir lo que tiene que hacer,por que en una UCI, como buen equipo humano cada uno sabe los que debe hacer en cada momento empezando por el camillero y acabando por el medico. Pero lo que si es verdad que un medico no sustituye a un enfermero, ni viceversa...Por suerte nunca he tenido que llevar medios equipos y espero que siga asi.

Eso si, si en mi S.V.B me la refuerzan con un enfermero, yo seria el primero en felicitar al 061, por mejorar el servicio que damos. Firmaba ahora mismo el ir respaldado por un D.U.E., que yo soy el primero que lo pasa mal cuando veo que mi paciente necesita suero o medicación que yo no le puedo aplicar. Ademas del tiempo que ganariamos ya que el enfermero le habria sacado muestras de sangre , etc... previo llegada al hospital...
 
Sinnerman dijo:
Por si acaso me he expresado mal queria aclarar amigo orionn que en mi anterior exposición decia que las ambulancias donde vaya un enfermero deben de ser consideradas como un recurso superior a una S.V.B., obviamente, pero nunca equipararlo a una UVI, UCI o S.V.A. con toda su dotación.
Hola:
Sinnerman, tienes razón en que debería usarse el nombre apropiado y referirse a UVI sólo cuando lleve médico y enfermero, para eso existe, como dice Orionn, el nombre de "sanitarizada" para el caso de no llevar médico.
Es más, si nos ponemos estrictos, una ambulancia con médico, es de SVB, puesto que el RD 619/98 (BOE 28-4-1998), establece que las ambulancias destinadas a prestar soporte vital avanzado deberán llevar médico y enfermero. Sin embargo, no olvidemos que esto es una cuestión legal básica, no una cuestión técnica. Es decir, desde el punto de vista legal, tanto la ambulancia medicalizada (sin enfermero) como la sanitarizada (sin médico) son de SVB, ahora bien, todos coincidiremos en que desde un punto de vista técnico (y no legal) son más bien de SVA. Obviamente nadie dice que sean "lo mismo" que una UVI (que por cierto es un término que no recoge el RD) con "todo su personal", sino que son ambulancias capaces de prestar SVA en "determinados casos" (en otros se necesitará una UVI), y que se sitúan entre las de SVB y las de SVA, algo que podríamos denominar, para no confundirlas, de Soporte Vital intermedio.

Un saludo.
 
jl tiene toda la razón, las unidades que sólo lleven enfermero, aparte del técnico evidentemente reciben el nombre de SANITARIZADAS, y pueden tratar una FV y una RCP avanzada, os lo comento porque aquí en Canarias ese tipo de recurso se está utilizando mucho en el SUC, eso si, el enfermero siemrpe estará bajo las órdenes y siemrpe en contacto telefónico con el médico coordinador de la sala del 112.
_____________________________________________-

SERVICIO DE URGENCIAS CANARIO(SUC)
 
:D Jl, esta claro que necesitamos unos protocolos, estamos intentando montarlos, despues el problema sera encontrar un médico que quiera firmarlos pero bueno eso será otra batalla.En cuanto a lo de validar las actuaciones en las que se precisa administración de fármacos via telefónica, legalmente no creo que sirva de mucho porque las palabras se las lleva el viento, no? al menos en nuestro caso no queda registrado en ningun sitio las conversaciones via telefono con el médico de guardia del centro medico que tenemos de referencia.
 
Pues es raro porque en la mayoría de centros reguladores las llamadas se graban, más que nada para cubrirse las espaldas ante reclamaciones de llamadas externas. Pero bueno... si no queda registrado... al menos lo has consultado y siempre puede ser que el médico admita su responsabilidad en la indicación telefónica :? .

Bueno te dejo que ha empezado la segunda parte del partido... a ver si se clasifica España :?
 
Hola a todos:

Antes de comenzar, me gustaría sugerir a los moderadores la unificación de este post con el de las "ambulancias sanitarizadas" https://www.e-mergencia.com/forum/viewtopic.php?t=554&start=90 o viceversa pues no dejan de ser un mismo tema.

Tanto en uno como en otro post, lo que se pretende es justificar, o no, la implantación de un nuevo (no en algunos sitios) recurso intermedio entre las ambulancias asistenciales de SVA o medicalizadas y las asistenciales de SVB.

No consiste en la usurpación de funciones y atribuciones sino el aprovechamiento de las capacidades y atribuciones del personal de enfermería en situaciones donde es imposible o innecesario prestar la asistencia con ambulancias medicalizadas y la asistencia con unidades de SVB sería insuficiente.

No se pretende la sustitución de un modelo medicalizado por otro de enfermería, ni pretende su implantación por motivos exclusivamente economicistas, no, pretende la implantación ORGANIZADA de los dos.

Ya lo comento en otro momento, este modelo se justificaría en dos tipos de situaciones:
- PRIMARIOS:
- Zonas fuera de la isocrona (aprox. 20 min) de un SVA
- Nucleos rurales dentro de zonas con baja densidad demográfica alejados de SVA,
- SECUNDARIOS E INTERHOSPITALARIOS:
- Donde el traslado del paciente, en condiciones basales estables, se justifique por una vigilancia ante complicaciones o mantenimiento del tratamiento pero no precise asistencia médica en ruta.

Dentro del entorno urbano lo veo menos justificable ya que en el las unidades medicalizadas son rápidas y efectivas.

En estos casos no es necesario forzar la ley y simplemente actuar el personal de enfermería de manera autónoma (como faculta la ley) y siguiendo protocolos establecidos y consensuados con los servicios. No significa prescribir o diagnosticar médicamente sino aplicar cuidados de enfermería (que incluye la administración de fármacos protocolizados y la realización de técnicas para las que está formado)

Esto ya se biene haciendo todos los días en los hospitales. Es cierto que una especialización reglada favorecería la implantación de este modelo a imagen y semejanza de las matronas.

El resto son divagaciones e inmovilismos, creo yo.

Un saludo,

Linkakadull
 
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