Mantenimiento o cambio de nombres
Fijaros que estamos empleando una sola frase en todos los argumentos con los que ido dando forma a este debate.
Estamos hablando de "Donación de órganos" y estamos hablando de si esta donación de órganos es un deber o es una posibilidad.
Cabría hablar de: Deber de concienciar y cabría hablar de: Deber legal .
Tal y como está, hoy por hoy, toda esta situación es preferible intentar buscar un punto intermedio entre la opinión de María y la opinión de Javier porque la normativa legal que hay no se puede aplicar ni al pie de la letra ni a rajatabla porque, todavía, se tiene en cuenta el:
Libre derecho de elección de cada persona.
Pero: ¿Qué ocurriría si basamos nuestro análisis en la opinión de María?:
La opinión de María no es por, así decirlo, ni kafkiana ni unilateral porque la idea de María es la solución más en la linea de lo que se denomina, en técnica jurídica: "El espíritu de la norma" e, incluso, del contenido que hubiera de dársele a los denominados: "Principios Generales de Derecho".
La propia legislación es favorable y proclive a la idea de María de entender la donación de órganos como algo de obligado cumplimiento.
Sucede que nadie se atreve a dar el primer paso ni nadie se atreve a poner encima de la mesa una normativa que define y regula en qué medida y en que circunstancias se ajusta a derecho la donación de órganos.
Llevando las cosas a su extremo sucedería que la única forma de estar, nosotros mismos, seguros, sobre el destino, post mortem, de nuestros órganos, sería recurriendo a un documento en el que dejaramos patente que, a nuestro fallecimiento, no seamos objeto de intervención por la que se nos pueda privar de nuestros órganos.
Pero, ¡claro!: ¿qué tipo de documento sería el que necesitariamos cumplimentar? y ¿Qué tiempo debería de guardar un centro sanitario hasta saber si el documento existe?.
Tenemos que seguir con nuestro debate porque, hoy y ahora, hay más puntos para defender la tesis de Javier si partimos del sentido literal de la palabra: "Donación" porque: ¿Qué significa "donación"?.
Donación significa que tu das algo a lo que no estás obligado y, por ello, hemos de ver si es correcto seguir hablando de "donación" cuando si lo queremos decir o justificar es que, en lugar de donación, hay un deber inexcusable de entrega de órganos a la fecha de fallecimiento y para caso de necesidad.