Responsabilidad legal de un suicida.

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T-35.1

Usuario invitado
Juan Luis dijo:
:!: El suicidio NO está penado en España, el Derecho Penal español es eminentemente resocializador, y en este caso concreto hay dos posibilidades: a) el suicida fallece, con lo que se extingue su responsabilidad (no van a enterrar el cadaver en el patio de la prisión) y b) el suicida falla en su intento, la idea es ayudarle para que desista en su intento, no meterle un nuevo problema y sancionarle. Lo que está penado es asistir al suicida (de ahí los problemas con la eutanasia en los casos de incapacitados físicos.)
Según el artículo 143 del Código Penal:
1.- El que induzca al suicidio de otro será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años.
2.- Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años al que coopere con actos necesarios al suicidio de una persona.
3.- Será castigado con la pena de prisión de seis a diez años si la cooperación llegara hasta el punto de ejecutar la muerte.
4.- El que causare o cooperare activamente con actos necesarios y directos en la muerte de otro (...).
En fin, como ven, sólo se menciona a los que auxilian, nunca al propio afectado, que bastante tiene con querer morirse.

En fin, que esta persona NO ha cometido un delito, por tanto no tiene que estar detenido. Es responsabilidad del personal sanitario, la colaboración de la policía (tras consultar con médicos del SUC y miembros del CNP), se limita a ayudar a subirlo a la ambulancia y en todo caso escoltar la ambulancia. En los casos que hablemos de detenidos, ya lo expliqué más arriba.

Siento el ladrillo, pero confío en que ahora haya quedado claro.

Un saludo, felices fiestas. -qq-

Hola!

Y si se quiere suicidar, como se comenta al principio... que lo intentaba varias veces... y sabes que si lo dejas lo va a volver a intentar?
A su vez tirarse delante de un coche podría provocar otro accidente y heridos o muertos... que sería un homicidio involuntario del suicida, por lo que en conocimiento de su actitud, dejarlo, por no ir en contra de su voluntad, sería a su vez una inprudencia.

¿Eso no sería omisión del deber de socorro? es delicado el tema...
Ya no solo por él, sino por el resto de coches en este caso.
Está claro que una persona en esta situación no está en su pleno juicio, afectado por el trauma. Y los agente de la ley deberían mantener la seguridad de los ciudadanos, tanto la propia del suicida como del resto de vehículos que podían verse implicados en sus intentos de suicido. ¿no?

Es decir, que si uno se intenta suicidar y no le sale bien, pero el coche delante del cual se pone, por esquivar al suicida y con un resultado en la que el vehículo pierde el control y mueren varias personas o hay victimas con traumatismos multiples e incluso sin victimas... ¿no está penádo o regulado de ninguna forma? Creo que está claro que el tipo esta cometiendo algún tipo de incumplimiento contra la seguridad o salud del resto de ciudadanos.

Me suena haber visto algún caso similar no se dónde, que trataba de un tren que descarriló debido a la fuerte frenada para evitar atropeyar a un suicida en la vía, y él no murió, pero provocó la muerte de otras personas que viajaban en el tren.

Desde luego, no consiguió mejores razones por las que vivir, pero entonces, ¿¿no es mejor retenerlo aun en contra de su voluntad??
¿No tiene ninguna responsabilidad el presunto suicida?
¿Por esa misma regla de no "añadirles otro problema", todos los presos que se intenten suicidar por estar presos han de ser liberados, precisamente, para evitar que se suiciden??

nunca te preguntas estas cosas hasta que sucede.. y no es simple...
Venga un saludo...
 
Re: Acompañamiento de las autoridades en las ambulancias

Hola!¿No tiene ninguna responsabilidad el presunto suicida?

Por supuesto que sí, tendrá la responsabilidad penal y civil que derive de sus actos, pero el intento de suicidio en si mismo no es delito. Si causa daños tendrá que pagarlos, si causa víctimas, tendrá responsabilidad, hasta el punto que pueda tenerla, es de suponer que deberá existir un dictamen médico (psiquiátrico). para determinar su imputabilidad.

¿Por esa misma regla de no "añadirles otro problema", todos los presos que se intenten suicidar por estar presos han de ser liberados, precisamente, para evitar que se suiciden??

Creo que eso es simplificar mucho, el Derecho Penal es mucho más complejo que las reglas de tres ;)
 
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