Malos tratos domésticos.

JuanMi

Co-administrador
Miembro del equipo
Tanidya dijo:
- Protocolo actuación sanitaria ante malos tratos
http://www.semg.es/revista/revista_57/pdf/535-544.pdf

- protocolo atención sanitaria ante violencia a mujeres del principado de asturias
http://tematico.asturias.es/imujer/u..._Sanitaria.pdf

- Protocolos de Gobierno Vasco ante cualquier tipo de maltrato doméstico, incluido violación:
http://www.osanet.euskadi.net/r85-13...ostratos_c.pdf

Protocolos cuerpos de seguridad de la rioja
http://www.larioja.org/ofivictima/pd...tocolos/08.pdf
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Os copio el protocolo de actuación conjunta de SAMUR con Unidad de Atención y Protección a la Familia de la Policía Municipal

La Unidad de Atención y Protección a la Familia de la Policía Municipal constituida por la Sección de Atención a la Violencia Doméstica y la Sección de Menores, canaliza todas las intervenciones en materia de violencia doméstica. Tiene como objetivos fundamentales la actuación contra la violencia dentro del hogar familiar, mediante una serie de recursos legales, sociales y de investigación, basándose en principios de prevención, educación y sensibilización para su desarrollo.

El SAMUR – Protección Civil actúa en el seno de este procedimiento conjunto, teniendo como objetivo la asistencia sanitaria precoz a las víctimas de la violencia familiar.


  • [*]·
    Existirá entre los componentes de ambos servicios una máxima colaboración para garantizar la eficacia de la actuación. El trato personal será siempre respetuoso y cortés.


  • [*]·
    La coordinación en el curso de la actuación se realizará a través de los responsables de los dos servicios, siendo por parte de la UAPF, el mando superior o, en su defecto, el responsable designado; mientras que por parte del Samur - Protección Civil, será el Supervisor de Guardia, en su defecto, el Médico Jefe de Guardia.


  • [*]·
    Los miembros de Samur - Protección Civil colaborarán para facilitar las tareas de la UAPF, favoreciendo los objetivos diseñados por dicho servicio policial.


  • [*]·
    El Samur - Protección Civil es el organismo competente para indicar y ejecutar las actuaciones sanitarias necesarias, tanto sobre la atención de la víctima, como sobre la necesidad y los medios de traslado.


  • [*]·
    La UAPF es el organismo competente para indicar y ejecutar las acciones policiales necesarias sobre el suceso, así como de la búsqueda de soluciones no sanitarias (sociales, de alojamiento, apoyo psicológico, etc) a la víctima.


  • [*]·
    A la finalización del suceso, y siempre que la situación clínica del paciente lo permita, la unidad Samur proporcionará una copia del informe al responsable de la unidad policial, donde se especificarán, de forma clara, los tipos y severidad de las lesiones detectadas, así como una apreciación del estado anímico y emocional de la víctima.


  • [*]·
    Si la víctima fuera un menor, se procederá conforme al procedimiento correspondiente, siempre en coordinación con Policía.


  • [*]·
    En caso de que surgiera alguna discrepancia sobre la resolución del caso, se actuará conforme a lo reflejado en la normativa correspondiente del procedimiento de actuación con Policía Municipal.

GESTIÓN DE LAS LLAMADAS DE AUXILIO

Llamadas recibidas en la Central Samur


  • [*]·
    Toda llamada de petición de ayuda por parte de una víctima de la violencia doméstica que, de forma primaria, utilice nuestra Central de Comunicaciones, será gestionada de la siguiente forma:

    • [*]o
      Será codificada como 5.7, activándose una unidad de Soporte Vital Avanzado hacia el lugar.

      [*]o
      Se pondrá en conocimiento inmediato de la UAPF, por los medios de comunicación establecidos, facilitando toda la información obtenida hasta el momento.
oEn caso de situación conflictiva, se activará al Supervisor de Guardia, dando conocimiento al Directivo de Guardia, en función de la relevancia del caso, que se dirigirá al lugar, donde contactará con el responsable del servicio policial para coordinar la actuación
 
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