¿Caducan los vehiculos de apoyo igual que las ambulancias?¿Se pueden conducir sin el BTP?

hombre David, un bus nunca puede decir que no a un grupo, y si da la casualidad de que en el grupo, van niños, osea la primera cuestión sin ser bus escolar, te la pueden estropear igual.
- La segunda, yo exigiria el BTP, pero hay empresas que no, por lo tanto, con no poner las señales ni siquiera las señales luminosas, esta alegrado.
- La tercera, un taxi es un taxi, aun estando fuera de servicio, y yo he visto e diversas policias, estando el hijo del taxista llevando el taxi, dejarle parado, y tener que ir el taxista a por el coche
 
Con lo de bus escolar no me refiero a que viajen niños, en un autobus de línea pueden viajar menores y no por eso se transforma en transporte escolar. La ley en este caso se refiere a transportes concertados con colegios y dichos vehículos (que no tienen por qué ser autobuses, en guarderias utilizan monovolúmenes) han de llevar esta placa (V-10) :

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Sobre los taxis sólo me limito a leer lo que pone el Reglamento, si alguien conoce con detalle algún caso práctico es bienvenido :wink:
 
Los vehiculos de rescate y eseciales como VIR o VAM no caducan solo son los vehiculos asistencialescatalogados para trasladar heridos.
Ahora yo tengo una pregunta alguien sabe como esan catalogadas los vehiculos de SAMUR Madrid en ningun lado pone AMBULANCIA y el otro dia en Madrid vi una S.V.B con personal de proteccion civil en una ambulancia de unos cuantos añitos.
Los vehiculos mistos no existen como tal yo no puedo a un vehiculo de rescate incorporar una camilla si en ella voy a trasladar a enfermos y decir que es un vehiculo de rescate no una ambulancia me entendeis no :wink:
Saludos
 
Lo que Dice David de la Placa SP es totalmente cierto y es necesario conducir un vehiculo con dicha placa, SIEMPRE con el BTP.

Lo que pasa es que muchos vehiculos de mando, apoyo, rescate, etc o ambulancias no llevan esa placa con lo que esta permitida su conduccion sin el BTP, salvo en caso de urgencia.
 
profe 1 dijo:
que es un vehiculo de rescate no una ambulancia me entendeis no
Una unidad de Rescate, no tiene capacidad de transladar en condiciones a un herido, porque esta dedicado a otras cosas, nosotros no lo hemos hecho y tenemos la primera unidad de rescate de la Peninsula, http://groups.msn.com/DYAGUIPUZCOA/fotosantiguas.msnw?action=ShowPhoto&PhotoID=2094 que tuvo un radio de accion muy grande, estubo en Francia, en Soria, a peticion de RENFE, y cosas de esas, y todo eso, ese vehiculo que aparece en la foto, claro, en cuanto salia de la provincia, no se hacia responsable de nada, y la Guardia Civil lo sabia, por eso la Guardia Civil les acompañaba durante bastante tiempo por delante
 
Por mi parte creo que lo tengo claro.

Los vehiculos de apoyo no caducan puesto que lo que caduca es la tarjeta de transporte sanitario, y como estos no necesitan por no trasladar pacientes (no caducan nunca).

Los vehiculos de emergencia que se conduzcan sin BTP, no pueden ir nunca de emergencia ni usar sus señales acusticas y luminosas.
 
hacha dijo:
Lo que Dice David de la Placa SP es totalmente cierto y es necesario conducir un vehiculo con dicha placa, SIEMPRE con el BTP.

Lo que pasa es que muchos vehiculos de mando, apoyo, rescate, etc o ambulancias no llevan esa placa con lo que esta permitida su conduccion sin el BTP, salvo en caso de urgencia.
En este caso discrepo, un vehiculo que lleve la V-9 (placa de SP) no tiene porque tener que ser conducido con BTP ejemplo las furgonetas tamaño Fiat escudo, Renault Kangoo, .... de empresas como MRW,SEUR o similares llevan la S-9 y no llevan BTP al volante, incluso los repartidores de correos en moto llevan la V-9 y no tienen el BTP.
 
Puntito_Amarillo dijo:
Los vehiculos de emergencia que se conduzcan sin BTP, no pueden ir nunca de emergencia ni usar sus señales acusticas y luminosas.
Una Unidad de Rescate, la puedes conducir sin BTP, y vosotros teneis algunas, y sino hay teneis algunas http://www.dya.es/imagenes/fotos/S3500076.jpg, he intentado meterme en Durango, una delegacion vuestra, y al meterme en imagenes, no me de nada, por lo que pienso que el amigo Congrio, esta restructurando la web, porque el principio ya lo a cambiado
 
Hola!!
Entonces, "hacha", estás seguro de que una ambulancia de la CR puede ser conducida por alguien que solo tenga el carnet tipo B, aunque sea con sirenas para ir a una urgencia? sabes si lo pone en alguna ley o algo? es para decirlo en la asamblea de aquí para que se sepa, porque me preguntarán que a qué me remito :wink:
Otra preguntina, ambulancias cuyas Tarjeta de Inspeccion Sanitaria han caducado y se utilizan para el transporte de los voluntarios u otras tareas no asistenciales, se las considera como vehículos normales y no caducan tampoco, verdad?
Un saludo moz@s :!:
 
Las ambulancias de Cruz Roja son de emergencias, por lo tanto, solo pueden ser conducidas por personal que tiene BTP, los otros vehiculos, con el carnet B, porque en cualquier momento, te pueden dar la alerta de emergencia
 
migueli dijo:
Hola!!
Entonces, "hacha", estás seguro de que una ambulancia de la CR puede ser conducida por alguien que solo tenga el carnet tipo B, aunque sea con sirenas para ir a una urgencia?

hacha dijo:
Lo que pasa es que muchos vehiculos de mando, apoyo, rescate, etc o ambulancias no llevan esa placa con lo que esta permitida su conduccion sin el BTP, salvo en caso de urgencia.
 
ambulancias cuyas Tarjeta de Inspeccion Sanitaria han caducado y se utilizan para el transporte de los voluntarios u otras tareas no asistenciales, se las considera como vehículos normales y no caducan tampoco, verdad?
Si son tipo furgón y pasan de un determinado peso máximo (creo que 2100 ó 2400 kilos) necesitan tarjeta de transporte, lo primero que hay que hacer es eliminar el carrozado y volver a pasar una ITV para desclasificarla como ambulancia y volverla a furgón, después necesitarás una tarjeta de transporte privado si excedes de ese peso máximo, para obtener la tarjeta la única posibilidad que tienes es que ese vehículo sustituya a otro de más antigüedad porque al tener 8 años o más no te van a conceder una tarjeta nueva. Si no superas el peso máximo no necesitas tarjeta y el único tramite sería pasar la ITV para rebajar el PMA y dejar de estar clasificado como ambulancia.
 
Perdon Syr, la ITV la pasan los que tienen un peso superior a los 650 o 675, no me acuerdo ahora, lo que pasa es que nosotros los podemos tener como vehiculos mixtos, pero tu mira en cuales ves la tarjeta de transporte, y eso te dice todo, no me sirve lo que digais, ami me sirve la tarjeta de transporte, bien para SP, Servicio Publico, o MP, Mercancias Propias, que es lo que pone si no me acuerdo mal, y es mas os dire te tengo amistad con los miembros de una asesoria, que lleva los el tema de la diputacion gipuzkoana en nuestros temas
 
Aitona en Navarra vendemos todos los años las ambulancias que caducan y se pasan a furgón (trámite que se consigue pasando una ITV) y si superan ese peso máximo que comenté necesitan tarjeta de servicio privado, te lo digo porque yo he tramitado con una ITV la venta de una ambulancia y precisamente el problema que teníamos es que después de quitar todo el carrozado aún se pasaba de peso y al comprador le exigian tarjeta de transporte y el la quería para uso privado
 
Os envío un enlace en el que hacen referencia al peso máximo para la autorización y los fragmentos del texto donde se hace referencia al PMA y la antigüedad.

http://www.multauto.es/faq_tpte_preg.php.htm

¿Existen excepciones a la obligatoriedad de la autorización administrativa para transportar?
Sí. No es obligatoria o necesaria la autorización administrativa para realizar los siguientes transportes:

Transportes públicos o privados complementarios realizados en vehículos cuyo Peso Máximo Autorizado o Masa Máxima Autorizada sea igual o inferior a 2.000 Kg.

Si el vehículo que posee tiene un PMA igual o inferior a 2.000 Kg., no necesita para este transporte ninguna autorización, pero si el PMA es superior, necesitará una autorización administrativa de transporte privado complementario

Mi empresa tiene un vehículo con una antigüedad superior a seis años, y la actividad principal de la misma no es la del transporte de mercancías, pero necesitamos el vehículo para el transportes de herramientas de trabajo y material ¿podemos solicitar la autorización administrativa para desarrollar esta actividad?
No pueden solicitar la tarjeta de transportes de la clase MPC (transporte de mercancías privado complementario) porque el vehículo tiene una antigüedad superior a seis años. Los vehículos a los que inicialmente hayan de adscribirse autorizaciones de este tipo, no podrán superar en el momento de la adscripción, la antigüedad de seis años desde su primera matriculación.
 
nos olvidamos que el btp es tambien para servicio publico y las mayorias de las ambulancias son sp en el carton pone que se modifica el vehiculo y se le pone señales de urgencias y para eso esta destinado si no cualquiera las cogeria -oooo-
 
Para todos, en especial para SYR, extraido de http://www.multauto.es/faq_tpte_preg.php.htm , atentos,

Tengo una empresa que se dedica a la instalación, reparación y obras de antenas de TV. Para realizar esta actividad utilizo un vehículo para llevar herramientas de trabajo, materiales de obra etc, ¿este vehículo necesita autorización de transporte?

Si el vehículo que posee tiene un PMA igual o inferior a 2.000 Kg., no necesita para este transporte ninguna autorización, pero si el PMA es superior, necesitará una autorización administrativa de transporte privado complementario.


Esto no es para nosotros, pero lo traigo de ejemplo, yo solo se que a la cervecera mas grande de España, le obligan a tener sus furgonetas con la tarjeta de transporte, al dia, y no pasan por unos cuantos kilos, el PMA, pero como los pasan, tarjeta de transporte, que suelen andar los mecanicos, hay otros coches iguales, que son de mecanicos autonomos, esos no llevan nada, pero a los de la fabrica, alguien ajeno a la fabrica, les obliga a llavarlas, y de paso, a todos los distribuidores, que tengan unos coches iguales, yo lo consulte con los asesores, y me digeron que si, que aplicando la ley, era apartir de esos kilos
 
Yo tengo una duda:
Si un ayuntamiento compra una ambulancia y no la da de alta como servicio público ni como servicio privado, sino como coche oficial o servicio oficial, según me han comentado, no caduca, porque se considera un vehículo, que el ayuntamiento lo ha preparado con una dotación de material por que ha querido y con el cual no va a hacer traslados, sino que va a atender al paciente bien en la calle o bien dentro de la ambulancia parada, mientras que llega una uvi para llevarselo al hospital.
Eso si, decian que si la uvi no llega, dada la gravedad del paciente y si la autoridad competente se lo permite, lo llevarían ellos al hospital.
Ahora bien: ¿ esto es legal ?
 
Lo siento pero eso no es legal, lo que ocurre es que si la autoridad competente del municipio lo permite, el tema vendra cuando tengas un accidente y pidan los papeles del vehiculo ya conoceis que las aseguradoras se agarran a cualquier cosa.
Otra cosa es que prepareis un VAM el cual como nosotros aqui en la autopista, solo traslada el material y personal al lugar del accidente pero no lleva para trasladar heridos asi si ese vehiculo no caduca a los ocho años, eso si si lleva sirena y rotativos el BTP es obligatorio para conducirlo de urgencia.
Un saludo
 
BTP / CADUCIDAD

Buenos Dias a todos.
Bienvenida a nuestro foro PAULA, sobre el tema de la conduccion de vehiculos sin el BTP, puedo explicaros que en mi comunidad el Director General de Transit, nos hizo un certificado en el que manifiesta que para la conduccion de ambulancias y la realizacion de traslados de transporte colectivo ya esten de servicio o no , con pacientes a bordo o sin ellos, siempre que no esten activadas las señales acusticas y luminosas de prioridad se pueden conducir con el carnet tipo B.
No obiando que el BTP es una simple autorizacion administrativa y no un tipo de carnet de conducio tipo C, D , o E.
En cuanto a la caducidad de los vehiculos he de comentaros que de las 5 ambulancias que hemos dado de baja estos ultimos años las 5 estan haciendo uso particular y circulan por mi zona , me da una lastima pero a si es. Y la ultima una MB- Vito la hemos descarrozado y cedido a la AVPC y la utilizan como vehiculo de rescate.
Un saludo :wink:
 
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