Convenio colectivo 2009 -2011 de transporte de enfermos y accidentados.

Respuesta: Convenio colectivo 2009 -2011 de transporte de enfermos y accidentados.

Me tome la molestia de leer el convenio y el mismo aunque publicado en el BOE en fecha 5 del 7/10 se toma la resolución en junio fecha 22.
Antes de llegar a dicha resolución creo que ambas partes, trabajadores como empresarios, estarían debatiendo y no calculo que menos de 6 meses.
Con estos mimbres salen estos cestos, en esas fechas aún no existía en el mercado laboral ninguna promoción de ciclo titulada, desconozco si al día de hoy existe, sinceramente me parece muy honrado por las partes implicadas en el convenio el haber tenido presentes a los futuros profesionales del ciclo, pero que siendo cabales al no existir como tal no deberían estar en el convenio, ¿como pactar sobre algo que no existe?.
Sinceramente creo que deben de dar gracias a sus predecesores y actuales trabajadores del sector de la emergencia.
 
Respuesta: Convenio colectivo 2009 -2011 de transporte de enfermos y accidentados.

...en esas fechas aún no existía en el mercado laboral ninguna promoción de ciclo titulada, desconozco si al día de hoy existe, sinceramente me parece muy honrado por las partes implicadas en el convenio el haber tenido presentes a los futuros profesionales del ciclo, pero que siendo cabales al no existir como tal no deberían estar en el convenio, ¿como pactar sobre algo que no existe?.

Siento corregirte Abueleitor pero en estas fechas si que habia ya promociones de TES,salidas de 3 centros de Galicia,1 de Castilla La Mancha,1 de Caceres,Navarra y creo que me quedo alguno mas en el tintero
 
Respuesta: Convenio colectivo 2009 -2011 de transporte de enfermos y accidentados.

Si las primeras promociones empezaron a formarse en el curso 2008-09 y el segundo año se cumple en el curso 2009-2010.
¿En diciembre existían titulados en ciclo?
¿Los que finalicen en estos meses de junio/julio, ya tienen abonadas las tasas?
Es verdad también que se presento el año pasado a pruebas libres el año pasado personal, lo que si que reconozco , si se dio el apto a muchos alumnos.
Humildemente reconozco que soy bastante inculto.
 
Respuesta: Convenio colectivo 2009 -2011 de transporte de enfermos y accidentados.

Si querian esto desde un principio que hubieran formado los primeros años a los trabajadores en activo y asi no llevar a malentendidos a quien busque una salida profesional rapida

No veo donde está el malentendido. Hasta ahora no había ninguna norma ni ley que dijese que se iba a exigir dicho título para trabajar. Es lógico que la tendencia sea a que se pida como requisito indispensable en unos años, pero actualemente no es obligatorio y eso, para cualquiera que se haya molestado en informarse, es conocido por todos, no se ha engañado a nadie.

¿Porque tienen tantos problemas en las pruebas libres?.
Como ya han comentado, hay gente en el sector que hace muchos años que dejaron de estudiar, y los hábitos se pierden. Compañeros que llevan desde los 16 años montados en una ambulancia, algunos con bachillerato, otros con carrera, algunos sin terminar ni secundaria, y que tienen 50 tacos. ¿Cómo pretendes que no tengan dificultades para memorizar términos teóricos de anatomía o fisiología que no han utilizado en su vida? ¿Esas dificultades implican que sean malos en su trabajo? No lo creo.

Además en las pruebas libres, sin acudir a clase donde se da el temario y sin ver aquellos puntos en los que el profesor centra su atención, es bastante complicado, sobre todo para los primeros exámenes donde la gente no sabe qué tipo de examen o qué preguntas pueden caer. He visto compañeros a los que se les ha entregado una bibliografía de libros de anatomía y fisiología médica (tochos de 300 o 400 páginas) y ¡ala! a estudiar, sin saber exactamente qué nivel se les pide. ¡Cómo no va a haber gente que suspende!

Como tu bien dices,esta pactado entre empresa y trabajadores.Y ahora creo que deberiamos sumar otro lado mas,el de los TES que estan saliendo al mercado laboral.¿Que debemos hacer para tener un poco de voz y voto?

Un convenio laboral es siempre entre trabajadores y empresarios, es un acuerdo de condiciones laborales, no es ni una planificación del sector ni una comisión para crear leyes o requisitos. Por tanto, no hay TES titulados porque actualmente no hay ninguno trabajando.

Con esto si estoy de acuerdo,por eso no entiendo que se den 10 años!!!! Creo que el proceso de acreditacion,o simplemente el estudio del ciclo a distancia se puede hacer en mucho menos tiempo.
Pues a mi me parece muy poco tiempo. Hay varias comunidades en las que todavía no se imparte ni se va a impartir este año. Si le sumamos que como mínimo se tardan dos años en acabar, significa que para que salga la primera promoción en muchas provincias no podrá ser antes de 3 o 4 años. Si cada promoción son 20-30 alumnos, para llegar a los más de 100 que trabajan en cualquier pequeña provincia (y no hablemos de Madrid o Barcelona, donde pueden ser cientos), se necesitarán al menos otros 4 o 5 años (es decir, ya nos vamos a los 7 u 8 años). Y con el tema de las cualificaciones profesionales pasa otro tanto. En muchos sitios todavía no se ha empezado, y en otros se limita a un grupo de 10-20 al año.

Ha llevado más de 10 años conseguir que, por fin, se cree una titulación oficial que reconozca el trabajo de técnicos. Muchos compañeros han dedicado muchos esfuerzos para lograrlo, y mientras lo conseguían han dejado su tiempo y dinero en formarse con lo que había (cursos no oficiales) para hacer bien su trabajo. Y ahora, esos que han logrado un triunfo para la profesión son tratados como técnicos de segunda por gente recien salida del instituto, se pone en duda su preparación y se pretende que en poco tiempo tengan que adaptarse a la nueva titulación (muchos tienen que compaginar estudios con familia, cuidado de hijos, tienen que sacarse la ESO para poder obtener la titulación etc) o si no que se aparten para dejarles paso a ellos. No me parece justo.

Para hacer las cosas bien, hay que darles tiempo. Lo contrario sería perjudicar a muchos para beneficiar a unos pocos.
 
Respuesta: Convenio colectivo 2009 -2011 de transporte de enfermos y accidentados.

Si las primeras promociones empezaron a formarse en el curso 2008-09 y el segundo año se cumple en el curso 2009-2010.
¿En diciembre existían titulados en ciclo?
¿Los que finalicen en estos meses de junio/julio, ya tienen abonadas las tasas?
Es verdad también que se presento el año pasado a pruebas libres el año pasado personal, lo que si que reconozco , si se dio el apto a muchos alumnos.
Humildemente reconozco que soy bastante inculto.

En diciembre no,pero creia que decias en Junio.En Junio aqui en Extremadura y en Navarra al menos ya habian acabado.Y una preguntilla,¿¿a que tasas te refieres??
 
Respuesta: Convenio colectivo 2009 -2011 de transporte de enfermos y accidentados.

Supongo que se refiere a las tasas de expedición del título. No basta con acabar el último examen, para ser oficialmente TES, tiene que estar tramitada la expedición del título.
 
Respuesta: Convenio colectivo 2009 -2011 de transporte de enfermos y accidentados.

Las tasas son las cantidades obligatorias que se pagan , después de cursar una formación reglada, sin ellas no se expiden los títulos.
Ejemplo, al finalizar mi curso de nivelación en enfermería hace poco (2008 ), pagué las tasas que son las que te habilitan para el ejercicio profesional, ya que los títulos en papel tardan tiempo en ser expedidos.
 
Respuesta: Convenio colectivo 2009 -2011 de transporte de enfermos y accidentados.

Supongo que se refiere a las tasas de expedición del título. No basta con acabar el último examen, para ser oficialmente TES, tiene que estar tramitada la expedición del título.

Mientras te dan un documento firmado por el centro,en el que consta que has obtenido dicho titulo de tecnico y es tan valido como el titulo en si.Yo me saque la ESO hace bastantes años y hasta hace poco tiempo no he recojido el titulo original.Nunca me a dado esto ningun problema ni incluso a la hora de acceder a trabajos en los que era requisito el graduado
 
Respuesta: Convenio colectivo 2009 -2011 de transporte de enfermos y accidentados.

Es verdad también que se presento el año pasado a pruebas libres el año pasado personal, lo que si que reconozco , si se dio el apto a muchos alumnos.
En los sitios que conozco, las pruebas por libre van a la par que la impartición presencial. Es decir, en donde sólo se ha impartido, de momento, el primer curso, sólo se ha dado la opción de presentarse por libre a esas asignaturas. Para presentarse a las de segundo, deben esperar a que se imparta presencial. Por tanto las primeras promociones por libre acabarán a la vez que las primeras presenciales, no antes.

En Junio aqui en Extremadura y en Navarra al menos ya habian acabado.

No se trata de que hayan acabado o no. Para participar en el acuerdo de convenio colectivo, como han dicho ya, tienen que ser trabajadores del sector. Y durante la negociación del convenio no había ningún nuevo titulado trabajando como tal.

Un saludo.
 
Respuesta: Convenio colectivo 2009 -2011 de transporte de enfermos y accidentados.

Mientras te dan un documento firmado por el centro,en el que consta que has obtenido dicho titulo de tecnico y es tan valido como el titulo en si.

Sí, pero tienes que haber abonado ya las tasas de expedición. No hablo de tener el "título" ya en papel "físico". Sino de que no basta con tener las notas de haber aprobado. Se tiene que enviar y cerrar el acta oficial y el alumno tiene que abonar las tasas y solicitar la expedición para que se le de el justificante. Puesto que el cierre de actas tiene que haber sido hace muy poquitas semanas, intuyo que hasta ahora (durante la negociación) no había nadie que tuviese en título.
 
Respuesta: Convenio colectivo 2009 -2011 de transporte de enfermos y accidentados.

Sí, pero tienes que haber abonado ya las tasas de expedición. No hablo de tener el "título" ya en papel "físico". Sino de que no basta con tener las notas de haber aprobado. Se tiene que enviar y cerrar el acta oficial y el alumno tiene que abonar las tasas y solicitar la expedición para que se le de el justificante. Puesto que el cierre de actas tiene que haber sido hace muy poquitas semanas, intuyo que hasta ahora (durante la negociación) no había nadie que tuviese en título.

Pues vamos,si estais puestos en el tema sera asi,pero yi no se comento nada de tasas.
De todas formas el convenio en teoria es hasta 2011,aunque seguro que se alarga mas.Este puede ser un motivo para no tener muy en cuenta a los del ciclo.Haber para el proximo cual es la pega.
Saludos
 
Respuesta: Convenio colectivo 2009 -2011 de transporte de enfermos y accidentados.

Mientras te dan un documento firmado por el centro,en el que consta que has obtenido dicho titulo de tecnico y es tan valido como el titulo en si.
Pues va ser que no. sin pagar las tasas nasti de plasti, esto son títulos de formación laboral, no de formación académica.
 
Respuesta: Convenio colectivo 2009 -2011 de transporte de enfermos y accidentados.

Pues vamos,si estais puestos en el tema sera asi,pero yi no se comento nada de tasas.
De todas formas el convenio en teoria es hasta 2011,aunque seguro que se alarga mas.Este puede ser un motivo para no tener muy en cuenta a los del ciclo.Haber para el proximo cual es la pega.
Saludos

Puede que en este caso de grado medio, la expedición del título esté incluida en el pago de la matrícula. No lo sé. No obstante, quien dice tasas, dice cierre ofiacial de actas.
A lo que creo que se refería con el tema de las tasas es a que si se había ya cerrado oficialmente el curso y si ya eran oficialmente TES los que habían acabado.

Respecto al convenio, no es tener o no tener en cuenta. Como te han dicho, el convenio colectivo es un acuerdo entre empresarios y trabajadores, independientemente del título que se les exija. Si cuando se renegocie el convenio parte de los trabajadores son TES, tendrán su representación, si no, no.

De todas formas el convenio colectivo no establece leyes, sólo acuerdos laborales.
Puede decidir que los empresarios del sector no exigirán a sus trabajadores el título de TES en los próximos X años, o que para mejorar el sector, a partir de X fecha sólo contratarán a quien lo tenga. Pero no establece una ley que pueda imponer su obligatoriedad. No pueden despedir a nadie que no lo tenga mientras no sea legalmente obligatorio. Además hay lugares que se rigen por su propio convenio y no por el nacional y por tanto pueden tener otros acuerdos.

Quien establece la obligatoriedad de pedir el título para un puesto de trabajo es la ley. Y por el momento no hay ninguna norma al respecto.
 
Respuesta: Convenio colectivo 2009 -2011 de transporte de enfermos y accidentados.

En su día, cuando acabé el Bachiller, tuve que pagar las tasas, fue entonces cuando se me dio un certificado provisional de tener el título para poder presentarlo donde hiciera falta, y un par de años después me llego "la sábana" que dice que tengo esos estudios. Supongo que para el Ciclo será lo mismo.
 
Respuesta: Convenio colectivo 2009 -2011 de transporte de enfermos y accidentados.

No pueden despedir a nadie que no lo tenga mientras no sea legalmente obligatorio.

Ni se puede ni se debe,es que no es la intencion de nadie,ya comente que me referia a puestos de nueva creacion o vacantes,porque en dicho convenio dice que a quien se contrate a partir de la publicacion se le darian 8 años para acreditarse,y de esta manera nunca llegaria el momento en el que el titulo fuese una exigencia.

Saludos
 
Respuesta: Convenio colectivo 2009 -2011 de transporte de enfermos y accidentados.

"...Como te han dicho, el convenio colectivo es un acuerdo entre empresarios y trabajadores, independientemente del título que se les exija..." "...De todas formas el convenio colectivo no establece leyes, sólo acuerdos laborales..."
Esto es totalmente cierto

"...Pero no establece una ley que pueda imponer su obligatoriedad. No pueden despedir a nadie que no lo tenga mientras no sea legalmente obligatorio..."
Correcto, de todas formas hay dos formas de estar dentro de la legalidad, una con el Titulo de Grado Medio y otra obteniendo el Certificado de Profesionalidad, el cual solo vale a efectos laborales y certifica que tienes los conocimientos exigidos en cada Unidad de Competencia Convocada.

"...Quien establece la obligatoriedad de pedir el título para un puesto de trabajo es la ley. Y por el momento no hay ninguna norma al respecto..."
No estoy de acuerdo, en nuestro ordenamiento juridico (España), esta totalmente definido y clarito el tema, solo tenemos que referirnos a la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, mas concretamente al...

Capitulo V - De la Usurpacion de Funciones Publicas y del Intrusismo.

Artículo 403.- El que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses. Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de tres a cinco meses.

Si el culpable, además, se atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido, se le impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años.

Sin mas comentarios...
 
Respuesta: Convenio colectivo 2009 -2011 de transporte de enfermos y accidentados.

No estoy de acuerdo, en nuestro ordenamiento juridico (España), esta totalmente definido y clarito el tema, solo tenemos que referirnos a la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, mas concretamente al...

Capitulo V - De la Usurpacion de Funciones Publicas y del Intrusismo.

Artículo 403.- El que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico expedido o reconocido en España de acuerdo con la legislación vigente, incurrirá en la pena de multa de seis a doce meses. Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio, y no se estuviere en posesión de dicho título, se impondrá la pena de multa de tres a cinco meses.

Si el culpable, además, se atribuyese públicamente la cualidad de profesional amparada por el título referido, se le impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años.

Sin mas comentarios...

Siento contradecirte, pero, a riesgo de equivocarme porque no soy un experto jurídico, este artículo no es aplicable tal como lo presentas:

- El que ejerciere actos propios de una profesión sin poseer el correspondiente título académico : En la doctrina penalista se suele definir el título académico como título universitario concedido o reconocido por la autoridad académica, sea de diplomatura, de licenciatura o de doctorado.
Este punto por tanto no incluiría el TES.

- Si la actividad profesional desarrollada exigiere un título oficial que acredite la capacitación necesaria y habilite legalmente para su ejercicio: Este punto (en el que se habla de título oficial en lugar de académico) requiere que esa actividad exija la posesión del título oficial. Actualmente no hay ninguna ley ni norma que exija un título para la actividad que realizan los técnicos. Y por tanto se requiere que salga una normativa que la haga obligatoria.

Incluso en este segundo punto, las opiniones doctrinales discrepan en torno a si concurre delito de intrusismo cualquiera que sea el "título oficial" o "profesional" vulnerado, o por el contrario, si dicho "título oficial" se refiere sólo a los títulos profesionales que presuponen un título universitario previo.

Al menos eso se desprende del siguiente artículo (del que son los extractos en cursiva):

http://grupos.unican.es/ada/2007 AEPDA/Títulos_Carrillo.pdf
La diferenciación jurídica entre títulos académicos y profesionales. Juan A. Carrillo Donaire.
II Congreso de la Asociación Española de Profesores de Derecho Administrativo.
(página 34 y siguientes)

Reconozco mi ignorancia en estos temas legales, así que a ver si algún experto en leyes nos lo aclara.
 
Respuesta: Convenio colectivo 2009 -2011 de transporte de enfermos y accidentados.

Reconozco mi ignorancia en estos temas legales, así que a ver si algún experto en leyes nos lo aclara.

Pues ya somos dos, jejeje... es como en todas las cosas nuevas, lo dicho a ver si algun jurista nos hace ver la luz.

Un saludo.
 
Respuesta: Convenio colectivo 2009 -2011 de transporte de enfermos y accidentados.

Lo que veo, es que en este convenio no ha habido ninguna representación de los TES, por lo tanto, cada uno a tirao para lo suyo. Ojo!!, no quiero que penseis que opino que se despida a los conductores de ahora para dejar paso a los nuevos TES, no, para nada, sé que a todos ellos se les acreditará como es lógico, pero sí hay que reconocer que en este convenio se ha dejado a un lado a las personas que se están sacando este título, que también los habrá que estan trabajando o desempleados, que tienen más de 40 años, que son padres de familia, etc....

Muchas gracias.

Un saludo.
 
Respuesta: Convenio colectivo 2009 -2011 de transporte de enfermos y accidentados.

Al margen de lo ya dicho, de que si no se es empleador o empleado de la profesión en cuestión no se puede participar, piensa que los mismos técnicos (como colectivo, no ya como personas concretas) que han negociado eso, son los que durante años han luchado para que se regule su profesión y por tanto que nazca el TES como Formación Profesional. Es decir, de forma indirecta sí que estaban representados.
La única forma de hacer una transición adecuada de un título (donde lo hubiera) a otro es con tiempo, de forma gradual y sin prisas.
 
Atrás
Arriba