¿Quién puede decidir el uso de contenciones y medidas reductoras con un paciente?

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romeo20

e-mergencista novel
Hola a todos,

Quisiera saber si una SVB puede reducir y contener a un paciente agresivo. Si hay alguna ley que lo permita o ninguna que lo prohiba

Un saludo
 
romeo20 dijo:
Hola a todos,

Quisiera saber si una SVB puede reducir y contener a un paciente agresivo. Si hay alguna ley que lo permita o ninguna que lo prohiba

Un saludo


Para eso esta la Guardia Civil o la Policia Nacional... ( por mala experiencia propia )....
Me refiero para reducirlos....
 
Como bien comenta Gonso para eso estan las FFCCSS , y de todas maneras ante un agresivo avisa a un facultativo porque aunque lo reduzcan habra que sedarlo ya que llevarlo engrilletado a la camilla no es muy apropiado.
 
Hombre yo tengo muy claro de que antes de que me agreda a mi o alguno de la dotacion se toman las medidas que haga falta, se llama a facultativos para que se le sede, a policias... una duda que no tengo todavia muy claro, cuando un policia nos acompaña en la ambulancia se tiene que quitar el arma???
 
m0fly dijo:
una duda que no tengo todavia muy claro, cuando un policia nos acompaña en la ambulancia se tiene que quitar el arma???

No tiene que quitarsela, es mas si esta dentro sera por el "tipo de paciente" que trasladamos y el policia tiene que estar preparado para defenderse y defendernos ;)
 
si tenemos que trasladar a un paciente agresivo lo ideal seria trasladar con el paciente sedado y correctamente inmovilizado desde el lugar hasta el centro de referencia

en algunos casos tenemos a un medico en el lugar del incidente o una SVA si tenemos SVA y el medico ha valorado el riesgo que supone su estado tranquilos no tendremos problemas pero si solo esta la policia y el paciente esta agresivo lo mejor es pedir SVA ante la no posibilidad de SVa podremos tambien pedir la presencia de un medico que valorara la posibilidad de sedacion y ante la menor sospecha solicitar autorizacion antes de trasladar para inmovilizarlo hasta las "orejas" si fuese necesario

si no podemos sedarlo pues inmovilizarlo en la camilla o si teneis un tablero con araña seria un buen metodo de traslado ojito los tyraslado de este tipo de pacientes deben ser hechos con una orden de un medico por escrito o una autorizacion judicial ya que es un traslado sin consentimiento del paciente

alguno pensara que esto ultimo es quizas demasiado extremo pero que un paciente se levante de la camilla y nos agreda duramte la ruta es una posibilidad que existe asi que.......

desgraciadamente en alguna ocasion he trasladado a pacientes psiquiatricos sin sedar y con la policia en la cabina asistencial que por cierto no esta obligada de hecho los pueden sancionar por desprenderse de su arma estando de servicio armandose en una ocasion una buena viendonos obligados a parar y el policia ponerle las esposas al paciente imaginad la cara de los medicos en el hospital al ver las esposas a partir de entonces se tomo la decision de inmovilizar bien antes de trasladar una vez sedado

por otra parte suelen ser casos no habituales con un poco de charla y a veces una mentira piadosa el traslado se lleva a buen termino generalmente


saludetes
 
Las normas de prevención a tener en cuenta ante el paciente psiquiátrico se trata en la siguiente discusión:
http://www.e-mergencia.com/foro/showthread.php?t=14238
Y el de el acompañamiento de autoridades en la ambulancia en la siguiente:
http://www.e-mergencia.com/foro/showthread.php?t=12068

Por tanto, dejaremos este tema abierto única y exclusivamente para el tema legal que propone romeo20:
romeo20 dijo:
Quisiera saber si una SVB puede reducir y contener a un paciente agresivo. Si hay alguna ley que lo permita o ninguna que lo prohiba
 
En este tema mandan dos personas: o un medico, o la policia (por delegacion de un juez). El resto somos intermediarios. Si no esta una de estas dos figuras, no podemos reducir o trasladar a alguien contra su voluntad.
 
Este apartado concreto ya se ha tratado en el post de acompañamiento de autoridades en ambulancia, y como bien dice Tolosa, sólo hay dos opciones legalmente: orden médica y orden judicial. Toda la legislación al respecto está en el tema ya comentado, así que podemos cerrar este.
 
Según mi manual antes pacientes con trastornos psiquiatricos y/o agresivos cuando la premisa de intentar tranquilizarlo y tu intención de ayudarlo, debemos recurrir a la contención mecanica del siguiente modo:

_Debe haber 4 personas para inmovilizar al individuo y una quinta que sujetará su cabeza y evitará que muerda. En ningún caso se deben una o dos personas intentar la contención.

Espero haber sido de ayuda.
 
Hola:
Por partes; primero si el paciente esta agresivo no nos acercamos hasta que se persone la policía y pueda reducirlo. Pero si por el contrario se pone agresivo mas adelante y no queda otra lo reducimos y llamamos, yo por lo menos no voy a estar esperando a la policía o a un facultativo, mientras me están dando de leches, lo reduces, intentando no causar lesiones y santas pascuas, por desgracia ya lo e tenido que hacer un par de veces.
Conclusión, reducir a alguien solo cuando tu integridad este en peligro.
Segundo, traslados involuntarios, lo dicho, orden facultativa o judicial.

salu2!
 
Hombre está claro que lo primero que hago es llamar a la policia, pero es muy posible que durante la llegada de la policia la cosa puede empeorar, a veces es necesario reducir al individuo, tanto por peligro de autolesionarse como el de que nos agreda el individuo, ya me han agredido alguna vez y lo tengo claro si hay que agarrarlo se le agarra, y si hay que huir se huye (se de gente que se ha tenido que encerrar en la ambulancia en barrios conflictivos), pero intentaré por todos los medios que no me vuelvan a tocar la cara.
 
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