Paciente sedado ¿quién traslada?

Juan Luis

e-mergencista experimentado
Un compañero algo preocupado me consulta el siguiente caso.

Coinciden una básica y una medicalizada en un servicio, sedan al paciente pero el médico dice que el traslado lo hace la básica... ¿hay alguna norma que dicte que al paciente sedado se lo lleva la medicalizada o se puede trasladar en básica sin problema?

Por favor, pido soluciones legales, no opiniones, gracias ;)
 
En este caso concreto no lo sé. En términos generales me refiero a que nos lo dejen incosciente, a mi ya me ha pasado, tener que llevármelo con una cánula y oxígeno, porque el médico dice que no se lo lleva. No voy por aquellos casos en que te lo dejan "atontado". De todos modos insisto ¿hay alguna normativa al respecto?
 
Yo creo que es responsable del translado quien decidió administrar x o y medicamento... sea para sedar, tratar o lo que sea.
 
Yo creo que es responsable del translado quien decidió administrar x o y medicamento... sea para sedar, tratar o lo que sea.
Tampoco creo que debamos generalizar. Porque por esa regla un paciente con un suero ha de ser trasladado por la medicalizada, y no es así.
Muchas veces nos encontramos con que el médico estabiliza al paciente, incluso con fluidoterapia, y si todo "esta bien" traslada la USVB.

Pongo un caso de no hace mucho como ejemplo:
Varón de 85 años, cardiopata con dolor toracico desde hace 24 horas, se le administra Primperam, cloruro mórfico 1/2 en suero fisiológico de 100, clorruro mórfico 1/2 I.V .
Se considera que puede ser trasladado por una USVB y así es.

Con este caso quiero decir que con la fluidoterapia empleada muchos considerarían el traslado en USVA o medicalizada, pues en este caso no hizo falta porque el paciente estaba estable.

Hay que valorar cada caso, y siempre con el médico a la cabeza, si él considera que se puede trasladar en USVB pues no vamos a dudar de su criterio.


Un Saludo
 
En México, solo un médico administra medicamentos a nivel prehospitalario. LEGALMENTE se consideraría abandono de paciente, si el médico medica y no translada o acompaña al paciente durante el translado a un centro hospitalario.

En lo mismo, en México, el personal TUM puede canalizar y utilizar cargas de líquido IV, por lo que una unidad de SVB puede transladar a un paciente canalizado sin ningún problema. Sin embargo, si un médico medica y seda al paciente, es responsabilidad de este último transladar o acompañar al paciente hasta el hospital, venga o no venga responsable de una unidad de S.V.A.

Cuando dije "responsable" me refería a "responsabilidad legal"

Dr. Skawman Yo creo que es responsable LEGAL (editando un poco) del translado quien decidió administrar x o y medicamento... sea para sedar, tratar o lo que sea.
 
Pongo un caso de no hace mucho como ejemplo:
Varón de 85 años, cardiopata con dolor toracico desde hace 24 horas, se le administra Primperam, cloruro mórfico 1/2 en suero fisiológico de 100, clorruro mórfico 1/2 I.V .
Se considera que puede ser trasladado por una USVB y así es.

Hay que valorar cada caso, y siempre con el médico a la cabeza, si él considera que se puede trasladar en USVB pues no vamos a dudar de su criterio.

Una cosa es criterio y otra es responsabilidad. En México, si el médico decidió medicar, debe ir con el paciente, sea en la SVB o en la SVA.
 
El médico es el que toma las decisiones y el responsable del paciente. No os podeis negar a trasladar salvo que tengais un protocolo escrito que indique que las unidades de Soporte Vital Básico no trasladan pacientes sedados.
 
He estado, buscando, y rebuscando normativa legal, y no he encontrado nada al respecto. En este caso, parece que prima la orden médica, y en el caso de algún problema, él seria el máximo responsable, por lo que yo aconsejaria la orden por escrito.
 
El médico es el que toma las decisiones y el responsable del paciente. No os podeis negar a trasladar salvo que tengais un protocolo escrito que indique que las unidades de Soporte Vital Básico no trasladan pacientes sedados.

¿Y donde termina la responsablididad del médico? Termina al sedar al paciente o termina cuando lo deja en manos de otro médico?
 
parece que prima la orden médica, y en el caso de algún problema, él seria el máximo responsable, por lo que yo aconsejaria la orden por escrito.

Buena Idea... Mala Idea...

Lo bueno de la órden escrita: Exime al TUM de SVB de cualquier responsabilidad legal tras la medicación.

Lo malo de la órden escrita: La orden escrita no va a salvar al paciente en caso de una complicación o reacción adversa al medicamento que el TUM de SBV no detecte (falta de monitoreo) o no sepa (falta de entrenamiento) o no pueda (falta de medicamentos) atender o revertir.
 
Última edición:
Dr. Skawman [B dijo:
Lo malo de la órden escrita:[/b] La orden escrita no va a salvar al paciente en caso de una complicación o reacción adversa al medicamento que el TUM de SBV no detecte (falta de monitoreo) o no sepa (falta de entrenamiento) o no pueda (falta de medicamentos) atender o revertir.


Me estoy poniendo en el lugar del que tiene que asumir el traslado, es la decisión del médico y el que debe correr con las consecuencias de la misma.
De hecho, yo lo he hecho en más de una ocasión, he derivado pacientes inicialmente atendidos por mí, en una ambulancia de SBV, teniendo las cosas muy claras y a sabiendas de las consecuencias que podria acarrear .
 
Última edición:
A la hora de la responsabilidad penal por un tratamiento médico, hay que recordar que por lo menos en España el "contrato" entre médico y paciente es de MEDIOS, no de resultados. Por esos mismo un traslado en concertada no controlado por un médico supone asumir una gran responsabilidad. Cualquier agravación que se pueda achacar al traslado sin control médico sería prácticamente punible como negligencia (no se ponen a disposición del paciente todos los medios que precisa) sea cual sea el resultado (incluso aunque no ocurriera nada, la posibilidad de complicaciones por no ofrecer los medios disponibles sería una negligencia).
Ante esto parece que siempre se deba trasladar con asistencia médica al paciente tratado pero en la práctica es distinto. Hay que tener en cuenta que los medios son limitados, que hay que tenerlos disponibles para nuevas emergencias y que solemos trasladar en concertadas los pacientes con menos posibilidad de complicarse.
Yo he remitido pacientes medicados en convencionales, sobre todo con suero y analgesia, pero generalmente acompañados por algún sanitario (enfermera, técnico, socorristas de cruz roja conocidos, etc...). Excepcionalmente se han mandado solos en caso múltiples víctimas o presencia de otra víctma muy grave. Personalmente pienso que en caso de sedación SIEMPRE debe trasladar el médico (que cosa más tonta estar sedado y morirse al deprimirse la lengua al estar tumbado boca arriba y que nadie controle tu vía aérea). Además en nuestro medio la sedación sería cosa de pacientes con TCE o Psiquiátricos, ambos casos subsidiarios de monitorización permanente.
Por lo tanto, en caso de trasladar en concertada un paciente medicado, exigir siempre la orden por escrito en la que conste sospecha diagnóstica, tratamiento aplicado y medio elegido para el traslado. La responsabilidad será de quién firme la orden.
 
¿En que grado de SEDACIÓN administrada por un médico sería seguro derivar pacientes para su translado? ¿Con que medicamentos? ¿en que casos?

Yo no lo haría en ningún grado, pero obviamente hay quien lo hace ¿No les quita el sueño un rato?

Tenia un compañero que ante situaciones similares en cuestión de desiciones arriesgadas decia... "no hay de otra... hay que arriesgarnos...." pero la verdad es que no nos estabamos arriesgando nosotros... arriesgabamos al paciente y ni le preguntabamos...
 
Yo no lo haría en ningún grado, pero obviamente hay quien lo hace ¿No les quita el sueño un rato?

Tenia un compañero que ante situaciones similares en cuestión de desiciones arriesgadas decia... "no hay de otra... hay que arriesgarnos...." pero la verdad es que no nos estabamos arriesgando nosotros... arriesgabamos al paciente y ni le preguntabamos...


Dr. Skawman.

Sería interesante que la discusión transcurriera por los senderos que el ponente de la misma marcó. Es decir, los aspectos técnicos y legales de la sedación y posterior traslado en unidad no medicalizada.

Como ha podido apreciar, hay gente que realiza este procedimiento y supongo que sus motivos tendrán. No creo que insinuar, aunque sea de manera velada, un déficit de celo profesional en los que así actúan, sea adecuado.

Le ruego pues, volvamos al planteamiento inicial sobre los aspectos legales y evitemos calificar o descalificar, de alguna, manera este proceder.

Un saludo.
 
pues no se si habrá alguna normativa que regule eso, pero si no me equivoco cierta sedación, requiere una monitorización cte, del paciente así como una perfusión y demás cosas no?.....
 
Dr. Skawman.

Sería interesante que la discusión transcurriera por los senderos que el ponente de la misma marcó. Es decir, los aspectos técnicos y legales de la sedación y posterior traslado en unidad no medicalizada.

Como ha podido apreciar, hay gente que realiza este procedimiento y supongo que sus motivos tendrán. No creo que insinuar, aunque sea de manera velada, un déficit de celo profesional en los que así actúan, sea adecuado.

Le ruego pues, volvamos al planteamiento inicial sobre los aspectos legales y evitemos calificar o descalificar, de alguna, manera este proceder.

Un saludo.

Gracias Jenar, efectivamente, yo también tengo mi opinión personal al respecto, bastante contundente por cierto, pero no es lo que necesito. He recurrido al foro porque, como Belladona, no he encontrado nada en las normas que conozco ni en internet, así que lo que busco es normativa al respecto, o jurisprudencia si la hubiera. En caso de que no la haya, pues nada, qué le vamos a hacer. Gracias a todos por vuestras aportaciones igualmente.
 
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