¿Qué pasará con las ambulancias de voluntarios con la nueva FP?

Respuesta: ¿Qué pasará con las ambulancias de voluntarios con la nueva FP?

Buenas.
No olvidemos que muchos de los profesionales que trabaja en las ambulancias han sido voluntarios y que la formación que recibieron en un principio fue gracias ha esa agrupaciones de voluntarios y no me refiero a la formación a la brava que comentaba el compañero Mc Graner ya se formaban a los voluntarios antes de salir a los servicios o por lo menos es lo que yo conozco en canarias y desde mi experiencia de voluntario hasta hora profesional remunerado, además mucha de la gente que va dar esos cursos de fp han salido o han estado de voluntario alguna vez, asi que estoy con el compañero de que a los voluntarios que certifiquen su servicios en estas ambulancias se le deverian dar el titulo, no olvidemos que CR fue la primera en impartir este supuesto curso.
 
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compañero tienes razon mi experiencia en la emergencia empezo en el año 1987 en Cruz Roja y antes de salir a a calle pasabamos 9 meses de formacion ( duraba tanto , por que aun vestiamos de militar y haciamos instruccion), despues pasabamos 3 meses mas de perido en practicas y tan solo entonces te subias en una ambulancia ( tutelado). Pero me consta tambien que en otros sitios te metian en la ambiulancia, con el peto ya correr.
No reniego del volutariado, pues aun formo parte de el, pero tambein digo que hay que profesionalizarlo al maximo y adaptarlo a los tiempos que vengan. Con lo de profesionalizarlo, me refiero a formarlo ( un voluntario es tambien un profesioinal, no remunerado, pero un profesional). Solo asi eliminaremos las frases tipicasde "voluntarios tenian que ser". En mi caso aun las oigo de"mis compañeros" remunerados en bomberos.
en cuanto a un post mio anterior, me reafirmo en lo del tiempo de prestacion, a mas horas mejor formado.
 
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Estoy de acuerdo contigo de que los voluntarios también tengan que pasar por esa formación que es ademas inprescindibles, yo soy también voluntario desde 7 años en PC en canarias aunque mis funciones como voluntario vandirigida hacia rescates en montaña y extición de incendios y antes de que me dejaran realizar algun servicio tuve que terminar una formación de 1 año mientras solo realizaba preventivos de actos culturales, deportivos y festejos, también es verdad que en algunas agrupaciones de voluntarios ponen a la gente en la calle sin ninguna formación, pero me temo que eso no solo pasa con los voluntarios hay muchos profesionales remunerados que las empresas y instituciones publicas ponen a trabajar en la calle sin esa formación y el problema en ese sentido no son ni de los voluntarios, ni de los trabajadores si no de sus mandos y jefes que no tiene ni idea del problema que jeneran solo por que dar ellos bien.
 
Respuesta: Titulación para Tecnicos publicada en el B.O.E

Hola

Tengo una curiosidad, que pasara con la convalidacion, los voluntarios se quedaran fuera ?

un saludo desde Madrid
 
Respuesta: Titulación para Tecnicos publicada en el B.O.E

Hola

Tengo una curiosidad, que pasara con la convalidacion, los voluntarios se quedaran fuera ?

un saludo desde Madrid
Si reúnen las características de los que realizan labor como profesionales, podrán tratar de acreditarse, otras vías son la presentación a la prueba libre o realizar el ciclo .
 
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Hola

Alguien de Asturias sabe que pasa o por que la Consejeria no quiere renovar a los que ya teniamos la acreditacion de TES1 y TES2, aunque no vivamos ya alli ?
El defensor del pueblo ya les a exigido que lo hagan pero mi pregunta es si alguno sabeis el por que no quieren

Graias
 
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Sanitari112 segun tengo entendido computara tanto el tiempo de trabajo con contracto como las horas de voluntario siempre que se presente un certificado.asi lo estan haciendo en Navarra.Un saludo
 
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en resumen y tras lo leido hasta ahora, seguimos igual que siempre, en este pasi somos incapaces de hacer nada en serio, se pasara de soslayo por otra gran oportunidad para dar cara y ojos ( formativamente hablando) a nuestra profesion. tanto miedo le da a las autoridades coger el toro por los cuernos y hacerlo bien. creo que al ser un problema transferido de al Union Europea a los Estados miembros, deberian tomarselo mas en serio, pero en España se lavan las manos y lo transfieren a las CCAA, con competencias, con lo cual quitando los minimos exigidos, aun existiran diferencias entre CCAA y me veo como con lo del catalan aqui en Cataluña, que hay gente que va a examinarse a Castellon o Valencia por que es mas facil que en Cataluña.
En fin pais de pandereta.
 
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estoy de acuerdo con markkkitos19
Soy voluntario, acabo de renovar si TEM avanzado, he realizado mas de las horas exigidas por ley, y me mantengo activo en mi agrupación haciendo servicios los fines de semana, es mas he trabajado como profesional 6 meses aunque cierto ayuntamiento ......decidiera hacernos los contratos con una categoria laboral distinta a la que desempeñamos. ¿por que no me pueden certificar igual que a los que tienen la suerte de estar cobrando por realizar el mismo trabajo?
 
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Os recuerdo un fragmento de las normas de la web:

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.hola a todos y a todas alguien me podria explicar como esta el tema aqui en las islas baleares especialmente palma de mallorca.gracias un saludo a todos y todas
 
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ante toda esta problemática, yo la verdad estoy muy perdido, en mi caso yo saque el TEM en una agrupación de protección civil, tambien estaba trabajando en el sector del transporte sanitario en Madrid, y por circunstancias de la vida y traslado de domicilio me desvincule del ramo. Ahora he vuelto a retomar mi actividad como voluntario en una agrupación de PC y claro el título lo tengo que renovar.
Mi pregunta es la siguiente en que me afecta la nueva normativa y como puedo renovar el título, me examine en el 99-
gracias.
 
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Hola Guss.

Si tu curso es del 99, supongo que no te habrás inscrito nunca en la agencia Laín Entralgo, con lo cual me temo que a efectos legales no tienes ninguna formación.
Te digo esto porque el peridodo de acreditación de cursos fue en el 2003, este tramite consistía en que tu llevabas tu curso a dicha agencia, y esta comprobaba que el curso cubría la formación necesaria y te acreditaba como técnico en emergencias. Pasado este periodo de acreditación se perdía la posibilidad de convalidar cursos de técnico antiguos (hablamos del año 2000 aproximadamente) con los actuales.

Si quieres continuar en el ámbito sanitario debes formarte de nuevo, el hacer un TEM o el Grado Medio depende de tí.

A pesar de todo, te recomendaría que preguntaras en prote o mejor en la propia agencia Laín Entralgo de estudios sanitarios de la Comunidad de Madrid (C/Gran Vía), por si existe algún tipo de excepción.

1 saludete
 
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Yo quiero hacer un apunte, leo el titulo del post y lo veo mal planteado, leo muchos post de gente que pregunta como puede homologar su titulo.

Necesito ser critico, necesito ser critico con las organizaciones, ¿porque? Porque las ONG estan obligadas por ley a dar la formación que el voluntario necesite para realizar su labor, una formación que admás debe de ser gratuita. El problema es tanto del voluntario como de las instituciones, que trabajo le costaría a Cruz Roja o a Protección Civil, llegar a un acuerdo con las autoridades para poder impartir una formación mas ligera de horas obviamente, pero que fuera la carrecta para que sus voluntarios prestasen una asistencia sanitaria de calidad. En cuanto a las convalidaciones, depende de cada asamblea o agrupación de cada CCAA y ese es un tema casi mas peliagudo que el otro.


Saludos
 
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muchas gracias por la respuesta, veré lo que puedo hacer.
 
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No estoy de acuerdo Genigol_Cr, imagínate el caso donde coincidan dos ambulancias, una con voluntarios y otra con personal remunerado. ¿Quién preferirás que traslade?, alguien con una formación de 2 años o alguien con una formación de 120 horas.

La respuesta es clara, ¿verdad?.
 
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Coincido con lo dicho en los últimos posts, siempre he defendido que no puede haber dos raseros distintos para ambulancias de voluntarios y de remunerados.
Tendrá que haber mecanismos de adaptación para quien ya tiene la titulación de TEM (a base de cursos, horas, o el procedimiento que se establezca), pero tendrá que ser el mismo tanto para voluntarios como para remunerados.

Todos tenemos nuestra opinión, y tenemos derecho a defenderla, lo que sí os pido es que se haga siempre desde el mayor respeto hacia los demás.

Un saludo
 
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reconocimiento de competencias
 

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BOE Reconocimiento Profesional


Artículo 12. Justificación del historial profesional y/o formativo.
1. La justificación de la experiencia laboral se hará con los siguientes documentos:
a) Para trabajadores o trabajadoras asalariados:
Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliadas, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación, y
Contrato de Trabajo o certificación de la empresa donde hayan adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los periodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.
b) Para trabajadores o trabajadoras autónomos o por cuenta propia:
Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente y
Descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.
c) Para trabajadores o trabajadoras voluntarios o becarios:
Certificación de la organización donde se haya prestado la asistencia en la que consten, específicamente, las actividades y funciones realizadas, el año en el que se han realizado y el número total de horas dedicadas a las mismas.
Las administraciones competentes promoverán el establecimiento de un sistema de comunicación electrónica con la Tesorería General de la Seguridad Social para la transmisión de estos datos.
2. Para las competencias profesionales adquiridas a través de vías no formales de formación, la justificación se realizará mediante documento que acredite que el aspirante posee formación relacionada con las unidades de competencia que se pretendan acreditar, en el que consten los contenidos y las horas de formación.
 
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