cococharlie dijo:
Yo estoy con Vitxu
En caso de exigir un número de servicios lo haría de forma anual, todo el mundo puede tener un periodo de problemas o cosillas que te impidan hacer guardias o servicios en tu asociación.
Para eso existe la baja
temporal. ¿Acaso si enfermas no te dan la baja en tu trabajo? ¿Por qué no habría de ser así en tu entidad?
Imaginate. Por ley (y por lógica) los voluntarios de entidades que desarrollan actividades de emergencias estamos obligados a personarnos en nuestro punto de concentración en caso de catástrofe.
Supón ahora que has tenido un accidente y te has roto la pierna. No haces servicios, no al menos en calle. Vas a estar un tiempo sin realizar esos servicios. Tal como lo propones, no tramitas nada, solo que cuando te recuperes harás servicios por recuperar la cuota anual mínima exigida.
Sea ahora que porque a Murphy le da la gana tocar las narices, sucede la catástrofe (no nos alarmemos, basta con un incidente de cierta magnitud) en ese momento. Tú, aunque quieras, poco puedes hacer. Sin embargo, en listas de la entidad, figuras como dado de alta. Si la entidad es lo suficientemente grande, no sabrán quien eres o si te ha pasado algo, y te llamarán para que te incorpores, haciéndoles perder a ellos un tiempo en el que podrían haber movilizado a otro voluntario.
Pero démosle una vuelta más de rosca. Sea que aun siendo una entidad con muchos voluntarios, tienes suficientes conocidos como para que sepan que te encuentras en una situación en la que no vas a poder prestar servicio. Solucionamos el problema anterior con una chapucilla (los amigos que saben de tu situación), pero creamos un problema de otro orden: el análisis de la respuesta de la entidad.
A la hora de evaluar la calidad de la entidad en el servicio prestado, se medirá también desde instancias superiores el porcentaje de convocatoria de voluntarios. Y claro, como figuras como alta, a tí te cuentan como no asistente, no los de tu entidad, sino
los de instancias superiores. (Depende de cada caso. Lo dejo así porque quiero ser genérico, pero en una Agrupación puede ser desde el jefe técnico de protección civil hasta el mismo alcalde, y en una asamblea de Cruz Roja puede ser la entidad con la que tenga creado el acuerdo de cooperación).
He puesto el ejemplo con el accidente, pero puede ser cualquier cosa: ocupaciones personales/familiares, preparación de exámenes, actividad laboral alta puntual, etc. Y no cuesta nada pedir una baja temporal.
Como ejemplo, te comento que en mi entidad (donde ocupo cargo de responsabilidad media), tengo voluntarios a mi cargo, y procuro conocerlos a todos y darles confianza para que puedan contar conmigo cuando tengan problemas.
El caso es que en ocasiones, algún voluntario a mi cargo ha necesitado tiempo para prepararse una oposición, o porque ha tenido algún problema personal. En lugar de anotármelo en la agenda y dejarlos de alta, he hablado con mi superior con ellos presentes, les he pedido que les cuenten el caso (con las reservas que quieran), y se les ha tramitado una baja temporal.
Cuando se encontraban con disposición para dedicar de nuevo más tiempo se han dado de alta, sin perder ningún privilegio que pudieran tener antes (salvo en casos de bajas extremadamente largas, en las que se exige o bien repetir la formación o bien un periodo de reciclaje).
En resumen: si vas a estar un tiempo sin poder hacer servicios, solicita una baja temporal, y reincorporate cuando dispongas de nuevo de tiempo. Si la entidad es buena no debería suponer ningún problema.
cococharlie dijo:
Eso si!!! Cuantos no lo se... Muchos no porque se quedarían solos y pocos implica poca experiencia para mantenerse al dia.
Cierto, pero, ¿qué haces para solventarlo cuando la entidad no tiene suficientes servicios para conseguir que sus voluntarios realicen el mínimo exigido? ¿Te los inventas?
Deberíamos cambiar un poco la perspectiva.
Para mantenerse al día no hay que hacer servicios, pues en los servicios no se te informa, por ejemplo, de novedades en la actividad que desarrollas (nuevos protocolos de RCP, nuevas competencias, nuevos equipos de extinción).
Tenemos que recurrir a las sesiones formativas continuadas con carácter práctico. El voluntario, por su condición, no es una persona que viva día a día la emergencia: tiene un trabajo aparte, muchas veces nada relacionado con la actividad desarrollada como voluntario; tiene una familia; tiene una vida social aparte. Eso hace que, por muchos servicios que realice, tenga menos práctica que una persona a la que le pagan por estar ahí.
La solución pasa por incorporar en la entidad las sesiones continuadas de formación. ¿Que somos veinte personas y este fin de semana solo hay servicios para siete? Pues los otros trece montamos un taller práctico sobre algo que no practiquemos habitualmente de servicio, algo que sea novedoso, o cualquier duda que se tenga y se pueda aprovechar para resolverla.
La obligación de un mínimo de servicios debe tener un carácter complementario a adquirir destreza y práctica (fundamental). Debe ser también la forma de comprometer al voluntario con la entidad: hacerle ver que tiene una responsabilidad adquirida y debe cumplirlar. Una formación en disciplina. (Y por favor, que nadie confunda la disciplina con la militarización, que son dos cosas
muy distintas).