multas

kako

e-mergencista experimentado
es posible que me sancionen la guardia civil por llevar las luces encendidas para un aviso sin la sirena puesta
 
lucen encendidas, te refieres a rotativos funcionando o en modo piloto como las luces de posicion?
 
es posible que te denuncien, aunque está por ver que te sancionen, ya que debes ir con las luces y con los acústicos, aunque si no hay riesgo para la circulación se puede circular en servicio prioritario sólo con luces. Hace poco más de un mes sancionaron a un conductor de medicalizada en Canarias con 300 euros y un mes de retirada del carnet. Pero él no agotó todos los recursos, podría haber ido a un contencioso administrativo.

Muevo el tema a Transporte Sanitario Terrestre.
 
juan luis si vas por la autopista con trafico fluido para q llevar permanentemente la sirena conectada con las luces ,strobos morro, torre ,raton y perimetrales si parecemos arbolitos de navidad es suficiente no digo en ciudad claro eso cuando haga falta pero sirena por tenerla puesta no se..... de hecho alguna vez los policias sobre todo los locales se quejan q se usa demasiado la sirena de las ambulancias sobre todo en poblado
 
Juan Luis dijo:
es posible que te denuncien, aunque está por ver que te sancionen, ya que debes ir con las luces y con los acústicos, aunque si no hay riesgo para la circulación se puede circular en servicio prioritario sólo con luces. Hace poco más de un mes sancionaron a un conductor de medicalizada en Canarias con 300 euros y un mes de retirada del carnet. Pero él no agotó todos los recursos, podría haber ido a un contencioso administrativo.

Muevo el tema a Transporte Sanitario Terrestre.

Pero la multa exactamente por que fue?
 
La multa fue porque no llevaba los acústicos.

Kwerk, no doy la razón al agente, sólo te cuento el caso, a mi la sirena me levanta dolor de cabeza :wink:
 
Nada kako,un pliego de descargo y arreglado,acercate a tu seguro,que tienen asesores jurídicos(que te deberían de entrar en la póliza),cuentales el tema y punto,como te ha dicho algún compi,si no entraña peligro para los demás podremos prescindir de la señal acústica,es más se recomienda en la medida de lo posible por la contaminación acústica. :)
 
"ARTICULO 68. Facultades de los conductores de los vehículos prioritarios.

Los conductores de los vehículos prioritarios deberán observar los preceptos del presente Reglamento, si bien, a condición de haberse cerciorado de que no ponen en peligro a ningún usuario de la vía, podrán dejar de cumplir bajo su exclusiva responsabilidad, las normas de los Títulos II, III y IV de este Reglamento, salvo las órdenes y señales de los agentes, que son siempre de obligado cumplimiento.

Los conductores de dichos vehículos podrán igualmente, con carácter excepcional, cuando circulen por autopista o autovía en servicio urgente y no comprometan la seguridad de ningún usuario, dar media vuelta o marcha atrás, circular en sentido contrario al correspondiente a la calzada, siempre que lo hagan por el arcén, o penetrar en la mediana o en los pasos transversales de la misma.

Los agentes de la Autoridad encargados de la vigilancia, regulación y control del tráfico podrán utilizar o situar sus vehículos en la parte de la vía que resulte necesario cuando presten auxilio a los usuarios de la misma o lo requieran las necesidades del servicio o de la circulación.

Tendrán el carácter de prioritarios los vehículos de los servicios de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento, y de asistencia sanitaria, pública o privada, que circulen en servicio urgente y cuyos conductores adviertan su presencia mediante la utilización simultánea de la señal luminosa, a que se refiere el artículo 173 de este Reglamento, y del aparato emisor de señales acústicas especiales, al que se refieren las normas reguladoras de los vehículos.

Por excepción de lo dispuesto en el párrafo anterior, los conductores de los vehículos prioritarios deberán utilizar la señal luminosa aisladamente cuando la omisión de las señales acústicas especiales no entrañe peligro alguno para los demás usuarios."

Y en el caso concreto de Madrid:
http://www.e-mergencia.com/forum/viewtopic.php?p=5089

Aunque si era por un aviso,no tiene relevancia (y un policia no puede decidir por su cuenta si es una emergencia medica o no,en todo caso un medico)

Saludos
 
A mí lo que me parece increíble es que se pueda multar por no llevar aústicos, desde luego alucino :o , si el tráfico no lo requiere para qeu las vas a poner, a mi me resulta molesto la verdad, no me pasa lo que a Juan Luis, pero me desagrada.
 
A mí también me parece un poco flipe que te multen por eso. Creo que me inclino más por los antecedentes o conflictos que pudierais a ver tenido anteriormente con ese agente, por que no es lógico y más parece que está al acecho.
No ostante, realizar un pliego de descargo ya que no creo que lo tengais dificil.
 
Curiosamente, no sera tambien la primera carta que se recibe en algun institucion, firmada por el jefe de la policia local de Zaragoza, en la que recuerda que en horas nocturnas no es necesario poner las señales acusticas si no hay necesidad de ello. En que quedamos, se ponen o no? :roll:
 
yo tampoco se la doy la verdad ( raazon al policia local)opino lo mismo juan luis la sirena es molesta ademas de estresante excepto la ecologica y no me digas por que mas bien creo que el agente estaba a la caida vamos sino no me lo explico.... por cierto tolosa estas en lo cierto pero eso hay que dejarlo a criterio del conductor si lo cree adecuado o no aunque existe una guia con una serie de recomendaciones...
 
respuesta

hacha dijo:
lucen encendidas, te refieres a rotativos funcionando o en modo piloto como las luces de posicion?

es que iba para un aviso con los rotativos puestos pero no tenia la sirena puesta porque iba por la autovia y me paro la guardia civil.gracias por contestarme un abrazo
 
Juan Luis dijo:
es posible que te denuncien, aunque está por ver que te sancionen, ya que debes ir con las luces y con los acústicos, aunque si no hay riesgo para la circulación se puede circular en servicio prioritario sólo con luces. Hace poco más de un mes sancionaron a un conductor de medicalizada en Canarias con 300 euros y un mes de retirada del carnet. Pero él no agotó todos los recursos, podría haber ido a un contencioso administrativo.

Muevo el tema a Transporte Sanitario Terrestre.

pero es que iba por la autovia casi sin trafico col los rotativos puestos pero la sirena no
 
multa

Sidreru dijo:
"ARTICULO 68. Facultades de los conductores de los vehículos prioritarios.

Los conductores de los vehículos prioritarios deberán observar los preceptos del presente Reglamento, si bien, a condición de haberse cerciorado de que no ponen en peligro a ningún usuario de la vía, podrán dejar de cumplir bajo su exclusiva responsabilidad, las normas de los Títulos II, III y IV de este Reglamento, salvo las órdenes y señales de los agentes, que son siempre de obligado cumplimiento.

Los conductores de dichos vehículos podrán igualmente, con carácter excepcional, cuando circulen por autopista o autovía en servicio urgente y no comprometan la seguridad de ningún usuario, dar media vuelta o marcha atrás, circular en sentido contrario al correspondiente a la calzada, siempre que lo hagan por el arcén, o penetrar en la mediana o en los pasos transversales de la misma.

Los agentes de la Autoridad encargados de la vigilancia, regulación y control del tráfico podrán utilizar o situar sus vehículos en la parte de la vía que resulte necesario cuando presten auxilio a los usuarios de la misma o lo requieran las necesidades del servicio o de la circulación.

Tendrán el carácter de prioritarios los vehículos de los servicios de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento, y de asistencia sanitaria, pública o privada, que circulen en servicio urgente y cuyos conductores adviertan su presencia mediante la utilización simultánea de la señal luminosa, a que se refiere el artículo 173 de este Reglamento, y del aparato emisor de señales acústicas especiales, al que se refieren las normas reguladoras de los vehículos.

Por excepción de lo dispuesto en el párrafo anterior, los conductores de los vehículos prioritarios deberán utilizar la señal luminosa aisladamente cuando la omisión de las señales acústicas especiales no entrañe peligro alguno para los demás usuarios."

Y en el caso concreto de Madrid:
http://www.e-mergencia.com/forum/viewtopic.php?p=5089

Aunque si era por un aviso,no tiene relevancia (y un policia no puede decidir por su cuenta si es una emergencia medica o no,en todo caso un medico)

Saludos



con todo el respeto a la guardia civil le da igual y cuando se encierran en si mismos no hay nadie que los pare.un abrazo
 
kwerk dijo:
yo tampoco se la doy la verdad ( raazon al policia local)opino lo mismo juan luis la sirena es molesta ademas de estresante excepto la ecologica y no me digas por que mas bien creo que el agente estaba a la caida vamos sino no me lo explico.... por cierto tolosa estas en lo cierto pero eso hay que dejarlo a criterio del conductor si lo cree adecuado o no aunque existe una guia con una serie de recomendaciones...

pero muchas veces no hay manera de soportar la sirena si llevamos un dia malo.un abrazo
 
Tolosa dijo:
Curiosamente, no sera tambien la primera carta que se recibe en algun institucion, firmada por el jefe de la policia local de Zaragoza, en la que recuerda que en horas nocturnas no es necesario poner las señales acusticas si no hay necesidad de ello. En que quedamos, se ponen o no? :roll:

volvemos a lo mismo.si no hace falta,no hay que poner los acusticos.Esa carta realmente no dice nada nuevo,solo "recuerda" el codigo.Logicamente,si tu vas por una calle desierta,no hay necesidad de acusticos (otra cosa son intersecciones y demas,pero es cosa de cada conductor)

Saludos
 
Re: multa

kako dijo:
Sidreru dijo:
"ARTICULO 68. Facultades de los conductores de los vehículos prioritarios.

Los conductores de los vehículos prioritarios deberán observar los preceptos del presente Reglamento, si bien, a condición de haberse cerciorado de que no ponen en peligro a ningún usuario de la vía, podrán dejar de cumplir bajo su exclusiva responsabilidad, las normas de los Títulos II, III y IV de este Reglamento, salvo las órdenes y señales de los agentes, que son siempre de obligado cumplimiento.

Los conductores de dichos vehículos podrán igualmente, con carácter excepcional, cuando circulen por autopista o autovía en servicio urgente y no comprometan la seguridad de ningún usuario, dar media vuelta o marcha atrás, circular en sentido contrario al correspondiente a la calzada, siempre que lo hagan por el arcén, o penetrar en la mediana o en los pasos transversales de la misma.

Los agentes de la Autoridad encargados de la vigilancia, regulación y control del tráfico podrán utilizar o situar sus vehículos en la parte de la vía que resulte necesario cuando presten auxilio a los usuarios de la misma o lo requieran las necesidades del servicio o de la circulación.

Tendrán el carácter de prioritarios los vehículos de los servicios de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento, y de asistencia sanitaria, pública o privada, que circulen en servicio urgente y cuyos conductores adviertan su presencia mediante la utilización simultánea de la señal luminosa, a que se refiere el artículo 173 de este Reglamento, y del aparato emisor de señales acústicas especiales, al que se refieren las normas reguladoras de los vehículos.

Por excepción de lo dispuesto en el párrafo anterior, los conductores de los vehículos prioritarios deberán utilizar la señal luminosa aisladamente cuando la omisión de las señales acústicas especiales no entrañe peligro alguno para los demás usuarios."

Y en el caso concreto de Madrid:
http://www.e-mergencia.com/forum/viewtopic.php?p=5089

Aunque si era por un aviso,no tiene relevancia (y un policia no puede decidir por su cuenta si es una emergencia medica o no,en todo caso un medico)

Saludos



con todo el respeto a la guardia civil le da igual y cuando se encierran en si mismos no hay nadie que los pare.un abrazo

Yo creo que el recurso lo teneis facil:parte de intervencion,firmado por el medico,donde conste la hora,lugar y unidad ,y a correr.Ahora que demuestre la Gc que el medico miente o no.Aunque tambien depende de como esten las relaciones entre cuerpos por alli

Saludos
 
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