¡¡omisión de socorro¡¡

BEATIRZGASPAR

e-mergencista novel
hola compañeros.en sevilla capital,en muchas ocasiones nos mandan a sitios muy conflictivos. el 061 nos envia y le pedimos escolta policial,en algunas ocasiones nos dicen que no hay efectivos libres y que entremos. me gustaria saber hasta que punto podemos poner nuestra vida en pelgro,cuando no podemos ir acompañados por ellos. y nos comenta el 061 que es una omisión de socorro el no acudir,teniendo en cuenta que en la mayoria de las ocasiones,el servicio se puede demorar un poco.

saludos
 
Legalmente no se nada, pero recuerdo que hubo una temporada en la que nuestro coordinador de socorros nos dijo que no entrásemos a cierta zona de Granada sin policía por unos incidentes que ocurrieron con una de nuestras ambulancias.
Creo que lo primero somos nosotros, si está en peligro nuestra integridad física, yo no voy.
 
hola compañeros.en sevilla capital,en muchas ocasiones nos mandan a sitios muy conflictivos. el 061 nos envia y le pedimos escolta policial,en algunas ocasiones nos dicen que no hay efectivos libres y que entremos. me gustaria saber hasta que punto podemos poner nuestra vida en pelgro,cuando no podemos ir acompañados por ellos. y nos comenta el 061 que es una omisión de socorro el no acudir,teniendo en cuenta que en la mayoria de las ocasiones,el servicio se puede demorar un poco.

saludos

Nunca debemos poner nuestra vida en juego, esa deberia ser la prioridad y si la escena no es segura y no hay apoyo de las fuerzas de seguridad; lo mejor es no entrar.
 
lo que si es casi seguro,que si no entramos,y le pasára algo al paciente ó simplemente nos denúncie, luego el de la toga viene a por nosotros.
 
Vayamos por partes.

¿Si el paciente estuviera en el fondo de un barranco y sólo la inmediata asistencia de un médico le pudiera salvar... bajarías haciendo rapel uniendo las sábanas de la camilla o te puedes negar?

NADIE te puede exigir que pongas en peligro tu integridad física más allá de un límite razonable (el riesgo normal que conlleva nuestra profesión per se), por tanto el ejemplo del barrio conflictivo es idéntico.

Todos tenemos barrios fastidiados en los que no entramos sin policía, en Sevilla, en Madrid, en las Islas Canarias y en pernambuco. No hace falta mencionar sus nombres.

Ante una situación de riesgo, sea por la zona o por el caso que vamos a buscar (paciente agresivo, poliintoxicado, etc..), no se entra sin protección policial. No te pueden acusar de nada, que para algo tenemos la autprotección y la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

El tema también se trata aquí, desde otro punto de vista: http://www.e-mergencia.com/foro/showthread.php?t=15986&highlight=la+omisi%F3n+de+socorro+no+existe
 
piensa q si te pasa algo a ti poco podras hacer por el paciente y luego sereis dos en vez de uno para asistir, aplica el ,P.A.S.
 
Parece que no has leido nada del enlace que he dejado.

TÍTULO IX.
DE LA OMISIÓN DEL DEBER DE SOCORRO

CAPÍTULO II.
DE LAS CAUSAS QUE EXIMEN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL


Artículo 20.

Están exentos de responsabilidad criminal:

(...)
4. El que obre en defensa de la persona o derechos propios o ajenos, siempre que concurran los requisitos siguientes:
1.Agresión ilegítima. En caso de defensa de los bienes se reputará agresión ilegítima el ataque a los mismos que constituya delito o falta y los ponga en grave peligro de deterioro o pérdida inminentes. En caso de defensa de la morada o sus dependencias, se reputará agresión ilegítima la entrada indebida en aquélla o éstas.
2.Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla.
3.Falta de provocación suficiente por parte del defensor.
5. El que, en estado de necesidad, para evitar un mal propio o ajeno lesione un bien jurídico de otra persona o infrinja un deber, siempre que concurran los siguientes requisitos:
1.Que el mal causado no sea mayor que el que se trate de evitar.
2.Que la situación de necesidad no haya sido provocada intencionadamente por el sujeto.
3.Que el necesitado no tenga, por su oficio o cargo, obligación de sacrificarse.
6. El que obre impulsado por miedo insuperable.
7. El que obre en cumplimiento de un deber o en el ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo.
 
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