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El criterio del "buén padre de familia " es un criterio que sirve de regla general para cómo interpretar muchos de los artículos de nuestro Código Civil.
Este criterio nace en el Derecho Romano y viene a significar que cuando tú o yo o nosotros vamos a hacer algo deberíamos preguntarnos primero antes de hacer nada:
¿ Qué haría en nuestro caso un buén padre de familia en estas circunstancias ?.
Sobre lo qué significa: " Un buén padre de familia " se ha escrito mucho pero pienso que, para que nos aclaremos todos mejor, sería bueno quedarnos con este interrogante que os puse en el párrafo anterior y con un ejemplo que sería poner en práctica la regla de ese "buén padre":
¿ Qué haría un buen padre de familia si estuviera ante el mismo accidentado al que estoy, yo, socorriendo ahora ? : ¿ Le pondría mercromina o le pondría agua oxigenada ?.
Ese es el tipo de preguntas al que, en líneas generales y superficiales, llega el hablar de aplicar al ámbito sanitario el criterio y regla del: "buén padre de familia".
Cómo veis, pienso que el "buén padre de familia" es un criterio que se puede aplicar, por ejemplo, en el ámbito de la educación escolar o en el ámbito de lo que se entiende por paternidad y maternidad responsable pero el criterio del "buen padre de familia" no se puede "profesionalizar" para el campo que tratamos de la sanidad.
La sanidad tiene otros parámetros que exceden de lo que el propio derecho romano empezó entendiendo por cómo debía actuar, trabajar y comportarse un "buén padre de familia".
Ya seguiré, en otros mensajes, intentando explicar estos criterios de "Parte General" pero yo huyo dehacer mensajes interminables y, por eso, prefiero escribir 5 ó 6 mensajes que no uno solo que parezca que no tiene fin.