Agustín Jamardo
e-mergencista experimentado
Buenas chic@s, después de mucho tiempo sin participar, por distintas ocupaciones, os quiero hacer una pregunta que me surgió el otro día hablando con un compañero de dotación.
En caso de estar atendiendo a un paciente (l@s técnic@s de una SVB) en un recinto cerrado como una enfermería, puesto de socorro... ¿Pueden ell@s prohibir la entrada de personal no sanitario para salvaguardar el derecho de privacidad del paciente?¿Se le puede prohibir la entrada a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado?
Y si en lugar de estar en un recinto cerrado estamos en una ambulancia...¿Podemos igualmente prohibir la entrada a según qué personas?
Espero haber expresado bien mi pregunta y ansío leer vuestras respuestas que seguramente solucionen mi duda.
De antemano, muchas gracias. Un saludo desde Galicia.
En caso de estar atendiendo a un paciente (l@s técnic@s de una SVB) en un recinto cerrado como una enfermería, puesto de socorro... ¿Pueden ell@s prohibir la entrada de personal no sanitario para salvaguardar el derecho de privacidad del paciente?¿Se le puede prohibir la entrada a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado?
Y si en lugar de estar en un recinto cerrado estamos en una ambulancia...¿Podemos igualmente prohibir la entrada a según qué personas?
Espero haber expresado bien mi pregunta y ansío leer vuestras respuestas que seguramente solucionen mi duda.
De antemano, muchas gracias. Un saludo desde Galicia.