Hola a todos.
Las únicas luces de emergencias que son legales en los vehículos para dicho fin, son los rotativos que se llevan en la parte superior delantera. Realmente un dispositivo o dos de las mismas características. Si no se ve por la parte trasera el destello por la longitud de éste, se puede instalar el mismo dispositivo que en la parte delantera.
Las únicas luces que son legales a aparte de los rotativos son los Busca-Retrovisores que los puede instalar la policía.
Esto ya se ha comentado anteriormente. Si alguien quire el Reglamento en el que se comenta, que me lo diga y le mandaré un e-mail.
Desde A.N.E.C. estamos luchando para que también se legalicen las Luces Auxiliares de Emergencia.
Un saludo a todos.
Las únicas luces de emergencias que son legales en los vehículos para dicho fin, son los rotativos que se llevan en la parte superior delantera. Realmente un dispositivo o dos de las mismas características. Si no se ve por la parte trasera el destello por la longitud de éste, se puede instalar el mismo dispositivo que en la parte delantera.
Las únicas luces que son legales a aparte de los rotativos son los Busca-Retrovisores que los puede instalar la policía.
Esto ya se ha comentado anteriormente. Si alguien quire el Reglamento en el que se comenta, que me lo diga y le mandaré un e-mail.
Desde A.N.E.C. estamos luchando para que también se legalicen las Luces Auxiliares de Emergencia.
Un saludo a todos.