Skrei
e-mergencista experimentado
Hola amigos...
Quisiera plantearos alguna duda que ha surgido en un debate a propósito de este tema.
Primero, comentar como funciona el sistema en mi comunidad.
Cuando se recibe una llamada en el Centro Coordinador... se recogen unos dátos básicos y se clasifica la llamada a la vez que se le asigna un número de actuación.
Posteriormente se lanza un recurso y este, a parte de atender al paciente, vuelve a recoger datos de filiación - nombre, apellidos, edad, sexo, domicilio, teléfono, número Seguridad Social, etc.. - que consigna en un parte de asistencia que tiene varias copias.
Al finalizar la asistencia... se hace una última llamada al C.Coordinador en la que se cotejan los datos y se da por finalizada la asistencia.
Para aumentar la confidencialidad... el operador del C.Coordinador NO conoce nunca el diagnostico de presunción, porque se suministra bajo un código.
La llamada tipo sería así.: Buenas tardes, Etc.. En referencia al aviso número xxx le informo que hemos atendido a Don Fulanito de Tal, de tantos años, con motivo del código zzz y que ha sido trasladado al hospital Cual.
El problema vine cuando....
La unidad asistencial que acude en auxilio de alguien movida por el C. Coordinador NO pertenece a la red pública, sino que es una empresa CONCERTADA.
En este caso.. una copia de la actuación va a parar a manos de dicha empresa.
En esa copia, claro está, se consignan todos los datos de la actuación que incluyen filiación y patología ( a men de los procedimientos realizados, Etc.. ).
Se han dado casos - y se siguen dando - de que pasados unos días ese paciente ó sus familiares, reciben llamadas en las que se les invita a cooperar - económicamente - con dichas empresas en el marco de " campañas de captación de socios " Etc, Etc..
Mi pregunta es.:
Deberían los partes asistenciales.. - mejor dicho: SUS COPIAS -
consignar todos esos datos, ó deberían llevar únicamente el numero de actuación ?
Esto, más allá de si el paciente o sus familiares reciben o nó invitaciones a participar en cuestaciones.
Es ético, que un gestor... ajeno a la administración pública, conozca que se me ha examinado el recto, que padezco tal o cual enfermedad y/o que he abortado
Espero vuestros comentarios.
Quisiera plantearos alguna duda que ha surgido en un debate a propósito de este tema.
Primero, comentar como funciona el sistema en mi comunidad.
Cuando se recibe una llamada en el Centro Coordinador... se recogen unos dátos básicos y se clasifica la llamada a la vez que se le asigna un número de actuación.
Posteriormente se lanza un recurso y este, a parte de atender al paciente, vuelve a recoger datos de filiación - nombre, apellidos, edad, sexo, domicilio, teléfono, número Seguridad Social, etc.. - que consigna en un parte de asistencia que tiene varias copias.
Al finalizar la asistencia... se hace una última llamada al C.Coordinador en la que se cotejan los datos y se da por finalizada la asistencia.
Para aumentar la confidencialidad... el operador del C.Coordinador NO conoce nunca el diagnostico de presunción, porque se suministra bajo un código.
La llamada tipo sería así.: Buenas tardes, Etc.. En referencia al aviso número xxx le informo que hemos atendido a Don Fulanito de Tal, de tantos años, con motivo del código zzz y que ha sido trasladado al hospital Cual.
El problema vine cuando....
La unidad asistencial que acude en auxilio de alguien movida por el C. Coordinador NO pertenece a la red pública, sino que es una empresa CONCERTADA.
En este caso.. una copia de la actuación va a parar a manos de dicha empresa.
En esa copia, claro está, se consignan todos los datos de la actuación que incluyen filiación y patología ( a men de los procedimientos realizados, Etc.. ).
Se han dado casos - y se siguen dando - de que pasados unos días ese paciente ó sus familiares, reciben llamadas en las que se les invita a cooperar - económicamente - con dichas empresas en el marco de " campañas de captación de socios " Etc, Etc..
Mi pregunta es.:
Deberían los partes asistenciales.. - mejor dicho: SUS COPIAS -
consignar todos esos datos, ó deberían llevar únicamente el numero de actuación ?
Esto, más allá de si el paciente o sus familiares reciben o nó invitaciones a participar en cuestaciones.
Es ético, que un gestor... ajeno a la administración pública, conozca que se me ha examinado el recto, que padezco tal o cual enfermedad y/o que he abortado
Espero vuestros comentarios.