3 "personas" detenidas por fotos 11-M

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Abogado es defender.

Yo llegué a decir por dónde era posible que fuera dirigido el procedimiento judicial y preferí explicároslo de una forma lo más general posible sin llegar a entrar en puntos que, necesariamente, incumbe al Derecho de Defensa de estos 3 "jóvenes" ya que sus edades son las de personas jóvenes.

Es preferible ser prudentes y no adelantar hipótesis que no dejan de ser hipótesis.

Yo me pregunté y os preguntaba si la Sentencia de la Audiencia Nacional, con estos 3 chicos, marcaría un antes y un después porque no olvidemos que la Audiencia Nacional dictó un Auto y, no, una Sentencia con lo cual ya tenemos un primer elemento a valorar en el que nadie ha llegado especial atención ni comentario.

La Audiencia Nacional ha dictado un AUTO y, no, una SENTENCIAy, yo, pregunto:¿ Conviene que diferenciemos en qué se diferencia un "AUTO" de una "SENTENCIA"?.

La respuesta es clara: Seamos prudentes y por esto mismo os puse un enlance con la web institucional de la Oficina de Protección de Datos para que, cada uno de vosotros, viérais Sentencia por Sentencia de las incluidas en la web y que, de ese análisis, cada uno de vosotros, pudierais ver y analizar qué conclusiones os merece cada Sentencia que se incorpora en la referida web.

A mí, me preguntasteis qué responsabilidad se les podía atribuir pero yo no puedo emplear ni los términos "acusación" ni "imputación" porque eso es labor de un Tribunal aunque si os adelanté que la línea de trabajo era la de considerar que se habían empleado fotografías "reservadas" tal y como ha sido y ha figurado en las actuaciones de procedimiento.

Yo llevo 7 años en asesoría legal trabajando: "en", "para", "por" y "con" lo cual me obliga unas veces a "escuchar" y otras veces a "mover ficha" pero yo, siempre, recomiendo que no se saquen conclusiones de la lectura literal de un artículo penal sino de la Jurisprudencia de dicho artículo y, por eso, es preferible seguir una actitud de prudencia para evitar "juicios paralelos" que, luego, haya que ir rectificando según las circunstancias.
 
fotos 11M

La verdad que me parece muy fuerte con todo lo que paso alli y se liaran a tirar fotos imperdonable.
 
Finalmente, como ya se ha comentado y por fuentes fidedignas al 200% el proceso judicial se llevará a cabo por la difusión de pruebas objeto de un sumario abierto.

Para David Sermas, se sabe sobre el futuro laboral de estos... tres?

Y a tí compañero/a lector/a: volverías a trabajar con una persona imputada en un caso como éste (y claro, declarada culpable, no olvidemos la presunción de inocencia)?
 
Yo si trabajaria con una persona q ha sido declarada culpable y ha pagado su pena :) Creo en la reinsercencion y ademas no seria problema mio,en todo caso del jefe que la contratase.
Un saludo
 
Yo, si me demuestra que es un buen profesional no tendría ningún problema en trabajar con él, pero no le dejaría hacer ni una foto :twisted: :twisted:
 
La verdad es que no tienen mas que lo que se merecen. Ya era hora de que les dieran un susto, que han hecho mas de una y más gordas que esta... :evil:

Por mi parte, al "Sr." S.R.M.D. que le metieran la perpetua...

Lo siento. No lo aguanto :evil: :evil:
 
Chamán dijo:
La verdad es que no tienen mas que lo que se merecen. Ya era hora de que les dieran un susto, que han hecho mas de una y más gordas que esta... :evil:

Por mi parte, al "Sr." S.R.M.D. que le metieran la perpetua...

Lo siento. No lo aguanto :evil: :evil:

En este país existe la presunción de inocencia, mientras que no sean condenados nadie puede culparlos de un delito, y eso solo puede decirlo un juez. Me parece un poco precipitado pedir la perpetua, sin tener conocimiento de los hechos
 
De todas formas, por problemas personales no podemos permitirnos el lujo de dar este tipo de comentarios, hacia otros compañeros.
No se trata de hacer un a"caza de brujas".
 
Joe! He leido este foro y no dejo de pensar, si algo me pasara a mi, que llegue una ambulancia y saque una ristra de fotos de como he quedado y encima las publique (que horror dios mio) mano dura.
 
Juzgados de Vigilancia Penitenciaria

De lo que leemos en la prensa a lo que, luego, resulta del juicio, hay una diferencia.

En España no hay cadena perpetua y eso lo sabemos todos de muy buena tinta ya que la prisión no se entiende como un castigo medieval sino que un centro penitenciario es aquel centro en el que se intenta rehabilitar a la persona para que recupere los valores sociales y ciudadanos que ha perdido como consecuencia de haber cometido un delito.

Nadie está en la carcel de por vida. Eso, ya, sólo queda para las películas de la Edad Media en la que el preso quedaba en las bodegas del castillo.

En España tenemos unos Juzgados especializados que se denominan: :D Juzgados de Vigilancia Penitenciaria que son los encargados de velar por las condiciones constitucionales del recluso.

Son Juzgados en los que, más de una vez, se ha tenido que trabajar hasta altas horas de la madrugada para intentar estudiar reclamaciones de determinados reclusos.

Esperemos que vaya avanzando el propio caso que estamos analizando en este Foro para ir, entre todos, ir buscando puntos de debate pero queda claro que es mejor no hablar ni pronunciar la palabra "perpetua" porque, en España, es una palabra muy desterrada de hace tiempo inmemorial por lo que no cabe ni un mínimo ápice ni signo que la Sentencia ni tan siquiera aluda a tal palabra de perpetuidad.
 
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