Omisión de auxilio: Debemos parar aun yendo de servicio?

Te entiendo perfectamente, por eso me referia a que no podemos generalizar el tema y cada vez que suce algo asi, empezemos a trasladar en nuestros vehiculos propios, de la policia, etc.

Con respecto al compañero BRIEBA, comentarte que te doy toda la razon, no demos empezar a pecar de jueces en nuestros comentarios, ya que ninguno de los foreros, presenciamos la escena ni conocemos la verdad absoluta de lo ocurrido, asi que hasta que no haya sentencia firme de un juez, habra que esperar.
 
Re: Omisión de auxilio.

BRIEBA dijo:
::((:: Aqui puede servir mi opinion en otro tema:Podemos terminar celebrando un juicio paralelo ,lincharlo :o etc.etc..dejemos que la JUSTICIA y sus profesionales hagan su trabajo luego podremos comentar la sentencia creo que en este foro de emergencias se ha dedicado demasiado tiempo.
Disculparme :wink: si he sido poco delicado no es mi intencion,mis disculpas por adelantado a todo aquel que se sienta molesto por mi particular punto de vista .:abrazo:.
Mi solidaridad con los parados del sector sanitario.

No llores, Pepe, que aquí respetamos tú opinión :wink: . Pero no quiere decir que la comparta... :twisted: Aquí no estamos juzgando nada, puesto que , efectivamente, no somos jueces, sólo estamos dando nuestra opinión, y no creo que eso haga daño a nadie, sino que más bien enriquece nuestros conocimientos y vemos los distintos puntos de vista que hay sobre una misma situación. Cuando salga la sentencia...¡Pues seguiremos opinando! :wink: -qq-
 
De todas formas, en este topic, si que hay foreros, que se han permitido el lujo de ser juez y jurado.
 
:lol: :lol: :lol: ¡¡¡Como en todos!!!, es que a veces somos más "contundentes" de la cuenta al dar nuestra opinión sobre algo, pero eso pasa en las mejores familias, Hacha :wink: . Lo mejor, no tenerselo en cuenta y continuar con el tema, que ya se sabe que este medio comunicación da lugar a muchos malentendidos... (¡¡¡pero que güena gente y que conciliadora me estoy volviendo!!! ¿estaré poseida? :twisted: )
 
SINONIMOS DE JUZGAR: fallar, considerar, valorar, opinar, resolver, pronunciarse, decidir, estimar, dictaminar, sentenciar, conceptuar, creer, decretar, arbitrar, enjuiciar, establecer .

La palabra juzgar no es de uso exclusivo de los jueces, podemos juzgar sobre un partido de futbol, un programa de televisión, el contenido de un articulo de prensa....

Todos los dias hacemos juicios sobre que pensamos de esto y de lo otro. No se porque hemos de pensar que solo pueden juzgar los jueces.

En el contexto de la judicatura, el juicio, es un procedimiento judicial, que tendra una definicion.

Yo creo que me he pasado en un parrafo de un mensaje anterior y si me he extralimitado :oops: en el juicio que me merece la noticia en si. He personalizado mas de lo deseable en la consideracion, pura y llana que me merece la noticia (que insisto para mi es un documento válido de trabajo, de opinion y de juicio). Perdón por haber traspasado la linea entre juzgar la noticia y hacer un Juicio paralelo del asunto.

De todas formas volved por favor al tema, que es lo que interesa. Lo que aqui se debe tratar son los conceptos de omisión del deber de socorro, la imprudencia temeraria, la omision de responsabilidad profesional, la desobediencia a la autoridad, el dolo, la culpa, etc. Insisto estos conceptos que nos tocan de lleno, y que conviene estudiar y profundizar.

Ea, esta mañana me he levantao autocrítico.
 
hola, propuese el tema "aspectos legales" hace unas semanas, no quieren revisarlo ? ahi podremos vaciar todo lo relacionado con leyes.

gracias
 
Amigo Chavez , debido a la diferente legislacion en cada pais ese tema lo veo poco claro, paro los que tengan alguna duda la Ley Organica 10/95 decia al respecto del tema:

"TÍTULO IX
DE LA OMISIÓN DEL DEBER DE SOCORRO

Artículo 195. 1.- El que no socorriere a una persona que se halle desamparada y en peligro manifiesto y grave, cuando pudiere hacerlo sin riesgo propio ni de terceros, será castigado con la pena de multa de tres a doce meses.
2.- En las mismas penas incurrirá el que, impedido de prestar socorro no demande con urgencia auxilio ajeno.
3.- Si la víctima lo fuere por accidente ocasionado fortuitamente por el que omitió el auxilio, la pena será de prisión de seis meses a un año y multa de seis a doce meses, y si el accidente se debiere a imprudencia, la de prisión de seis meses a dos años y multa de seis a veinticuatro meses.

Artículo 196. El profesional que estando obligado a ello, denegare asistencia sanitaria o abandonare los servicios sanitarios, cuando de la denegación o abandono se derive riesgo grave para la salud de las personas, será castigado con las penas del artículo precedente en su mitad superior y con la de inhabilitación especial para empleo o cargo público, profesión u oficio por tiempo de seis meses a tres años."

La tipología del delito es doble : puede cometerse por denegación de asistencia o por abandono de la que comenzó a prestar, si bien en ambos casos se exige que como consecuencia de la falta de acción o de la suspensión de la ya iniciada, se deriven grave riesgo para la salud
En este caso el problema puede ser por el art 195.2 y el 196, ¿alguien sabe cual aplicaron?
 
Debemos parar ante un accidente yendo de servicio?

Hola a tod@s, no se si ya existe una discusion al respecto, pero es una duda que tengo, si vamos de urgencia y nos encontramos con un accidente, debemos pararnos?
 
Re: Debemos parar ante un accidente yendo de servicio?

Si, informando rápidamente al CCU y tomando las medidas oportunas según la gravedad e instrucciones de CCU.
 
Re: Debemos parar ante un accidente yendo de servicio?

Dos ejemplos:
Si vas a una urgencia o emergencia con lo cual vas sin paciente en la ambulancia, prevalece la emergencia presenciada (el accidente)sobre la supuesta emergencia (destino al que ibamos), ¿Que ocurre si pasas de largo y al final a lo que ibas es una urgencia no grabe? Por un lado te queda a nivel personal una inquietud, y por otro lado puede que tengas una denuncia por denegacion del deber de socorro.

Segundo ejemplo si vas de vuelta con un paciente ya atendiendose en la ambulancia, pues igual que lo anterior, si llevas una emergencia y no sabes lo que te vas a encontrar en el accidente pues prevalece la emergencia que llevamos, eso si en los dos casos nuestra actuacion debe ir encaminada de la misma forma:
Pararse, informar al CCU, proteger/asegurar, valorar y pedir la ayuda necesaria, y en el segundo supuesto lo mismo pero sin dejar nunca al paciente que llevamos solo y realizando lo anterior lo mas rapido posible.
Saludos.
 
Re: Debemos parar ante un accidente yendo de servicio?

si vamos de urgencia y nos encontramos con un accidente, debemos pararnos?

Si, informar a central de emergencias o a nuestra base para que solicite otra ambulancia o tome las medidas necesarias respecto al accidente.

Alguna vez nos toco ese caso pero llevabamos paciente hacie el hospital y como teniamos mucho personal nuestro en la ambulancia, se quedaron 2 TEM o TUM en el accidente con 1 maletin o botiquin de la ambulancia mientras llegaba la otra ambulancia:shock:
 
Re: Debemos parar ante un accidente yendo de servicio?

En mi caso, no es sólo que crea que hay que detenerse, sino que en varias ocasiones me ha ocurrido, tanto yendo al aviso como llevando al paciente al hospital, y me ha parecido lo más correcto. Cierto es que si el paciente que llevas es grave, no vamos a meter a otro paciente en la ambulancia, y que en ese caso lo más recomendable parece ser avisar al CCU, y como mucho, estabilizar a las posibles víctimas del accidente presenciado, pero en cualquier otro caso, ¿Por qué no pararse?

Os comento algo que les pasó a unos compañeros, con las reservas propias de algo que conoces "de oidas": Iban a un aviso en una de las vías principales de Granada, recta y muy larga. El caso es que metros antes de llegar a su aviso, les hacen señas, ya que un joven se había caído de frente y sufría una epíxtasis bastante profusa, y creo que le dolía una muñeca, pero eso no lo recuerdo bien. El caso es que pararon la hemorragia y creo que vendaron la muñeca, y le indicaron que fuera a ver al médico, porque la ambulancia tenía que ir a un aviso previo, a unos metros de allí... Y la familia se enfadó!!!!:shock::shock: Empezó a decir que no lo podían dejar alí tirado, que les iban a denundiar, que eso no era un trato digno, y así se quedaron, jurando en arameo mientras mis compañeros se iban a atender el otro accidente, creo recordar que era un tráfico leve.

Con esto quiero decir que no siempre en estas situaciones se va a entender nuestra postura, pero creo que incluso este chico, con todo, estuvo mejor despues de que mis compañeros le atendieran que si hubieran seguido y hubiera tenido que esperar a que se diera aviso al CCU y éste mandara otra ambulancia.

Buen tema, da juego, besotessss
 
Re: Debemos parar ante un accidente yendo de servicio?

Aqui en nuestro pais, algunas ambulancias tienen mas espacio que otras y si te encuentras con una emergencia en trayecto a otro servicio, nos detenemos tras valorar al paciente y se encuentra en estado critico se traslada y se solicita otra unidad para el servicio al que originalmente nos dirijiamos y si nos encontramos cerca de la ubicacion del servicio al que acudiamos, vamos por el y trasladamos a ambos. Cuando vamos en traslado de paciente y nos encontramos otra emergencia, generalmente se traslada previa valoración y se pueden atender a dos pacientes sin restar demasiado espacio. (cabe mencionar que en este lugar de la República Méxicana existen muchas unidades voluntarias que se encuentran cubriendo gran parte de los servicios de urgencias y en los que te puedes apoyar en caso de que se encuentre un accidente con múltiples victimas y/o el paciente requiera atencion especializada.
 
Re: Debemos parar ante un accidente yendo de servicio?

El no parar puede crear más problemas y disgustos. Y por supuesto si hubiera autoridad y esta da el alto al vehículo sin dudarlo ni un segundo hay que parar y por supuesto informar de la situación.
 
Debemos parar ante un accidente yendo de servicio?

Ola compañeros creo o asi me lo han vendido siempre que por ley (En España) hay que pararse y asistir hasta la llegada del relevo. Si fuesemos de urgencia a un servicio y nos encontrasemos un incidente la ambulancia se quedará en el mismo y se mandara otra al servicio al que esta iba (pensarlo y es bastante razonable si no es una urgencia vital). Yo he llegado a encontrarme con tres pacientes en un punto de tres llamadas distintas y a las cuales no se les habia asignado recurso por falta de ellos, y me direis, ¿que hiciste?????::((:: , pues lo que en teoría no se puede cargé en plan cayuco a los tres y dirección al puesto de socorro (menos mal que las ambulancias son grandes y con varios asientos), no eran graves pero... se nos amontonaba el trabajo como nunca (Recinto Ferial Córdoba). A grandes problemas grandes soluciones......
Lo de dejar a alguno/s compañeros en el lugar no lo haria ya que corren peligro de verse un poco "agobiados" o eso me pasaría a mi sin mi ambulancia. Además como balizar en algunos sitios sin luces y como atender sin que te cubra tu vehiculo, comunicaciones????, ......
 
Re: Debemos parar ante un accidente yendo de servicio?

para eso estamos.. para la atencion de emergencias... ante la aparicion de camino de otro incidente podremos estabilizar y tratar hasta que arrive otra unidad al lugar y realice el traslado

:cejas: saludos desde costa rica:cejas:
 
Re: Debemos parar ante un accidente yendo de servicio?

Creo que tenemos que para sea cual sea la situación, valorar, avisar a centro y ellos nos dirian lo que tendriamos que hacer o valorariamos que podemos hacer. Lo del centro se queda grabado asi que asi no tendriamos problemas.
 
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