En diciembre de 1999 el Presidente de la República, Ernesto Zedillo, presentó ante la Cámara de Diputados una iniciativa de decreto por la cual se modifica la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, que data de 1972.
El 28 de abril del 2000, en el Senado de la República se discutieron las reformas a dicha ley, que tiene como finalidad la aplicación de sanciones más severas, además de lograr un control real y efectivo sobre la posesión y portación de armas y sobre la producción de cualquier sustancia o instrumento que puedan ser empleados como explosivo.
Entre las sanciones propuestas están:
Multa de 200 a mil días de salario mínimo vigente, a los que posean armas, municiones, explosivos, artificios y sustancias químicas sin haberlas registrado y/o en lugares no autorizados y a quienes transmitan la propiedad de un arma sin el permiso correspondiente.
De uno a cuatro años de prisión al que sin el permiso hiciere acopio de tres o más armas.
Prisión de seis meses a dos años al que sin permiso posea un arma de uso exclusivo del Ejército o Fuerza Aérea.
De tres a 10 años de prisión al que introduzca al territorio nacional, en forma clandestina, armas de fuego de las que no están reservadas para el uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea
En 1998, México obtuvo el primer lugar en América Latina en importación de armas.
En septiembre del 99, en Monterrey se podía compra un ‘arsenal’ con sólo 20 mil pesos, incluyendo una metralleta UZI, un revólver.38, una caja con 50 balas de calibre .38, una caja con 50 balas de 9 mm, y una escuadra calibre .22.
El 25 de julio de 2002, la Cámara de Diputados dio luz verde para que se permita la posesión de dos armas por casa-habitación en el país. El tope de los calibres será de hasta 3.80 milímetros.
El dictamen de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos establece que en caso de que una persona tenga otro domicilio, podrá pedir permiso para tener el mismo número de armas de fuego; todas deberán estar registradas ante la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena).
El 15 de abril de 2003, la Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que establece que los ciudadanos podrán poseer hasta dos armas de fuego en su domicilio.
Después de siete años de discusión la Comisión de la Defensa Nacional aprobó el 29 de septiembre el dictamen de la nueva ley de armas de fuego y explosivos, con la cual se pretende autorizar la posesión de hasta dos pistolas en un mismo domicilio y la portación en la vía pública.
El calibre permitido para los casos domésticos sería de hasta un calibre .38.
Estadisticas sobre las armas.....
Alrededor de 30 mil personas mueren al año en el mundo por el uso de las armas de fuego ligeras y pequeñas.
El 80 % de las víctimas son mujeres y niños.
En el mundo existen más de 500 mil millones de armas ligeras y pequeñas, lo que equivale a una por cada 12 personas.
Para el negocio de las armas, deja ganancias anuales de 4 mil a 6 mil millones de dólares para 95 naciones productoras de armas de fuego.
En Estados Unidos se factura más de mil 200 millones de dólares de armas en manos de particulares.
Alrededor del 37.5% de los mexicano sentenciados violó la ley de Armas de Fuego.