¿Quién es el responsable del cumplimiento del RD 619/1998?

ninonino

e-mergencista experimentado
queridos compañeros: desde hace tiempo esta ley está, pero las empresas tanto privadas como publicas, no la llevan a cabo, en el sentido de que si llevamos una ambulancias de urg, ¿como que va el conductor solo?, si dice tal decreto que el conductor debe de ir acompañado por un auxiliar o una persona con los mismos conocimientos que el conductor.

¿ esto se puede denunciar? ¿a quien le corresponde que las leyes de este tipo se hagan efectivas?.

bueno ahí os dejo esto, espero muchas respuestas.
 
Re: real decreto 619/1998

Siendo un Real Decreto claro que se podrá denunciar.
Yo me asesoraría en un sindicato, como CCOO, por ejemplo, y que ellos indiquen los pasos a seguir, puesto que denunciar tú, como conductor, a una empresa por eso, no se hasta qué punto te puede costar la pasta, y esta la cosa como pa tirar cohetes.
Yo haría eso:
  • Asesoramiento por parte de un sindicato.
  • Seguir los pasos que ellos indiquen.
  • Actuar, siempre con las espaldas cubiertas por ésta gente.
Un abrazo.
 
Re: real decreto 619/1998

pero vamos aber... tu en k tipo de ambulancia estas, una T.N.A. o una S.V.B???esa es la cuestion. esk si vas en una T.N.A no es una ambulancia de urgencias por eso no llevas acompañante...para las urgencias esta la S.V.B. k si k llevan un TTS-Conductor y un TTS-Camillero, y si llevas una S.V.B. sin TTS-Camillero lo k tienes k acer es pasar parte al C.I.C.U (si es en la C.V) o donde corresponda.
Espero servirte de ayuda compañero.

Un saludo.
 
Re: real decreto 619/1998

pero vamos aber... tu en k tipo de ambulancia estas, una T.N.A. o una S.V.B???esa es la cuestion. esk si vas en una T.N.A no es una ambulancia de urgencias por eso no llevas acompañante...para las urgencias esta la S.V.B. k si k llevan un TTS-Conductor y un TTS-Camillero, y si llevas una S.V.B. sin TTS-Camillero lo k tienes k acer es pasar parte al C.I.C.U (si es en la C.V) o donde corresponda.
Espero servirte de ayuda compañero.

Un saludo.

aparte de las siglas, s.v.b. las otras no las entiendo.

trabajo en una s.v.b. y tambien s.v.a. y te digo que en la s.v.b llevo camillero cuando puedo, luchamos en la empresa para que nos pusieran camilleros a raiz de esta ley y casi lo tenemos conseguido.

por casualidad, ¿donde se puede denunciar esta situación?
 
Aver si nos aclaramos, una T.N.A. como sus propias siglas lo indican es un transporte no asistido. Pues si trabajas en una S.V.B., ya puedes detener la ambulancia i dununciarlo inmediatamente al centro de coordinacion de tu provincia, porque yo creo que eso es intolerable y no es nada legal, asi que a la empresa le puede caer un buen paquete y si le pasara algo algun paciente tambien te podria pasar algo a ti por dejar al paciente desatendido. Bueno si tienes alguna pregunta no dudes en preguntar que para eso estamos.Espero averte servido de ayuda.

Un saludo compañero.
 
Aver si nos aclaramos, una T.N.A. como sus propias siglas lo indican es un transporte no asistido. Pues si trabajas en una S.V.B., ya puedes detener la ambulancia i dununciarlo inmediatamente al centro de coordinacion de tu provincia, porque yo creo que eso es intolerable y no es nada legal, asi que a la empresa le puede caer un buen paquete y si le pasara algo algun paciente tambien te podria pasar algo a ti por dejar al paciente desatendido. Bueno si tienes alguna pregunta no dudes en preguntar que para eso estamos.Espero averte servido de ayuda.

Un saludo compañero.

las t.n.a. en mi provincia pertenece a la r.t.p (creo que sabes su significado).
por otra parte el centro cordinador está informado de ello, pero mira para otro lado.

lo que necesito saber donde se debe denunciar si en comisaria ó al insalud, vamos que quiero meterle el paquete a la empresa.

gracias por tu respuesta compañero
 
queridos compañeros: desde hace tiempo esta ley está, pero las empresas tanto privadas como publicas, no la llevan a cabo, en el sentido de que si llevamos una ambulancias de urg, ¿como que va el conductor solo?, si dice tal decreto que el conductor debe de ir acompañado por un auxiliar o una persona con los mismos conocimientos que el conductor.

¿ esto se puede denunciar? ¿a quien le corresponde que las leyes de este tipo se hagan efectivas?.

bueno ahí os dejo esto, espero muchas respuestas.

Entiendo que el decreto no dice nada de que, el conductor tenga que ir acompañado de un auxiliar para cubrir urgencias.

Lo que si se diferencia en el decreto es, por un lado las ambulancias asistenciales (que entiendo son las que asisten, como su propio nombre indica) y las no asistenciales (que no asisten, claro esta).

Lo que si tendrias que saber es si la ambulancia que cubre la urgencia es asistencial (Soporte Vital Básico o Soporte Vital Avanzado, no hay mas) o no asistencial.

Con esto la forma de denunciarlo es en el Servicio Provincial de Salud y Consumo de tu provincia. Estos son dependientes de la Consejería de Salud y Consumo del Gobierno Autonómico correspondiente.

Saludos,
 
las t.n.a. en mi provincia pertenece a la r.t.p (creo que sabes su significado).

Siento decirte que en la R.T.U. (red de transporte urgente) de andalucía no existe la figura del vehículo de T.N.A. (que solo existe para el trasporte programado) ya que sería un contrasentido tener ambulancias no asistidas en un servicio de urgencias (no sé si en otras comunidades existen). Todos los conciertos que yo conozco entre el SAS (sus hospitales y sus distritos) y las compañías privadas que prestan el servicio de la R.T.U. hacen mención a unidades de S.V.B. y de S.V.A. (de hecho, en algunos sitios van rotuladas como S.V.B. las mal llamadas "convencionales").

por otra parte el centro cordinador está informado de ello, pero mira para otro lado.

Me temo amigo que has llamado a una ventanilla equivocada. Los CCU de andalucía no tiene ninguna responsabilidad en este asunto ni la potestad para modificar las condiciones en las que trabaja la R.T.U. ya que solo se limita a gestionar operativamente los recursos. Es más, para los CCU, oficialmente estas unidades son, a efectos teóricos (en papel, vamos) verdaderas unidades de SVB y podría utilizarlas como tales. No lo hacen de manera sistemática (solo cuando no hay más remedio) porque el CCU conoce perfectamente la realidad y saben que esos vehículos no tiene nada de unidades de SVB.

lo que necesito saber donde se debe denunciar si en comisaria ó al insalud, vamos que quiero meterle el paquete a la empresa.

En eso no te puedo ayudar. Supongo que habrá que consultarlo con un abogado.

De todas maneras debe quedar claro que este problema es producto de la connivencia de la administración (SAS) con las empresas privadas de ambulancias. El fenómeno es muy sencillo pero a la vez muy perverso: el SAS saca a concurso un servicio por un precio que es muy inferior a lo que costaría si se ofrecierra en las condiciones adecuadas (como por ejemplo, con dos TES en las hipotéticas S.V.A.) y lo hace sabiendo que el coste del servicio es mayor que lo ofertado. Las compañías de ambulancias se presentan (incluso con ofertas a la baja...:sad: ) y ganan los concursos. Para reducir costes eliminan uno de los TES de los vehículos y todos tan contentos (excepto los "conductores de las convencionales", supongo). Y digo "todos" porque el SAS no puede exigir que se cumpla la ley porque entonces se les dispararía el coste del transporte urgente (nadie se presentaría a un concurso para perder tanto dinero). Si a eso le sumas que el SAS es un pésimo pagador, con años de retraso, por lo que es poco exigente con sus subcontratas.. ya tienes el cocktail explosivo que explica porqué estais tan mal.

Un saludo.
 
Jenar dijo:
Siento decirte que en la R.T.U. (red de transporte urgente) de andalucía no existe la figura del vehículo de T.N.A.
En la frase de ninonino YO entiendo que, lo que quiere especificar, es que la llamada T.N.A. de la comunidad valenciana se llama aquí R.T.P. (Andalucía)
Jenar dijo:
De todas maneras debe quedar claro que este problema es producto de la connivencia de la administración (SAS) con las empresas privadas de ambulancias
Me temo que debo quitarte la razón, Jenar.
Una empresa, llamemola X, concursa ofreciendo dos personas por ambulancia de la R.T.U., por ejemplo, el SAS le adjudica ese concurso y todos tan contentos.
El problema llega que, cuando el SAS abona el concurso, la gerencia de la empresa dice que tiene que "recortar gastos" y esa segunda persona en la ambulancia de la R.T.U. ni existe.
De cara al SAS van dos personas, pero en la realidad, es el conductor quien se come el marrón él solito.

Un saludo.
 
En la frase de ninonino YO entiendo que, lo que quiere especificar, es que la llamada T.N.A. de la comunidad valenciana se llama aquí R.T.P. (Andalucía)

Efectívamente. En el post de ninonino había leído r.t.u. y no r.t.p., como realmente pone y como bien se dice, las unidades no asistidas pertenecen a la red de trasporte programado, no a la urgente. Mil disculpas.
Como dices, las T.N.A. son vehículos y la R.T.P. es, como su nombre indica, una red, que se compone de vehículos, pero a efectos prácticos es lo mismo.

Me temo que debo quitarte la razón, Jenar.
Una empresa, llamemola X, concursa ofreciendo dos personas por ambulancia de la R.T.U., por ejemplo, el SAS le adjudica ese concurso y todos tan contentos.
El problema llega que, cuando el SAS abona el concurso, la gerencia de la empresa dice que tiene que "recortar gastos" y esa segunda persona en la ambulancia de la R.T.U. ni existe.
De cara al SAS van dos personas, pero en la realidad, es el conductor quien se come el marrón él solito

Debo insitir en lo que dije previamente, lo de la connivencia. Te explico el porqué.

Los pliegos de condiciones los establece el ofertante (SAS, en este caso) y en él se recogen todos los aspectos técnicos y operativos, incluyendo que las unidades serán de SVA y de SVB, con todo su equipamiento material y de personal que la ley recoge para vehículos de estas características. La empresa se presenta (no es que "oferte" dos personas en las SVB, es que el pliego de condiciones le exige que así sea) y se presenta aún a sabiendas de que no podrá jamás cumplir con ese requerimiento porque símplemente las cuentas no cuadran y el servicio sería deficitario.

La administración conoce perfectamente que esto es así ya que es fácil calcular el coste de un servicio manejando los convenios y las tablas salariales + gastos de gestión + material (no hay que ser un lince para calcular eso...) pero al mismo tiempo sabe que alguien asumirá el trabajo que oferta a pesar de que no llega para cubrir gastos. Por no mencionar que la adminsitración está perfectamente informada de que en las unidades de SVB vá una sola persona, pero como dije en mi anterior post, si realamente exigiera que se cumpla la normativa, no encontría a ninguna empresa dispuesta a realizar el servicio por esos precios.

Si eso no parece "connivencia", que alguien me lo explique. Probablemente si ninguna empresa se presentara a estos conciertos con le SAS, otro gallo cantaría, pero los que conocemos desde dentro el mundillo de las empresas de ambulancias sabemos que esto jamás será así.

No es momento ni lugar, pero daría para muchas horas de conversación el tema de las empresas de ambulancias, sus métodos y sus relaciones con la adminsitración.

En fín, un saludo.
 
....SVB, con todo su equipamiento material y de personal que la ley recoge para vehículos de estas características. La empresa se presenta (no es que "oferte" dos personas en las SVB, es que el pliego de condiciones le exige que así sea) y se presenta aún a sabiendas de que no podrá jamás cumplir con ese requerimiento porque símplemente las cuentas no cuadran y el servicio sería deficitario. .....

El anexo del real decreto, dice:

1.º Cuando se trata de las ambulancias asistenciales destinadas a prestar soporte vital básico, al menos, otra persona con formación adecuada.
2.º En las que vayan a prestar soporte vital avanzado, al menos, Médico y ATS/DUE, ambos con capacitación demostrable en transporte asistido, técnicas de reanimación y técnicas de soporte vital avanzado.

Saludos
 
gracias pemase, veo que entiendes lo que queria decir, y eso que eres un simple tecnico como yo, pero en fin esperemos que algun dia y no muy tardio venga alguien con conocimiento y arregle este tema, y asin le metan un buen paquete al que incumple la ley
 
De todo esto yo saco una conclusión: me reafirmo en que decía un amigo mío: Las siglas son como los cuernos, solo las saben quien las pone.
Aunque el tema no me afecta, me gustaría haberme enterado de más cosas.
 
Los CCU de andalucía no tiene ninguna responsabilidad en este asunto ... ya que solo se limita a gestionar operativamente los recursos. Es más, para los CCU, oficialmente estas unidades son, a efectos teóricos (en papel, vamos) verdaderas unidades de SVB y podría utilizarlas como tales. No lo hacen de manera sistemática (solo cuando no hay más remedio) porque el CCU conoce perfectamente la realidad y saben que esos vehículos no tiene nada de unidades de SVB.

Una cosilla, Jenar... ¿Cómo puede ser que no se use de forma Sistemática unas unidades que NO son Soporte Vital Básico como tales si NO existe alternativa a su uso? Nosotros los hemos visto en accidentes de tráfico, ACVs, o cualquier tipo de urgencia que el centro coordinador considere que no necesita de una SVA, ya que, como bien dices, no hay otro remedio (...), pero no lo hay de forma sistemática.

Un ejemplo: Accidente de tráfico. Imagínate que no eres médico, pero que te paras porque tienes conocimientos de lo que hay que hacer. LLamas al CCU y tras miles de preguntas te llega un tío sólo: sus "órdenes" son cubrir el servicio lo antes posible, sin más, así que ve al tipo, que le duele el cuello, que está sentado en el asiento del conductor esperando la ambulancia, y le pregunta si puede andar y le anima a sentarse en el asiento de la parte asistencial que va en sentido de la marcha. Ante tu pregunta de si no haría falta un collarín o algo, dice que para qué, y se lo lleva así, a toda velocidad. Esto suele ocurrir, no es ninguna excepción.

Lo triste de todo esto es que esta connivencia SAS - empresa privada, tan conocida por ambas partes, tan económicamente beneficiosa, implica que los que vivimos en Andalucía nos vemos a merced de una R.T.U. que no nos gustaría que atendiera a nuestras propias madres, y ante el que nos encontramos con las manos atadas.

No intento llevarte la contraria, sino explicarte lo que subyace a ese gran acuerdo entre las empresas y el SAS que vemos tan normal, eso que el CCU conoce y acepta sin más, incluso para algunas unidades rotuladas como Soporte Vital Avanzado. Un abrazo y hasta pronto
 
Una cosilla, Jenar... ¿Cómo puede ser que no se use de forma Sistemática unas unidades que NO son Soporte Vital Básico como tales si NO existe alternativa a su uso? Nosotros los hemos visto en accidentes de tráfico, ACVs, o cualquier tipo de urgencia que el centro coordinador considere que no necesita de una SVA, ya que, como bien dices, no hay otro remedio (...), pero no lo hay de forma sistemática.

A lo que me refiero amiga detabel, es que no se usan de manera sistemática como verdaderas unidades de SVB en el sentido de que no se aspira, en general, desde la sala de coordinación, a que puedan comportarse como tales y obtener una resolución de los incidentes como si de estas se tratara. Símplemente porque una unidad que solo incluye un "conductor" no puede ejercer las labores de una verdadera unidad de SVB.
En los CCU se es consciente de ese hecho pero a veces no queda más remedio que hacer uso de un recurso, que debería tener una capacidad resolutiva superior a la que tiene, para solventar situaciones en las que una verdadera USVB sería tremendamente eficaz.


Un ejemplo: Accidente de tráfico. Imagínate que no eres médico, pero que te paras porque tienes conocimientos de lo que hay que hacer. LLamas al CCU y tras miles de preguntas te llega un tío sólo: sus "órdenes" son cubrir el servicio lo antes posible, sin más, así que ve al tipo, que le duele el cuello, que está sentado en el asiento del conductor esperando la ambulancia, y le pregunta si puede andar y le anima a sentarse en el asiento de la parte asistencial que va en sentido de la marcha. Ante tu pregunta de si no haría falta un collarín o algo, dice que para qué, y se lo lleva así, a toda velocidad. Esto suele ocurrir, no es ninguna excepción.

Por supuesto que ocurre, ese es el problema. Lo realmente grave es que en nuestro medio, para ponerle un simple collarín a un accidentado sea necesario movilizar a una USVA, con su médico, DUE, TES y toda la parafernlia, con el desperdicio de recursos que eso supone y símplemente porque "algunos" están siendo negligentes en la organización del sistema. En sentido estricto, el CCU, tras esas miles de preguntas que comentas (te aseguro que necesarias, precísamente por la forma como están dotados los diferentes recursos, lo cual obliga a afinar más de lo deseable en la elección del recurso), está enviando una teórica USVB que debería estar constituida por dos técnicos, como marca la ley, que deberían poder inmovilizar y movilizar correctamente al fulano este que sale del coche andando y se sienta tan tranquilamente en un asiento de la cabina asistencial :roll: .

Lo triste de todo esto es que esta connivencia SAS - empresa privada, tan conocida por ambas partes, tan económicamente beneficiosa, implica que los que vivimos en Andalucía nos vemos a merced de una R.T.U. que no nos gustaría que atendiera a nuestras propias madres, y ante el que nos encontramos con las manos atadas.

A esto no puedo apostillar nada. Más razón que una santa.

No intento llevarte la contraria, sino explicarte lo que subyace a ese gran acuerdo entre las empresas y el SAS que vemos tan normal, eso que el CCU conoce y acepta sin más, incluso para algunas unidades rotuladas como Soporte Vital Avanzado. Un abrazo y hasta pronto

En el fondo no me llevas para nada la contraria (ni yo a tí :mrgreen:). Estamos de acuerdo en lo esencial de la cuestión. A lo mejor yo conozco "la otra parte" por lo que tengo una visión más de conjunto, eso es todo.
Solo una cosa, el CCU "conoce" y no tiene más remedio que "aceptar sin más" los hechos. Símplemente no tiene ninguna capacidad para modificar un problema que trasciende sus obligaciones y competencias. Para resumir, al CCU le "pagan" por gestionar recursos, pero no puede decidir como son estos o donde se ponen. Eso depende de la Consejería de sanidad, que es la madre de todos...:roll:
 
Otra cosilla, ya que estamos con éste tema a ver cómo la veis.
Empresa que tiene el corsorcio con el S.A.S., sus ambulancias de la R.T.U. con el conductor solipandi y, ahora viene lo bueno, apoyo de una/dos personas para cuatro ambulancias EN CICLOMOTORES, es decir, en plan "burro de carga totalmente".
Situación: Ambulancia 1 (por poner algo), sale a un accidente de tráfico. Ésta llama a la central de la empresa, no al CCU, sino a la empresa, y le pide apoyo para éste accidente. Se activa "ciclomotor 1". Llegan ambos al accidente, cargan en la ambulancia y se vuelve hacia el hospital la ambulancia con el conductor solo, mientras que el de la moto queda "disponible" para las demás ambulancias. Durante éste accidente se activan "ambulancia 2" y "Ambulancia 3", y la dos requiere al otro compañero, que va de camino. Ambulancia 3 requiere ayuda porque es un tercer piso y no tenemos silla de oruga: conforme los de las motos van quedando libres, van "cubriendo" éstos avisos... no se si me explico bien o no, que será que no, pero al menos ahí dejo eso. ¿Qué os parece?
Casos reales al 100% en Córdoba.

P.D.: El paciente, por supuesto, va al hospital solito en la cabina asistencial, como mucho, con un acompañante.
P.D. 2: Si una ambulancia tiene que estar más de media hora sin hacer nada en un aviso hasta que llegue el de la moto... Sin problema se quedan allí.
 
Otra cosilla, ya que estamos con éste tema a ver cómo la veis.
Empresa que tiene el corsorcio con el S.A.S., sus ambulancias de la R.T.U. con el conductor solipandi y, ahora viene lo bueno, apoyo de una/dos personas para cuatro ambulancias EN CICLOMOTORES, es decir, en plan "burro de carga totalmente".
Situación: Ambulancia 1 (por poner algo), sale a un accidente de tráfico. Ésta llama a la central de la empresa, no al CCU, sino a la empresa, y le pide apoyo para éste accidente. Se activa "ciclomotor 1". Llegan ambos al accidente, cargan en la ambulancia y se vuelve hacia el hospital la ambulancia con el conductor solo, mientras que el de la moto queda "disponible" para las demás ambulancias. Durante éste accidente se activan "ambulancia 2" y "Ambulancia 3", y la dos requiere al otro compañero, que va de camino. Ambulancia 3 requiere ayuda porque es un tercer piso y no tenemos silla de oruga: conforme los de las motos van quedando libres, van "cubriendo" éstos avisos... no se si me explico bien o no, que será que no, pero al menos ahí dejo eso. ¿Qué os parece?
Casos reales al 100% en Córdoba.

P.D.: El paciente, por supuesto, va al hospital solito en la cabina asistencial, como mucho, con un acompañante.
P.D. 2: Si una ambulancia tiene que estar más de media hora sin hacer nada en un aviso hasta que llegue el de la moto... Sin problema se quedan allí.
Hola que tal?:
En Ciudad Real, lo que pasa es bastante Peor.
Hay Ambulancia de Urgencias con UN sólo TTS, SVB con DOS TTS y UVI o SVA con DOS TTS, Médico y DUE.
Ejm: llaman por un ACV e incluso para un Tráfico y mandan a la ambulancia de Urgencias con UN TTS y si el sólo no puede hacer nada, mandan al SVB, pero mientras viene y no viene, se pasan 20 minutos o Media hora esperando y luego los familiares culpan al conductor de la primera ambulancia.
¿Por qué esa mala gestión?.
¿Por qué ese gasto inútil de dinero?.
¿Por qué "provocar" el enfrentamiento entre TTS y familiares?.
Salu2.:-quem-:
 
Atrás
Arriba