Informe del Justicia de Aragon sobre el transporte sanitario urgente

Gonso061

e-mergencista experimentado
"EL JUSTICIA DE ARAGON DE INTERESA POR LA SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE SANITARIO URGENTE"


"En el marco de la preocupación de la Institución por la seguridad vial y ante los siniestros ocurridos durante el año en curso en los que se han visto implicadas ambulancias, el Justicia de Aragón se ha dirigido al Departamento de Salud del Gobierno de Aragón solicitando informe sobre determinadas cuestiones relativas a la seguridad vial y las ambulancias. Ante el evidente incremento del riesgo que supone la circulación a velocidades elevadas y el empleo de luces prioritarias y señales acústicas en las intersecciones, el Justicia ha preguntado al Departamento de Salud si se dan criterios o pautas a los conductores de ambulancia para determinar en qué circunstancias se deben emplear esos dispositivos excepcionales (luces y sirenas).

Fernando García Vicente considera que, tal y como exige el Reglamento General de Circulación, los conductores de ambulancia deben realizar un uso ponderado de su régimen especial pues en ocasiones, si no existe una situación real de urgencia, la circulación de la ambulancia a altas velocidades genera un alto riesgo tanto al paciente trasladado como al resto de los usuarios de la vía.

El Justicia de Aragón también va a solicitar a la Administración central que estudie la conveniencia de modificar la normativa aclarando cuál debe ser el comportamiento de los conductores ante la presencia de un vehículo prioritario. Por ejemplo, en una vía con varios carriles la norma podría establecer, como ocurre en otros países de nuestro entorno, que los particulares deben desplazarse a los carriles laterales para permitir el paso del vehículo prioritario por el central.

Desde la perspectiva de la calidad medioambiental y ante las quejas de los vecinos de las calles y avenidas próximas a los centros hospitalarios, García Vicente recuerda que, según el Reglamento General de Circulación, los conductores de ambulancia deben utilizar siempre que sea posible, exclusivamente, las señales luminosas limitando el empleo de las acústicas a aquellas situaciones en que lo exijan las circunstancias del tráfico.


Por último, el Justicia hace un llamamiento a todos los ciudadanos, conductores y peatones, para que extremen la precaución ante la presencia de los vehículos de urgencias facilitando su tránsito con el menor riesgo posible. "


Fuente: www.eljusticiadearagon.com
 
Pues para empezar, no estaria mal ponerse de acuerdo en si el uso unico de señalizacion luminosa da prioridad o no, porque la prioridad yo creo que solo la da el uso combinado de señales acusticas y luminosas, no? .+ns+.
 
Desde que toda maquinaria de obras, camiones de transporte especial o de trabajo en calle llevan luces de señalización semejantes a las prioritarias encendidas fijas durante todo su trabajo, es normal que la gente ya no haga caso, se han acomodado a verlas y que no pase nada.
 
Tolosa dijo:
Pues para empezar, no estaria mal ponerse de acuerdo en si el uso unico de señalizacion luminosa da prioridad o no, porque la prioridad yo creo que solo la da el uso combinado de señales acusticas y luminosas, no? .+ns+.
REAL DECRETO 1428/2003 dijo:
Artículo 68
2. Tendrán el carácter de prioritarios los vehículos de los servicios de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento, y de asistencia sanitaria, pública o privada, que circulen en servicio urgente y cuyos conductores adviertan de su presencia mediante la utilización simultánea de la señal luminosa, a que se refiere el artículo 173, y del aparato emisor de señales acústicas especiales, al que se refieren las normas reguladoras de los vehículos.

Por excepción de lo dispuesto en el párrafo anterior, los conductores de los vehículos prioritarios deberán utilizar la señal luminosa aisladamente cuando la omisión de las señales acústicas especiales no entrañe peligro alguno para los demás usuarios.
 
Muchisimas gracias David :wink:
Para el que no lo sepa, el Justicia de Aragon es como un "Defensor del pueblo", que lleva siglos desempeñando su funcion en el ambito de Aragon. :wink:
 
A mandar Tolosa :P
Con respecto a este tema quería destacar una cuestión. Al igual que la ley exige una cierta cualificación teórica y práctica para ejercer como técnico (TES, TEM, TTS, etc...) quizás también debería exigir cierta preparación práctica para conducir vehículos en circunstancias un tanto arriesgadas, ya que no olvidemos el BTP no deja de ser una formación teórica en mecánica y algún aspecto más, y siempre que tengas un año de antigüedad con el permiso B no vas a tener que realizar ningún examen en pista o carretera.
 
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