Quien se hace responsable cuando los "sanitarios" no tienen titulacion

Oscar Escalona Redondo

e-mergencista activo
Esta pasando,lo siguiente en algunas empresas y "ONG`s".La gente que trabaja o presta su voluntariado.No tiene la titulacion para trabajar en ambulancias.Ahora pregunto,Ante una neigligencia ¿Quien se hace responsable?¿La empresa o instittucion?¿Es una situacion para denunciar?y si es asi ¿A quien se denuncia?.Es muy triste que cuando en mi Comunidad Autonoma es obligatoria la titulacion de TTS-1 o TTS-2 y la gente vaya con el título de socorrista. A ver si sabe alguien darme una respuesta.Muchas Gracias
 
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...Ante una neigligencia ¿Quien se hace responsable?
pues yo soy de la firme creencia que todos somos responsables de nuestras acciones... Si yo trabajara como médico sin una cédula... es culpa mía... y si incurro en impericia o negligencia... con o sín la titulación, también es falla mía. ¿me explico?

Si bien es muy cierto que las empresas o instituciones deben procurar que todo su personal tenga sus papeles en regla, ante una demanda el primer responsable es aquella persona que se demuestre es negligente o poco hábil.

Salu2
 
En la albacete tanto en empresa pública como en Cruz Roja que es la única ONG con ambulancia, si no va un TTS la ambulancia no se mueve.

Yo tuve una discursión muy seria en otra Comunidad por negarme a subir en la ambulancia con una persona que no tenía ni primeros auxilios.

Soy Formador de Primeros Auxilios y te puedo asegurar que mis alumnos salen con una base adecuada para prestar asistencia en la compañia de un TTS.

La responsabilidad de las acciones incurren en cada persona, recuerdo que un TTS no es personal sanitario, además la ley indica que si no hay TTS la ambulancia no se debe mover, con lo cuál a nivel legal el primer responsable es la empresa o la ONG y en segundo la ley no te va a imputar a ti delitos causados por otros, el único riesgo que corres es que te imputen por cohecho, es decir, por poder evitar la falta y no hacerlo, ahora bien, éticamente si un socorrista comete un error (cosa que podemos hacer todos) en cierto modo me sentiría culpable y no por TTS i no por formador, sobre todo si es novato. El 70% de la gente con la que trabajo en Cruz ROja han sido alumnos mios y como formador me siento mas responsable que como TTS en una ambulancia.

Si quieres denunciar hay tienes la consejería de sanidad, aunque no creo que vaya a ningún lado, Debes denunciar a la empresa u ONG, en este último caso el voluntario realiza su acción en un programa para el cuál Cruz Roja ya le ha impartido la formación que ellos consideren conveniente, en ningún caso es culpa del voluntario.
 
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Por partes,
1º La responsabilidad es INDIVIDUAL. Me hace mucha ilusión conducir una ambulancia, p. ej. pero no estoy capacitado legalmente y se produce una negligencia o una investigación y me pillan,..."la ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento". ¿Me explico?. Como esto va todo.
2º Es mas, aunque esté capacitado, es decir, tenga los conocimentos por genética, ciencia infusa o porque llevo desde pequeño manejando ambulancias, pero no esté CAPACITADO LEGALMENTE o TITULADO, idem del punto anterior.
3º Secundariamente, la empresa, ONG, etc es responsable de controlar que esto no pase...es decir, si yo soy tan irresponsable como para subirme a transportar un paciente, sin estar capacitado legalmente, la empresa ha de ser la que vele para que esto no pase.
 
Una puntualización. La responsabilidad penal será del que incurra en el tipo penal del que se trate.

Es decir, si fallece un paciente y se demuestra que la actuación del que presuntamente era Técnico pero no lo era, fue inadecuada, la acusación irá contra él. Y si hay pena, toda suya. Otra cosa es que además la empresa pueda haber incurrido en algún otro delito, habría que verlo.

Y luego estará la responsabilidad civil, de la que podrá responder subsidiariamente la empresa si el trabajador no tiene seguro o bienes suficientes para cubrirla. Eso sí, luego la empresa podrá ir contra el trabajador para recuperar el dinero perdido.

Vamos, que está muy bien eso de "es que no tenía trabajo y me venía muy bien, ellos no me pidieron más que el BTP", pero si vas a atender una emergencia y no estás capacitado, la responsabilidad será tuya.
 
AMORGOGAR.
Hola, si un TTS 2 conduce una ambulancia como voluntario de una Agrupacion y cuando presta servicio en algun evento local vas acompañado de voluntarios SIN titulacion:
Te puedes negar a hacer el servicio?
Si tu has puesto en conocimiento al responsable de la Agrupacion y no te hacen caso ¿que haces?

Muchas Gracias. Salu2
TTS 2. Titulado en DESA, Conductor de SVA
Voluntario, Jefe de Seccion Sanitaria y Conductor de Ambulancia de Prot. Civil
 
ami me enseñaron una cosa, un voluntario dice tener una un título, pero el responsable, tiene que confirmarlo, por lo tanto, son responsables el VOLUNTARIO sin titulacion, y el RESPONSABLE, osea que la compañia de AMBULANCIAS, tambien es responsable
 
bueno yo diria que la responsabilidad se parte en dos:
1. yo como director de una ambulancia no dejaria la responsabilidad de atender a un paciente a una persona sin titulacion asi se sepa a que se exponga
2. la persona que esta trabajando sabe quele corre pierna arriba sipasa algo grave en la ambulancia "si se muere el paciente" como responderia esta persona?
 
Hola, soy socorrista en Barcelona, y no me proporcionan el material necesario para cubrir las posibles emergencias, en caso de emergencia, ¿quien seria el responsable, yo por no avisar de la irregularidad, o la empresa por hacer caso omiso?
 
y otra cuestion. En mi horario, tengo 30 minutos para la comida, y me suple monitores que no tienen titulo de socorrismo, el coordinador de monitores, es el que asigna al monitor para que me sustituya. En caso de emergencia, delincuencia, o cualquier problema, ¿quien seria el responsable?
 
Hola, soy socorrista en Barcelona, y no me proporcionan el material necesario para cubrir las posibles emergencias, en caso de emergencia, ¿quien seria el responsable, yo por no avisar de la irregularidad, o la empresa por hacer caso omiso?

Pues, si tu sabes que no tienes el material suficiente, lo lógico es que hagas un escrito donde reflejes las deficiencias y lo registres en la administración de la empresa, y te quedes con una copia.

En el caso de que pasara algo la responsabilidad la delimitaría un juez, pero igual de responsable eres tu, si no tienes el material y no lo solicitas, que la empresa. Si hay constancia escrita de que tu has solicitado determinado material y no se te proporciona, la responsabilidad seria de la empresa.

De todos modos busca asesoria jurídico-laboral, sobre todo con lo referente a tu segunda cuestión.
 
Hay algun sitio donde se regule los materiales sanitarios
minimos que deben existir en un club con piscina, un camping con piscina o similar.
 
seria excelente si radicaras cartas a tu jefe solicitando los materiales que consideras necesarios para dichas emergencias dado el caso que como tu dices hagan caso omiso a dicha solicitud y tengan algun inconveniente juridico legal como quieras llamarlo . muy sencillo das a conocer el documento dondo tenga una firma que es la que le colocan de recibido . hay tu salvarias responsabilidad y te ahorrarias un dolor de cabeza que no esta en tus mano enfrentar...

O QUE OPINAN???;)8):cejas:
 
Hola, soy socorrista en Barcelona, y no me proporcionan el material necesario para cubrir las posibles emergencias, en caso de emergencia, ¿quien seria el responsable, yo por no avisar de la irregularidad, o la empresa por hacer caso omiso?
Haz un escrito.

Y la culpa siempre.......de los médicos.:.:)):.: :.:)):.: :mrgreen: que para eso cobran más.:twisted:
 
Buenas a todos,
Con respecto a la titulación obligatoria para los componentes de las ambulancias, difiere de la comunidad autónoma en la que nos encontremos, que es la responsable de regular y legislar el transporte sanitario. Por el mismo motivo, hay CC.AA. en las cuales es obligatorio que todo el personal, sea voluntario o no, tengan en vigor un seguro de responsabilidad civil, que haga frente a posibles negligencias.
No obstante, pese a los muchos vacíos legales, que presenta el transporte sanitario, en el caso de intrusismo, el código penal tipifica este delito del siguiente modo: Art. 403.- 'Él que discierne actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses. Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de tres a cinco meses. Si el culpable, además, se atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido, se le impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años. La simple falta penal está contenida en su artículo 637: 'que usare pública e indebidamente un uniforme, traje, insignia o condecoración oficiales, o se atribuyere públicamente la cualidad de profesional amparada por un título académico que no posea, será castigado con la pena de arresto de uno a cinco fines de semana o multas de diez a treinta días".
Saludos,
 
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