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Leyendo distintos manuales y libros observo que no se ponen de acuerdo en la definición de algunso conceptos básicos. ¿Conoceis alguna definición, más o menos consesuada sobre los terminos que relaciono?
Urgencias
Emergencias
Castástrofes
Desastres
Urgencia médica: Problema de salud que el paciente, sus familiares o testigos consideran como tal y para el que demandan atención sanitaria inmediata. Es una sensación sentida por el usuario con una fuerte demanda social asociada.
A esta definición se le pueden poner muchas pegas, pero es operativa. Para esto es para lo que se acude a urgencias. Esto es distinto al término de "adecuación del uso de las urgencias". Es decir, esto no implica que sea adecuado el uso de un recurso.
Emergencia médica: Situación de pérdida de salud, con afectación actual o potencial de algún órgano vital que conlleva peligro inmediato para la vida de la persona y que exige atención cualificada in situ y sin demora.
Es "una" definicion. No me gusta lo que implica, pero reconozco que es operativa:
¿qué se ve en un servicio de urgencias?: lo que dice la definición.
Es una definición centrada en el usuario.
Si quisiera dar una centrada en mí diria (la definición es de mi cosecha, pero creo que es válida):
Problema de salud que requiere atención médica antes de 6 horas y que, en ese plazo, no corre peligro la vida o la integridad de organos, miembros o sus funciones.
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