Hola buenas tardes compañeros!
Pues vereis, me han surgido unas dudas, a ver si alguien es capaz de aclararme el tema.
Tengo un compañero que presta servicios en cierta ong, en su área de socorros y emergencias. Realizan servicios de tipo preventivo, desplegando lo que según me comenta, ellos llaman "Botiquin Movil" o "Punto de Asistencia Movil", que segun me ha comentado, es una ambulancia caducada, que llevan al evento en cuestión y ahí prestan la asistencia, y si se da el caso de que hay que trasladar al paciente, solicitan una ambulancia (ya sea de la propia ong o del 112) y cuando llega evacua al paciente.
Dejando de lado si esto es mas operativo (yo tengo mis serias dudas) y sin querer abrir debate respecto a dicha organización (cosa que siempre que se habla de ella sucede) mi duda es (meramente por curiosidad) ya que hablamos de este tipo de recurso...
¿Existe alguan regulación para esto? Es decir, queda muy claro en el decreto y en la legislación vigente/norma europea que caracteristicas técnico-sanitarias deben cumplir las ambulancias (de tipo A,B,C) en cuanto a material, dotación, caracteristicas técnicas... etc etc, pero siempre habla de vehiculos para el transporte sanitario urgente.
Entonces, me yo pregunto ¿que ocurre con este tipo de recurso mencionado que no realiza "transporte" sanitario? ¿Hay algun tipo de regulacion? ¿Es un vacio legal? ¿Se regula de alguna manera?
Y asi mismo, y pensando en esto... me asalta otra pregunta muy relacionada, ¿tambien hay regulación para el V.I.R, ambulancias todoterreno (he visto en fotos algunas que era un nissan patrol o algo asi, creo que de protección civil), y vehiculos similares?
gracias y saludos
Pues vereis, me han surgido unas dudas, a ver si alguien es capaz de aclararme el tema.
Tengo un compañero que presta servicios en cierta ong, en su área de socorros y emergencias. Realizan servicios de tipo preventivo, desplegando lo que según me comenta, ellos llaman "Botiquin Movil" o "Punto de Asistencia Movil", que segun me ha comentado, es una ambulancia caducada, que llevan al evento en cuestión y ahí prestan la asistencia, y si se da el caso de que hay que trasladar al paciente, solicitan una ambulancia (ya sea de la propia ong o del 112) y cuando llega evacua al paciente.
Dejando de lado si esto es mas operativo (yo tengo mis serias dudas) y sin querer abrir debate respecto a dicha organización (cosa que siempre que se habla de ella sucede) mi duda es (meramente por curiosidad) ya que hablamos de este tipo de recurso...
¿Existe alguan regulación para esto? Es decir, queda muy claro en el decreto y en la legislación vigente/norma europea que caracteristicas técnico-sanitarias deben cumplir las ambulancias (de tipo A,B,C) en cuanto a material, dotación, caracteristicas técnicas... etc etc, pero siempre habla de vehiculos para el transporte sanitario urgente.
Entonces, me yo pregunto ¿que ocurre con este tipo de recurso mencionado que no realiza "transporte" sanitario? ¿Hay algun tipo de regulacion? ¿Es un vacio legal? ¿Se regula de alguna manera?
Y asi mismo, y pensando en esto... me asalta otra pregunta muy relacionada, ¿tambien hay regulación para el V.I.R, ambulancias todoterreno (he visto en fotos algunas que era un nissan patrol o algo asi, creo que de protección civil), y vehiculos similares?
gracias y saludos