SUMMA y Madrid 112 se integran ya.

Alpe62

e-mergencista experimentado
La plataforma informatica de Summa 061 y la plataforma de Madrid 112 se van a integrar.

Según publica el Boletin de la Comunidad de Madrid de 03/03/2006, la Consejería de Sanidad y Consumo hace pública convocatoria de concurso por procedimiento abierto para la adjudicación del contrato de servicios titulado: “Desarrollo y puesta en marcha de la plataforma tecnológica para el Servicio de Urgencias Médicasde Madrid SUMMA 112 y la integración de dicha plataforma con la plataforma de Madrid 112”.

Descripción del objeto: Análisis, diseño, desarrollo e implantación del aplicativo, medios técnicos, formación, puesta enfuncionamiento y mantenimiento, así como los desarrollos y dotación de equipamiento de una nueva plataforma tecnológica para el Servicio de Urgencia Médica de Madrid SUMMA 112 y la integración de dicha plataforma en la
plataforma de Madrid 112.


El Presupuesto base de licitación: Importe total, 4.000.000 de
euros
(IVA incluido).

Este paso es muy importante para la coordinación de urgencias y emergencias sanitarias en Madrid, hoy por hoy Summa 061 y Madrid 112 aun no estaban integrados al 100 %
 
Boletin oficial de la Comunidad de Madrid de 05/04/2006

I.- COMUNIDAD DE MADRID
...
C.- Otras Disposiciones
...

Vicepresidencia Segunda y Consejería de Justicia e Interior

1269 ORDEN conjunta de 27 de marzo de 2006, de las Consejerías de Justicia e Interior y Sanidad y Consumo sobre la integración del Servicio de Urgencias Médicas de Madrid, SUMMA 112, al centro de atención de llamadas de urgencias 112 de la Comunidad de Madrid.

La decisión del Consejo de las Comunidades Europeas 91/396, de 29 de julio, establece la obligación de los Estados miembros de introducir el número telefónico 112 como número único de llamadas de urgencia europeo.

La Comunidad de Madrid consideró prioritaria su implantación en el ámbito geográfico de la región y mediante Decreto 168/1996, de 15 de noviembre, estableció la prestación del Servicio Público de Atención de Urgencias, a través de dicho número único, lo que permitió que el Centro 112 iniciase su actividad de atención de llamadas de urgencias el 1 de enero de 1998.

Por otro lado, el Real Decreto 903/1997, de 16 de junio, atribuyó la prestación del servicio de atención de llamadas de urgencias a las Comunidades Autónomas, determinando la obligación del establecimiento de un centro de recepción de llamadas de emergencia.

La obligación de adaptación al contenido del Real Decreto referido, así como la necesaria delimitación del régimen jurídico del servicio mencionado, motivaron la aprobación de la Ley 25/1997, de 26 de diciembre, de Regulación del Servicio de Atención de Urgencias 112. Posteriormente, la Ley 13/2002, de 20 de diciembre, creó el Organismo Autónomo Madrid 112, dependiente de la Consejería competente en materia de protección ciudadana, y cuya finalidad es la prestación en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid del servicio de atención de llamadas de urgencia, a través del número único, mediante el Centro de Atención de Llamadas de Urgencia 112.

Por otra parte, por Real Decreto 1479/2001, de 27 de diciembre, se traspasaron a la Comunidad de Madrid las funciones y servicios del INSALUD, entre las que se comprendían los centros y establecimientos sanitarios, asistenciales y administrativos del citado INSALUD en el territorio de la región, incluida la Gerencia de Atención Primaria 061. Paralelamente, la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, creó el Instituto Madrileño de la Salud (IMSALUD), cuyos fines eran la gestión de los recursos y funciones del INSALUD traspasados a la Comunidad de Madrid.

Así, mediante Resolución de la Dirección-Gerente del IMSALUD de 29 de octubre de 2002, la Gerencia de Atención Primaria 061 señalada pasó a denominarse Servicio de Urgencias Médicas de Madrid, SUMMA-061. De igual modo, el Decreto 197/2002, de 26 de octubre, estableció la estructura orgánica del IMSALUD, adscribiendo al Instituto referido el SUMMA-061 y las urgencias externas UVI móvil 061.


Este Decreto fue modificado mediante Decreto 48/2003, de 3 de abril, integrando en el nuevo SUMMA 112 la gerencia y las urgencias externas UVI móvil 061 y el Servicio de Emergencias y Rescate de la Comunidad de Madrid (SERCAM). Actualmente, tras la aprobación del Decreto 14/2005, de 27 de enero, el SUMMA 112 depende del recién creado Servicio Madrileño de Salud y dentro del desarrollo del Plan de Urgencias y Emergencias Sanitarias de la Comunidad de Madrid.

Con la intención de avanzar en la prestación de un servicio integral de gestión de urgencias que favorezca la coordinación y la eficacia en situaciones de emergencias, la Comunidad de Madrid puso en marcha a finales de 2003 un nuevo Centro de Atención de Llamadas, con sede en Pozuelo de Alarcón. En ese sentido, se considera necesario la integración del SUMMA 112 en esta nueva sede del Centro de Atención de Llamadas, de manera que participe eficazmente en un sistema integral de gestión de situaciones de emergencia en la Comunidad de Madrid, en sus aspectos organizativo, operativo y tecnológico.

Por todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 50.3 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, ambas Consejerías de forma conjunta,

DISPONEN

Artículo primero:

El Servicio de Urgencias Médicas de Madrid, SUMMA 112, se integra en el Centro de Atención de Llamadas de Urgencias 112 de la Comunidad de Madrid, al objeto de participar en un sistema integrado de gestión de emergencias de la Comunidad de Madrid en los aspectos organizativo, operativo-funcional y tecnológico, según lo estipulado en la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, y en la Ley 25/1997, de 26 de diciembre, de Regulación del Servicio de Atención de Urgencias 112.

Artículo segundo:

A tal efecto, se creará una comisión de seguimiento, de composición paritaria, con representación del Organismo Autónomo Madrid 112 y del Servicio de Urgencias Médicas de Madrid, SUMMA 112.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

La presente Orden conjunta entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 27 de marzo de 2006.

El Vicepresidente Segundo y Consejero de Justicia e Interior, ALFREDO PRADA PRESA

El Consejero de Sanidad y Consumo MANUEL LAMELA FERNÁNDEZ

(03/8.785/06)
 
Pagina web del SUMMA

Me poderiam dar la morada de la pagina web de SUMMA ???
Es que non la encuentro en lado niguno.
 
Después de 10 años de funcionamiento de Madrid-112 y pasados 2 años de lo publicado en el boletín de la Comunidad de Madrid, esta es la evolución de una llamada a Madrid 112 que requiere la intervención del SUMMA-112

Llamadas de “urgencias” (es decir, sin peligro inmediato para la vida del paciente):

1.- El Operador 112( OP-112) localiza el teléfono y el lugar donde se produce el incidente.
2.- OP-112 clasifica el incidente según los protocolos consensuados con los organismos sanitarios, por ejemplo “dolor abdominal”.
3.- OP-112 realiza una serie de preguntas tipo: Sexo del paciente, edad, antecedentes de otras enfermedades…
4.- OP-112 escribe unas notas aclaratorias si lo estima conveniente.
5.- OP-112 aprieta el botón de despachar y se produce una solicitud de intervención a SUMMA Urgencias. (Sin TAS)
6.- OP-112 llama al 061 por la misma línea que cualquier otro ciudadano, a la central de calle Antracita.
7.- OP-112 le dice despacito al operador del 061 los siguientes datos:
.- Teléfono del llamante.
.- Lugar del incidente.
.- Sexo y edad del paciente.
.- Breve descripción de lo que pasa y antecedentes sanitarios.
8.- OP-112 transfiere el audio al operador del 061.
9.- El operador del 061 empieza desde el principio como si la llamada hubiese entrado por el 061.


Llamadas de “emergencia” (es decir, con peligro inmediato para la vida del paciente)

1.- OP-112 localiza el teléfono y el lugar donde se produce el incidente.
2.- OP-112 clasifica el incidente según los protocolos consensuados con los organismos sanitarios, por ejemplo “dolor torácico”.
3.- OP-112 realiza una serie de preguntas tipo: Sexo del paciente, edad, antecedentes de otras enfermedades…
4.- OP-112 escribe unas notas aclaratorias si lo estima conveniente.
5.- OP-112 aprieta el botón de despachar y se produce una solicitud de intervención sonando una alarma en el ordenador (TAS) que Madrid 112 tiene instalado en la zona de emergencias de SUMMA en C/Antracita.
6.- OP-112 Llama a través de línea telefónica directa al operador del TAS.
7.- OP-112 transfiere el audio al operador de SUMMA sin perder más tiempo.

Juzguen Ustedes mismos.

Tanto SUMMA como Madrid 112, han recibido diferentes premios y la certificación ISO.
 
[...]9.- El operador del 061 empieza desde el principio como si la llamada hubiese entrado por el 061.
Seguimos:
9. El operador confirma con el paciente cada uno de los datos (de contacto y del sintomatología) que acaba de recoger.
10. Según las respuestas a unas primeras preguntas -clasificación por árbol lógico- se clasifica la llamada de nuevo en emergencia o urgencia.
11. Si es una urgencia (caso más probable) se transfiere el audio a la cola de médicos.
12. Tras la espera, el médico confirma la sintomatología (por tercera vez) y le hace preguntas más específicas sobre el estado del paciente.
13. El médico rellena su ficha y elige una de las posibles resoluciones (derivación a Atención Primaria, recurso sanitario móvil, resolución telefónica, otros).
14. Si se asigna recurso, el aviso se transmite vía telemática a la mesa de los locutores (gestores de recursos) y ahí pasa a la cola de la zona. Si la cola es muy larga se asigna un recurso de otra zona próxima.
15. Al terminar los avisos anteriores, el recurso se dirige al aviso.

Luego pongo la gestión de los avisos con carácter de emergencia, que también tiene lo suyo.

Respecto a este tema, en SUMMA112 debemos reconocer que es imprescindible una integración inmediata de la central en Madrid112, puesto que se ahorraría mucho tiempo en las urgencias y las emergencias y además la atención telefónica sería menos desesperante para el usuario y más efectiva para los todos.

Como bien dice Alpe62, hay una ley que lo obliga y además se concedió una partida presupuestaria muy cuantiosa (aprox. 4 millones de euros) para resolverlo.
 
Muchas gracias Emilio.

Respecto a las llamadas de “Emergencia” (en las que está en peligro la vida del paciente), me gustaría añadir una cosa más.

En la Central de SUMMA de Calle Antracita solo hay operativo un TAS (Terminal de Atención y Seguimiento) para las emergencias de 6 millones de personas. Frecuentemente se producen “embudos” en los que 2 o 3 operadores de Madrid 112 intentan contactar con el operador del TAS al mismo tiempo. Esto provoca que después de 1 o 2 minutos sin conseguir contactar telefónicamente con el TAS, llamas al 061 y pasas los datos como sea, con una enorme pérdida de tiempo. Es demencial.

Un abrazo Emilio y por extensión a la gente de SUMMA 112.
 
Como lo prometido es deuda, seguimos con las llamadas de emergencia:
[...]Llamadas de “emergencia” (es decir, con peligro inmediato para la vida del paciente)
[...]
7.- OP-112 transfiere el audio al operador de SUMMA sin perder más tiempo.
8.- Suena una alarma en el TAS del SCU (central de SUMMA), por lo que se acerca un operador a la mesa (no hay ninguno permanente) y mira lo que es.
9.- Cuando suena el teléfono del TAS, se solicita un médico en voz alta para regular la llamada.
10.- Si hay médico regulador libre se acerca a la mesa de TAS inmediatamente (no hay médico permanente en la mesa del TAS); si no hay libre, se acerca el primero el primero que termine de atender su llamada.
11.- El médico habla con el demandante, confirma los datos del aviso y lo regula. Al mismo tiempo, el operador que se ha acercado copia manualmente los datos de un ordenador (TAS) a otro (Sistema propio SUMMA), lo clasifica según el árbol lógico y marca la resolución que le dice el médico.
12.- Si es necesario recurso, el aviso pasa telemáticamente a la zona de locutores adecuada (emergencias, atención domiciliaria, transporte sanitario) para ser asignado a la unidad libre más cercana.
13.- Si es una emergencia (según SUMMA, distinto de M112) se envía una unidad de inmediato, preferentemente SVA. Si es una urgencia el aviso pasa a la cola de pendientes para ese tipo de recurso (UAD, Ambulancia, VIR).

Todo lo expuesto era actual cuando trabajé en el SCU, a finales del año 2004. Desde entonces se ha producido una reestructuración del mismo, pero creo que todo lo expuesto sigue vigente.

Hay una puntualización importante, tanto si hablamos de urgencias como de emergencias: además de los recursos propios (UAD, VIR, UME) y subcontratados (ambulancias) existen recursos coordinados o activados por el SUMMA, que habitualmente son del tipo ambulancias SVB y en algún caso SVA, tanto de titularidad municipal como de Cruz Roja. En esos casos, es necesaria una comunicación más, puesto que desde la mesa de los gestores de recursos correspondiente (emergencias o ambulancias) se llama por teléfono a la central de cada uno de los servicios, para que ésta active a su recurso.

Estos recursos no realizan habitualmente tanto volumen de avisos como los activados directamente (propios y subcontratados), pero suelen cubrir zonas menos densamente pobladas y por lo tanto proporcionan isocronas de atención aceptables para todos los ciudadanos, además de dar primeras asistencias de SVB+DEA cuando los SVA están lejos.

Para que nadie piense que este un mensaje con la única intención de denunciar, adjunto unas sugerencias de modificación, que me consta que a día de hoy son técnicamente posibles:
a) Establecer un nuevo número, alternativo al 061 actual, para las incidencias de transporte programado y la información de centros sanitarios (atendido por operadores) y para el consejo sanitario (atendido por personal de enfermería bajo protocolos y con un médico como segundo escalón sólo cuando sea realmente necesario).
b) Derivar las llamadas del 061 al 112 y establecerlo como único punto de entrada al sistema de urgencias y emergencias sanitarias.
c) Unificar los protocolos de atención de llamadas sanitarias por parte de los operadores (del punto de entrada único) para separar los avisos en tres clases según la gravedad aparente:
I : emergencia clara > Supondría activación inmediata y automática del recurso de emergencias más cercano según el GIS y simultáneamente la transferencia de la llamada al médico regulador con prioridad alta, para dar consejo y confirmar o anular el recurso.
II : emergencia por determinar > Supondría la transferencia de la llamada al médico regulador con prioridad alta, para decidir el tipo de recurso a enviar.
III : urgencia > Supondría la transferencia de la llamada al médico regulador con prioridad baja, para decidir si es necesario recurso y el tipo del mismo, con el fin de optimizar los recursos y la atención hospitalaria.
d) Revisar las guías de regulación médica de la demanda para adaptarlas a la realidad, y dotar de apoyo legal a los médicos reguladores que se tomen en serio su trabajo.
e) Unificar las comunicaciones y la gestión para todos los recursos activados por SUMMA de forma que todos los recursos se activaran de forma inmediata independientemente de su titularidad.

Otro abrazo desde el otro lado para ti, Alpe, y para el resto de compañeros de Madrid112.
 
Última edición:
Seguimos:
9. El operador confirma con el paciente cada uno de los datos (de contacto y del sintomatología) que acaba de recoger.
10. Según las respuestas a unas primeras preguntas -clasificación por árbol lógico- se clasifica la llamada de nuevo en emergencia o urgencia.
11. Si es una urgencia (caso más probable) se transfiere el audio a la cola de médicos.
12. Tras la espera, el médico confirma la sintomatología (por tercera vez) y le hace preguntas más específicas sobre el estado del paciente.
13. El médico rellena su ficha y elige una de las posibles resoluciones (derivación a Atención Primaria, recurso sanitario móvil, resolución telefónica, otros).
14. Si se asigna recurso, el aviso se transmite vía telemática a la mesa de los locutores (gestores de recursos) y ahí pasa a la cola de la zona. Si la cola es muy larga se asigna un recurso de otra zona próxima.
15. Al terminar los avisos anteriores, el recurso se dirige al aviso.

Luego pongo la gestión de los avisos con carácter de emergencia, que también tiene lo suyo.

Respecto a este tema, en SUMMA112 debemos reconocer que es imprescindible una integración inmediata de la central en Madrid112, puesto que se ahorraría mucho tiempo en las urgencias y las emergencias y además la atención telefónica sería menos desesperante para el usuario y más efectiva para los todos.

Como bien dice Alpe62, hay una ley que lo obliga y además se concedió una partida presupuestaria muy cuantiosa (aprox. 4 millones de euros) para resolverlo.

Me parece que este esfuerzo es vital e importante para el bien del paciente y de la comunidad general. Les deseo Éxito.
 
Respuesta: SUMMA y Madrid 112 se integran ya.

A fecha de hoy 23-10-2010 la relación entre Madrid-112 y Summa-061 sigue igual que estaba. Una legislatura entera sin avanzar ni un centímetro en la integración que el Boletín Oficial de la CAM recogía.

Soy consciente de que la carta de servicios del Summa es muy amplia, la podéis consultar aquí:

http://www.madrid.org/cs/Satellite?...ename=SUMMA112/Page/S112_pintarContenidoFinal

Pero por lo menos los casos de emergencia en los que está en peligro la vida del paciente debería integrarse en Madrid 112 con una forma de actuar similar a la de Samur pero supervisada y controlada por médicos.

El resto de la carta de servicios puede seguir en C/Antracita como está ahora y pensar en ir integrándola en Madrid 112 paulatinamente.

Clama al cielo los casos de emergencia vital.
 
A fecha 26/11/2015 seguimos igual que el primer día, la integración entre Summa y Madrid 112 está en pañales.

Tal vez esta noticia nos abra una esperanza para el desbloqueo de la situación:

http://bit.ly/1R77AE9

El gerente de Summa-112, señor Tenorio, ha sido relevado de su puesto...
 
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