Intoxicacion etilica en menores

Buenas, siento un poco el retraso, es que el trabajo me ha tenido un poco absorvida últimamente, pero aquí teneis las referencias que me pedisteis sobre el tema. Si teneis alguna duda más que os pueda solicinar decírmelo, que si no la sé buscaré la respuesta.

"Las referencias que puedo dar son las de la ley 41/2002, de 14 de noviembre de 2002, reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica (que supongo que conocéis) que regula el consentimiento informado en los centros sanitarios. Se aplica por analogía puesto que no existe una regulación concreta de la asistencia sanitaria de urgencias en lo que respecta al consentimiento.

En su artículo 9.3.c establece unas causas en las que no cabe el consentimiento por representación (cuando el menor está emancipado o tiene 16 años cumplidos). En estos casos ellos tienen la última palabra, a no ser que se aplique la excepción del art. 9.3.a, que es cuando por criterio facultativo (en este caso nuestro si no hay médico), de forma razonada por su estado físico o psíquico no puede hacerse cargo de su situación.

Todo ello, en todo momento hay que ponerlo en relación muy estricta con el derecho al honor del menor de edad, que tiene que proteger toda nuestra actuación (por lo que no es aconsejable buscar el teléfono de los padres en el móvil sin su consentimiento).

Vista la nueva regulación, entiendo que lo más aconsejable, y es lo que venimos haciendo en Tarragona, es que en caso de intoxicación etílica grave o consumo de drogas (que es lo que normalmente nos encontramos en las fiestas de fin de año y en los conciertos) donde el menor no puede hacerse cargo de su propio estado, pero tampoco está en condiciones para ser trasladado al hospital, pues hacemos una hoja en la que un mayor de edad se hace cargo del estado del menor, y se asegura de que el mismo llegue a su casa en buen estado.

Es posible que esta técnica cree algunas dudas, pero aquí hemos llegado a la conclusión que es la mejor opción para respetar las indicaciones del menor, y evitar posible reclamaciones de los padres por el estado en el que hemos dejado a su hijo.

Es un tema un poco complejo legalmente hablando, puesto que no existe regulación expresa, pero si teneis alguna duda al respecto, no dudeis en consultarlo."
 
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