Protección de Datos y Confidencialidad

Skrei

e-mergencista experimentado
Hola amigos...

Quisiera plantearos alguna duda que ha surgido en un debate a propósito de este tema.

Primero, comentar como funciona el sistema en mi comunidad.
Cuando se recibe una llamada en el Centro Coordinador... se recogen unos dátos básicos y se clasifica la llamada a la vez que se le asigna un número de actuación.
Posteriormente se lanza un recurso y este, a parte de atender al paciente, vuelve a recoger datos de filiación - nombre, apellidos, edad, sexo, domicilio, teléfono, número Seguridad Social, etc.. - que consigna en un parte de asistencia que tiene varias copias.

Al finalizar la asistencia... se hace una última llamada al C.Coordinador en la que se cotejan los datos y se da por finalizada la asistencia.
Para aumentar la confidencialidad... el operador del C.Coordinador NO conoce nunca el diagnostico de presunción, porque se suministra bajo un código.
La llamada tipo sería así.: Buenas tardes, Etc.. En referencia al aviso número xxx le informo que hemos atendido a Don Fulanito de Tal, de tantos años, con motivo del código zzz y que ha sido trasladado al hospital Cual.

El problema vine cuando....
La unidad asistencial que acude en auxilio de alguien movida por el C. Coordinador NO pertenece a la red pública, sino que es una empresa CONCERTADA.
En este caso.. una copia de la actuación va a parar a manos de dicha empresa.
En esa copia, claro está, se consignan todos los datos de la actuación que incluyen filiación y patología ( a men de los procedimientos realizados, Etc.. ).

Se han dado casos - y se siguen dando - de que pasados unos días ese paciente ó sus familiares, reciben llamadas en las que se les invita a cooperar - económicamente - con dichas empresas en el marco de " campañas de captación de socios " Etc, Etc..

Mi pregunta es.:
Deberían los partes asistenciales.. - mejor dicho: SUS COPIAS -
consignar todos esos datos, ó deberían llevar únicamente el numero de actuación ?

Esto, más allá de si el paciente o sus familiares reciben o nó invitaciones a participar en cuestaciones.
Es ético, que un gestor... ajeno a la administración pública, conozca que se me ha examinado el recto, que padezco tal o cual enfermedad y/o que he abortado

Espero vuestros comentarios.
 
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Deberían los partes asistenciales.. - mejor dicho: SUS COPIAS -
consignar todos esos datos, ó deberían llevar únicamente el numero de actuación ?

NO. Las copias que se envían a las empresas que prestan servicio para el SUC no son autocopiativas (o cómo quiera que se diga), de modo que sólo llevan los datos administrativos del paciente y un código de intervención para poder justificar a quién se atendió.

Es ético, que un gestor... ajeno a la administración pública, conozca que se me ha examinado el recto, que padezco tal o cual enfermedad y/o que he abortado

Espero vuestros comentarios.

No sólo no es ético, no es legal. Eso consiste en una cesión de datos, si no lo tienen autorizado por la Agencia Española de Protección de Datos, es ilícito (las multas son cuantiosas). Además la empresa privada también viene obligada a cumplir con el secreto profesional, si no tienen regulada esa cesión, se les puede caer el pelo por llamar a esas casas con fines diferentes a la prestación del servicio.

De hecho, deberías elevar la denuncia ante la AEPD

Se han dado casos - y se siguen dando - de que pasados unos días ese paciente ó sus familiares, reciben llamadas en las que se les invita a cooperar - económicamente - con dichas empresas en el marco de " campañas de captación de socios " Etc, Etc..

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TREMENDA BARBARIDAD...
 
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Gracias Juan Luis.
 
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totalmente de acuerdo con Juan Luis. Estan obligados por la LOPD 15/99


En Andalucia, esto, se plasma en el Contrato Programa periodo 2005-2008. Atención Primaria de SaludContrato Programa periodo 2005-2008. Atención Primaria de Salud
en el Anexo IV.- Plan de intimidad
http://www.juntadeandalucia.es/serv...publicaciones/datos/186/html/a4cp20052008.pdf

Se trata en la pag 8 y 10, Apartados 4 información confidencial y Ap 8 Costodia de la documentación clínica. No se puede copiar pero más tarde hare por trascribirlo.
 
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Un dato importante sería revisar el contrato que esas empresas tienen con el sistema público de salud. En dicho contrato tiene que constar el tratamiento que pueden dar a los datos que lleguen a sus manos en virtud al servicio que prestan. En principio la AEPD debería tener constancia de las condiciones del contrato, y revisar que éste se ajuste a la normativa.

Por poner un ejemplo, piensa en una empresa que se encarga de las copias de seguridad de los sistemas de la red pública de salud. Por sus manos pasa tooooda la información de los pacientes, avisos y demás, y no hay nada ilegal en ello.
La cuestión no es que esa información pase por sus manos, sino lo minucioso que sea el contrato al especificar qué pueden y qué no pueden hacer con ella (y obviamente que cumplan dicho contrato).

Mi consejo es que antes de iniciar nada, revises el pliego de condiciones del concurso (debería ser de fácil acceso), y así podrás hablar con más propiedad cuando presentes la correspondiente reclamación.

Dicho esto, me parece absolutamente deleznable que actúen así.
 
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(...)

La cuestión no es que esa información pase por sus manos, sino lo minucioso que sea el contrato al especificar qué pueden y qué no pueden hacer con ella (y obviamente que cumplan dicho contrato).

(...).

Efectivamente, no sólo es que vean la información, sino también el uso que hagan de ella, y me sorprendería mucho que esté autorizado que la subcontrata pueda usar esos datos para otra cosa que nada tiene que ver con el servicio que prestan. Pero efectivamente debe venir en el concurso.
De todos modos, precisamente, los datos sanitarios son los que mayor nivel de protección tienen en base a la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, de manera que dudo mucho que puedan hacer lo que están haciendo... a esperar noticias. ;)
 
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Quizás no viene con el tema.
Una de las cosas que también sucede y muchos no hacemos nada para evitarlo, es tener la emisora encendida durante los traslados, en algunas ocasiones nos acompañan familiares en la cabina de conduccion y estos se están enterando de todo lo que pasa a traves de la emisora. La solución es fácil poner el equipo en modo mute y si nos quieren activar que sea a traves de llamada selectiva. Aunque no es un protocolo predefinido por el centro coordinador.
Por otro lado, en las salas de espera de urgencias llaman a familares por megafonía, citando nombre y apellidos del paciente. De manera que de esta manera se enterarán todos que estas en el serv. de urgencias. El otro dia llamaban a los familiares de un paciente que estaba en urgencias y se presentaron otras personas que no eran familiares, para ver que le habia pasado al conocido , ya que habian oido su nombre.. En fin hay gente para todo.
 
Gracias a todos...

Pues, yo tengo claro que ESA practica en concreto... no es muy ética. Aunque, como digo, las llamadas se hacen en el marco de una " campaña de captación de socios " y colaboradores.
Sería muy ingenuo pensar que no van a cubrirse las espaldas.. y que SOLO llaman a estos pacientes o sus familiares.
[ Pero es indudable que a estos, les llaman. ( entre muchos otros.. supongo ) ! ]

A falta de mayor información propondré, cuando corresponda, una MODIFICACION en las instrucciones para el cumplimiento de Partes asistenciales en la Red de Transporte Sanitario que depende de mi servicio.

Nosotros, la USVA, tenemos una hoja asistencial con una sola copia, que es la que queda en los archivos - la otra se entrega al paciente - como respaldo de la actuación y que está convenientemente custodiada. Se recurre a ella en caso de litigio ó para estudios estadísticos, etc.. siempre con autorización previa.

Empero.. la hoja asistencial de terceros lleva TRES copias. Una para el paciente, otra que han de entregar-nos ( a la administración ) y una última que se quedan ellos.
Propondré que..: Excepto la que se entrega al paciente... las otras dos solo lleven autocalcado el número de actuación.

No se si me explico con claridad... Será una hoja exactamente igual que la que se entrega al paciente / al hospital que lo reciba, pero irá referenciada unicamente a un NUMERO.
De esta manera, podrá comprobarse en todo caso la veracidad de la actuación.., tiempos, procedimientos, asistencia, traslado, agencias intervinientes, Etc, etc.. pero REFERIDA únicamente a un número. NO a un individuo.

En caso de necesitar la filiación del paciente.. que se solicite por el conducto oficial que establezca el protocolo.

Os parece viable ?
 
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Supongo que sí es viable. Todo depende de si técnicamente pueden hacerlo así en las hojas autocopiativas o si por algún motivo que se me escapa, tienen que ser necesariamente idénticas.

Otra opción sería que la empresa privada, en lugar de quedarse una copia de un documento autocopiativo tripe, simplemente anotase en una hoja de registro propia los datos relevantes para ellos (horas, kilómetros, lugar de intervención y número de identificación de la intervención, por ejemplo, y que luego se les sellase en el centro médico donde dejen al paciente), y que por lo demás usasen el mismo sistema vuestro (copia para el paciente y para el centro de destino, no para ellos).
Es sólo una idea sacada de la lógica pero partiendo del desconocimiento; en cualquier caso, ahí queda.

Y enlazando con lo que decía dcres, las cuestiones de protección de datos en lo que hacen hincapié es en que no se pueda relacionar una cierta información (temas de salud, religión, etc) con una persona concreta.
No es grave que oigan que por tu radio se dice que envían a otra unidad a un cierto sitio para atender a una persona de tal sexo y edad, con cierta sintomatología.
Igualmente, tampoco es crítico que se oiga que llaman a X persona por megafonía, si no se dice su patología (de hecho, el censo electoral es público, y ahí consta DNI, nombre, apellidos, dirección...).

Si hilamos un poco fino, se podrían buscar problemas:
- Puede ser que el paciente que llevas en la ambulancia conozca la dirección a la que envían al otro recurso, y con el sexo y edad sepa a quien van a atender con X sintomatología.
- Si llaman a "fulanito de tal" por megafonía en el hospital y le envían a la consulta de oncología, está claro que un catarro no tiene...

Pero eso supongo que ya se ha sopesado debidamente, y no supone un problema legal.
 
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Y un detalle más: si el paciente es mayor de edad, la protección de datos obliga a mantener al margen incluso a los familiares (salvo consentimiento expreso del paciente).
Supongamos por ejemplo que estás atendiendo a una mujer de ventitantos, y si hace falta aplicar cierta medicación, una de las preguntas obligadas puede ser si está embarazada.
Pues bien, nadie te asegura que su pareja lo sepa, o que ella quiera que lo sepa, por lo que salvo consentimiento expreso en sentido contrario (o circunstancia especial que haga imprescindible su presencia), todo pariente/amigo debe estar al margen durante la intervención (o consulta).
 
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Hoy me parece que voy a plazos, porque se me ocurre otra cuestión, y esta sí que es importante.
No es raro que tras terminar un aviso, y si no hace falta pasar por base para reponer material o limpiar algún "regalito", se pare para tomar un café (o comer, según la hora).
Pues bien, en varias ocasiones he visto dejar la carpeta con los partes de intervención recién rellenos en el salpicadero: ¡error!.
En el parte de intervención figuran los datos personales del paciente, junto con la sintomatología, e incluso diagnóstico inicial (si se trata de un SVA), lo que sí es una negligencia grave en lo que a protección de datos se refiere.

Mucho cuidado con estas cosas ;-)
 
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Muy bien planteado Raúl, yo alecciono a mis compañeros respecto a lo de la carpeta, que tienen la fea costumbre de dejarla a la vista, y vienen TODOS los datos...

Sobre lo de las copias, nosotros tenemos 3, la del SUC, la del paciente o centro de destino (dependiendo de si es alta voluntaria o traslado a un centro sanitario) y la de la empresa de ambulancias. Esta última sólo copia los datos administrativos, no quedan calcados los datos médicos. Sí que es viable.

Efectivamente si el paciente es mayor de edad sólo se le debe informar a él o a quién él designe. A nadie más.

Sobre la megafonía del hospital, en el que yo conozco sólo llaman a "Familiares de fulanito de tal", de modo que no se dice nada más. Luego a ellos en privado les informan de lo que corresponda.

Sobre la emisora, si tiene opción "mute" o secrafonía, la responsabilidad es del conductor, cuidado.
 
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Una duda que tengo, es si cuando se lleva a un paciente a un centro de salud o a un hospital, es legal que el celador le de los datos del paciente al conductor de la ambulancia o eso esta protegido por la protección de datos.
 
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En nuestro caso, el recurso esta concertado con el SUC (Servicio de Urgencias Canario),tipo SVB.

El parte de servicio es 3 hojas autocopiativas , se calcan todos los datos. 1 para el paciente o centro de derivación, otro para la "empresa" y el otro para el centro coordinador.Los partes los retiramos de la carpeta y se depositan en un buzón situado en el interior de la base, teniendo solo acceso a los mismos el coordinador de la misma , el cual es el que realiza las gestiones para el envió a los departamentos correspondientes.De esta manera quedan salvaguardados los datos del paciente, decir que desde hace bastante tiempo se tiene mucho cuidado con este tipo de informes para no ocasionar molestias etc... A estos partes,se les asigna previa comunicación y transferencia de los datos un código único de actuación.

La carpeta, siempre tenemos cuidadin de que no se vea nada que no deba de verse osease la parte trasera con el logo del recurso en la tablilla de aluminio.

Un inconveniente que veo en este caso es que la radio esta en abierto y es mas nos han indicado que hay que estar a la escucha y responder antes de la 3ª llamada de voz, con lo cual estés donde estés el trafico de radio es importante, con la cantidad de datos etc... que se escuchan,como comenta el compañero lo ideal es tenerlo en modo mute.Ademas del estrés que supone el estar continuamente pendiente de la radio, cosa que se llega a hacer de forma "natural".Para datos muy sensibles se usa el teléfono móvil , y en no pocas ocasiones desde el centro coordinador nos envían datos de los servicios mediante el sistema de mensajería a la emisora del recurso.

Todo esto a groso modo

saludos
 
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Pero cuando tu llegas con un paciente y e dice el celador que por la ley de protección de datos no te puede dar los doatos. Te quedas un poco perplejo, cuando tus los datos los quieres para hacer tus partes, no para divulgarlos por hay.
 
Respuesta: Protección de Datos y Confidencialidad

Pero cuando tu llegas con un paciente y e dice el celador que por la ley de protección de datos no te puede dar los doatos. Te quedas un poco perplejo, cuando tus los datos los quieres para hacer tus partes, no para divulgarlos por hay.

No se en tu servicio , pero por estos lares, nosotros somos los que recopilamos los datos previamente a la llegada al centro sanitario.Facilitamos su filiacion al personal del servicio de admisiones, en el caso del hospital, en el caso del centro de salud,pues al personal de guardia.
 
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Por estos lares lo primero es atender al paciente, cosa normal y luego una vez en el centro de salud o hospitalario se solicitan los datos del paciente. Pero en algunos casos al preguntarle al celador de estos lugares nos niegan los datos del paciente, cosa que no comprendo.
 
Respuesta: Protección de Datos y Confidencialidad

Por estos lares lo primero es atender al paciente, cosa normal y luego una vez en el centro de salud o hospitalario se solicitan los datos del paciente. Pero en algunos casos al preguntarle al celador de estos lugares nos niegan los datos del paciente, cosa que no comprendo.

Veo por tu perfil que trabajas en Cádiz y realmente no entiendo a que te refieres con el tema de que se ""te niegan los datos de los pacientes" (¿que datos exáctamente y en que lugares te ha pasado esto?).

Normalmente, las unidades que trasladan a los pacientes son las que aportan los datos de filiación al Hospital en la mayoría de los casos y no al contrario (se recaban antes o durante el traslado y en pocas oportunidades a posteriori) y en caso de que faltaran, por las circunstancias que sean, se dan a las unidades sin ningún tipo de problema (incluso, sabrás que la Sala de Coordinación suele poseer esos datos y los puedes obtener inmediatamente con una simple llamada).

Otra cosa es que no hagas parte del sistema de Urgencias-Emergencias público, ya sea directo o concertado, en cuyo caso, como es lógico, la LOPD no permite que se suministren datos sensibles de las personas atendidas; pero si haces parte del "sistema", estás sometido a los mismos principios tendentes a preservar la privacidad y mantener a buen recaudo los datos que manejes en tu poder, por lo tanto nadie te puede negar esa información.

Un saludo.
 
Respuesta: Protección de Datos y Confidencialidad

No pertenezco al servicio sanitario andaluz, mi servicio es municipal y trasladamos pacientes al centro de salud a requerimiento de los cuerpos de seguridad o de cualquier particular que nos requiera. El problema es que lo primero que haces es tender al herido y luego cuando llegas ya al centro de salud te dedicas ya con los datos ya mas tranquilo. Y es hay donde llega el problema, que hay veces que el centro de salud se niega a darte los datos del paciente que tu le has llevado.
 
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