Responsabilidad legal sobre lesiones o muerte

pablito

e-mergencista novel
Dentro de poco (si no se me desvian los planes) sere voluntario en socorros y emergencias de cruz roja. Ahora bien, tengo entendido que si atiendes a una persona y por lo que sea fallece o sufre unas lesiones graves e irrecuperables, el principal acusado es el que la atendio.
¿Me lo podeis explicar mejor por favor?
Gracias
 
Hombre, eso sólo sería cierto si se demuestra que las lesiones o la muerte del paciente son consecuencia inequívoca de la mala praxis (hacer las cosas mal) por parte del sanitario; creo que es evidente que nadie te puede culpar de unos daños causados por una enfermedad o un accidente :roll:

Es posible que la formación previa que recibas contenga un módulo específico sobre temas legales (así es en Madrid) en el que te podrían aclarar mucho mejor estas dudas. ¡Suerte con el comienzo!

PD: Muevo el tema y le cambio el título para que quede más claro
 
Realmente en socorros uno se guía por la ley del "buen padre de familia"
Tratar a todos como si fueran hijos tuyos ¿no hay ley que vaya contra ti si funcionas así. Pero tiene razon paplito en los cursos siempre te dan unas nociones legales.
Saludos :wink:
 
Siempre podrías tener en mente lo que tienen los médicos, que es la "lex artis ad hoc" o "ley del arte". Basicamente viene a decir que trates a tus pacientes del mismo modo que te tratarías a ti mismo. Claro que esto puede que no funcione para todos los casos, ya me entiendes :)
 
Esto me gusta.

El criterio del "buén padre de familia " es un criterio que sirve de regla general para cómo interpretar muchos de los artículos de nuestro Código Civil.

Este criterio nace en el Derecho Romano y viene a significar que cuando tú o yo o nosotros vamos a hacer algo deberíamos preguntarnos primero antes de hacer nada:

¿ Qué haría en nuestro caso un buén padre de familia en estas circunstancias ?.

Sobre lo qué significa: " Un buén padre de familia " se ha escrito mucho pero pienso que, para que nos aclaremos todos mejor, sería bueno quedarnos con este interrogante que os puse en el párrafo anterior y con un ejemplo que sería poner en práctica la regla de ese "buén padre":

¿ Qué haría un buen padre de familia si estuviera ante el mismo accidentado al que estoy, yo, socorriendo ahora ? : ¿ Le pondría mercromina o le pondría agua oxigenada ?.

Ese es el tipo de preguntas al que, en líneas generales y superficiales, llega el hablar de aplicar al ámbito sanitario el criterio y regla del: "buén padre de familia".

Cómo veis, pienso que el "buén padre de familia" es un criterio que se puede aplicar, por ejemplo, en el ámbito de la educación escolar o en el ámbito de lo que se entiende por paternidad y maternidad responsable pero el criterio del "buen padre de familia" no se puede "profesionalizar" para el campo que tratamos de la sanidad.

La sanidad tiene otros parámetros que exceden de lo que el propio derecho romano empezó entendiendo por cómo debía actuar, trabajar y comportarse un "buén padre de familia".

Ya seguiré, en otros mensajes, intentando explicar estos criterios de "Parte General" pero yo huyo dehacer mensajes interminables y, por eso, prefiero escribir 5 ó 6 mensajes que no uno solo que parezca que no tiene fin.
 
Mariano... espero la ampliación de este mensaje...

Y una pregunta... la SUBJETIVIDAD en "lo que entendemos por regla del buen padre de familia"...?

Aclarame esto un poco que es interesante. Gracias compañero.
 
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