Es necesario estar colegiado para trabajar en enfermeria?

Juanjoeya

e-mergencista nuevo
Hola a todos,
Es realmente obligatorio estar colegiado?
Es que he oido que te puedes sacar un seguro de responsabilidad civil por tu parte y con eso ya vale.
Alguien me lo puede aclarar?
 
yo no soy un experto en el tema pero me parece que eso depende de tu comunidad autonoma. en cataluña si que lo es en las otras nose
 
Algunas empresas privadas si lo exigen para trabajar en ellas, aunque yo te aconsejo que te lo saques por si las moscas.
Decirte que en Andalucía, cuando trabajas en un hospital del SAS no te exigen estar colegiados ya que ellos tienen un seguro de responsabilidad civil propio dentro de esta entidad. No se si en otros organismos de salud del estado pasa lo mismo.

UN SALUDO
 
La enfermería como profesión titulada se organiza profesionalmente en colegios profesionales. La pertenencia a un colegio profesional es obligatoria; la normativa que regula estos aspectos es la Ley 2/1974 de Colegios Profesionales.
Es requisito indispensable para el ejercicio de la profesión de enfermería, en cualquiera de sus ámbitos o modalidades, hallarse incorporado al Colegio Oficial de Enfermería del ámbito territorial que corresponda con el domicilio profesional. Bastará la incorporacióna este Colegio profesional para ejercer la profesión en todo territorio del Estado. Los profesionales que ejerzan ocasionalmente en un territorio diferente al de colegiación deberán comunicar previamente, a través del Colegio al que pertenezcan, las actuaciones que vayan a realizar en territorios distintos al de colegiación.
 
Bueno no se, yo cuando trabajé en el Hospital Universitario Puerta del Mar de Cádiz me dijeron que no hacia falta que estuviese colegiado para trabajar allí.
Es más, yo tengo una compañera que tuvo problemas con el colegio porqué la dejó "vendida" en un caso, dejó el colegio y sigue trabajando en el hospital :roll: no se...

UN SALUDO
 
Chapu no lo ha podido decir mejor ni con mejores referencias. Para ejercer la enfermería hacen falta 2 cosas: ser diplomado en enfermería y estar colegiado.

Yo he leido incluso una sentencia de un juez que obligaba a una enfermera a colegiarse si es que quería seguir ejerciendo la labor asistencial.

Eso de que el colegio te deja colgado.... puede pasarte con un sindicato o con cualquier seguro que contrates tú por tu cuenta. Todos los seguros intentan escabullirse a la hora de dar la cara.

Como bien dicen por ahí, para el SAS no lo exigen (y no entiendo por qué no), y tienen un seguro de responsabilidad civil. Pero con la política del SAS de fachada de aparentar cara a los usuarios y la sociedad, ten por seguro que es más probable que esté del lado del paciente que del tuyo y con lo lento que va la administración para todo...prefiero no depender de ello.

Por si alguien quiere leerlo, el consejo andaluz de enfermería tiene en su web un estudio comparativo entre el seguro de responsabilidad civil del colegio y el del SAS:
http://www.ocenf.org/andalucia/dipticae.htm
 
alguien me puede orientar en enfermeria?

perdonar que os moleste en primer lugar gracias por pararos a leer lo que estoy escribiendo. me gustaria hacer enfermeria realmente nose si hacer a los 25 una prueba de aceso que creo que va a ser lo mas adecuado aun que alguien save si esta muy lejos lo de combalidar a los tem a un fp2? alguien me podria informar sobre el tema de los estudios para hacer comadrona? es una carrera? que deveria hacer? muchas gracias por todo disculparme las molestias un saludo desde madrid.
 
Re: alguien me puede orientar en enfermeria?

letysani20 dijo:
perdonar que os moleste en primer lugar gracias por pararos a leer lo que estoy escribiendo. me gustaria hacer enfermeria realmente nose si hacer a los 25 una prueba de aceso que creo que va a ser lo mas adecuado aun que alguien save si esta muy lejos lo de combalidar a los tem a un fp2? alguien me podria informar sobre el tema de los estudios para hacer comadrona? es una carrera? que deveria hacer? muchas gracias por todo disculparme las molestias un saludo desde madrid.

Hola Leti, decirte que lo del TEM está previsto a que se pase a FP, lo que no podría decir (por lo menos yo) si hay fecha prevista para que salga ya oficialmente.
Por lo que dices de comadrona (Matrona es la nomenclatura de hoy en dia) es una especialidad de la enfermería (Enfermera especialista en ginecología-obstetricia) y por lo cual deberias hacer la carrera de enfermeria y posteriormente aprobar un examen tipo MIR (es el que hacen los médicos para optar a una especialidad) pero con el nombre de EIR (Enfermera interino residente) y si sacas plaza pues pasarte dos años realizando dicha especialidad en el hospital del lugar donde hayas conseguido la plaza.
Decirte que aparte de la especialidad de ginecología se encuentra la de Salud Mental que son las dos únicas que se encuentran hoy en dia en vigor a la espera de las otras tan esperadas especialidades.

UN SALUDO
 
En Castilla y León es obligatoria la colegiación tanto si trabajas en la pública como en la privada, a nivel legal. Es más, a uno de mis compañeros le llamaron de la bolsa pública nada más terminar la carrera y como aún no estaba colegiado, no pudo incorporarse al hospital donde le ofertaban la sustitución. Por si queréis referencias o más información:www.enfermeriacyl.com www.cge.enfermundi.com

Besos
 
La enfermería como profesión titulada se organiza profesionalmente en colegios profesionales. La pertenencia a un colegio profesional es obligatoria; la normativa que regula estos aspectos es la Ley 2/1974 de Colegios Profesionales.
Es requisito indispensable para el ejercicio de la profesión de enfermería, en cualquiera de sus ámbitos o modalidades, hallarse incorporado al Colegio Oficial de Enfermería del ámbito territorial que corresponda con el domicilio profesional. Bastará la incorporacióna este Colegio profesional para ejercer la profesión en todo territorio del Estado. Los profesionales que ejerzan ocasionalmente en un territorio diferente al de colegiación deberán comunicar previamente, a través del Colegio al que pertenezcan, las actuaciones que vayan a realizar en territorios distintos al de colegiación.
Esa Ley no está tan clara para los "profesionales" que trabajan por cuenta ajena y lo dogo con conocimiento de causa ya que fuí denunciado por lo Penal por darme de baja en el colegio y el juez archivó las dilijencias por ausencia de delito, así que...
Los argumentos que yo esgrimí eran: que la Ley de Colegios Profesionales "obliga" (aunque leyendo bien el texto no se dice la palabra obligatorio, con lo cual se puede interpretar de varias maneras), obliga, digo, a los profesionales
y la cuestión está en definir lo que es un profesional y éste cuando trabaja por cuenta agena es un asalariado (eso dije y el juez me dió la razón). Una sentencia del Tribunal Constitucional (a instancias del Colegio de Marinos Mercantes, actividad privada, por cierto) establece que no la obligación de estar colegiado no vulnera el principio de libertad de asociación qie contempla nuestra Carta Magna, ya que "los colegios profesionales no son asociaciones como tales sino coporaciones en las que es Estado (entiendase por extensión, la Administración) hace dejación su deber de controlar a los profesionales", si bien en otro párrado dice que igual de constituiconar sería no obligar a colegiarse, dejando así libertad al legislador para establecer uno u otro precepto. Es ovbio -y así se lo díje yo al juez- que en el caso de los profesionales que trabajamos para la Administración en su plantilla (ya sea propietarios, interinos o contratados) ésta no hace dejación de su deber de controlarlos, sino que los controla: establece el salario, el horario, sus funciones, las condiciones de trabajo, el régimen disciplinario, etc. y negocia con los sindicatos cualquier modificación de lo anterior; dejarlo en mands de lo colegios, estimo, vulneraría el derecho internacional del Trabajo. Otra cosa sería que los profesionales sirvieran a la Adminsitración en ejercicio libre, como por ejemplo un abogado que representa a una institución pública y cobra por minuta o un enfermero que trabajando como autónomo fuera a un hospital público, hiciese una actuación profesional y cobrara sus honorario como privado igual que se los conra a los seguros privados (ADESLAS, ASISA, etc.). En ese sentido, la Ley del Poder Judicial obliga a los abogados a colegiarse en el territorio donde ejercen habitualmente o, puntualmente para actuar en pleito, pero los exime de la colegiación cuando trabajan para la Administarción u organismos públicos mediante salario, pudiendo, incluso, representar a éstos en pleito. Igualmente se podía aplicar la resto de los profesionales.
Y hay algo más: La Declaración Universal de los Derechos humanos, estblece en su artículo 20 que: 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas. 2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación. http://www.un.org/spanish/aboutun/hrights.htm
Pues bien, como he dicho, estos argumentos los expuse al juez cuando me denunciaron y, sin necesidad abogado (así de flojos sería los arguemntos del colegio), conseguí que se archivaran las diligencias. Naturalmente que antes de ello, el juez remitió las declaraciones de ambas partes al Servicio Andaluz de Salud para quien yo trabajaba entonce y aún lo hago. Éste el diría al juez lo que fuese, pero yo no me enteré porque como no tenía abogado ni procurador no tenía acceso a la docuemntación, pero el SAS no hizo nada más, ni obligó a nadie a colegiarse ni estableció la colegiación voluntaria, hasta pasados unos diez años en que vió que eso le podía costar dinero, pues en otras comunidades algunos médicos ganaron un pleito para que si les obligaban a estar colegiados, debería ser la Administración Sanitaria (o quién les obligue) la que pagase las cuotas colegiales. El SAS entonces, en una ley de acompañamiento de presupuestos, estableció la colegiación voluntaria para sus profesionales, dando para ello los mismitos argumentos que yo he contado y que en su día argumenté ante el juez (original, ¿verdad?) y, estableció el número de registro profesional en el SAS como identificación de los médicos en las recetas oficiales y le dió valor a los certificados médicos y de nacimiento de las matronas en impresos del propio SAS y con el número de registro personal siempre que se hiciese en los centros propios.
Contra todo ésto, el Partido Popular interpuso un Recurso Contencioso Administrativo del que nunca más supe, así que supongo que iría a parar a donde fue mi denucnia pués la colegiación sigue siendo voluntaria en el Servicio Andaluz de Salud.
Así que, no os déjéis engañar por verdades a medias e interesadas , ya que la colegiación no es obligatoria por Ley para los asalariados. Puede serlo si el empleaor así lo establece, pero entonces, deberá ser el empleador quien pague las cuotas colegiales. Lo que pasa es que algunos hospitales privados exijen a sus trabajadores que se den de alta como autónomos aunque trabajen a sueldo y con horario, así no solo se ahorran el seguro de responsabilidad civil sino las cuotas empresariales a la Seguridad Social.
Bueno, perdón por la extensión y espero haber aclarado algo.
El diablo sabe más por viejo que por diablo.
 
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En Castilla y León es obligatoria la colegiación tanto si trabajas en la pública como en la privada, a nivel legal. Es más, a uno de mis compañeros le llamaron de la bolsa pública nada más terminar la carrera y como aún no estaba colegiado, no pudo incorporarse al hospital donde le ofertaban la sustitución. Por si queréis referencias o más información:www.enfermeriacyl.com www.cge.enfermundi.com

Besos
Pues mal hecho. Eso de puede recurir o exijirle a la Junta de Castilla y León que pague ella las cuotas colegiales. Las sentencias anteriores a ese respecto al no ser del Tribunal Supreno no sientan jurisprudencia, pero pueden ser un buen argumento en una recurso normal.
 
Última edición:
Re: alguien me puede orientar en enfermeria?

Perdonad que os moleste, en primer lugar, gracias por pararos a leer lo que estoy escribiendo. Me gustaria hacer Enfermeria, realmente no sé si hacer a los 25 una prueba de aceso que creo que va a ser lo más adecuado, aunque, ¿alguien sabe si está muy lejos lo de comvalidar a los TEM a un FP2? ¿Alguien me podría informar sobre el tema de los estudios para hacer comadrona? ¿Es una carrera? ¿Que debería hacer? Muchas gracias por todo. Disculpadme las molestias. Un saludo desde Madrid.
Aunque no me corresponde a mí decirlo, hay una discusión dedicada a este tema que te aconsejo veas: http://www.e-mergencia.com/foro/showthread.php?t=17539&highlight=Enfermer%EDa.
Slash ya te ha dicho lo de la especialidad ginecoobstétrica, así que, ya sabes, si quieres ser matrona tienes que hacerte enfermera primero y luego "echarle codos", es más largo pero tiene la ventaja de que al final tienes dos títulos y la posibilidad de ejercer dos profesiones.
Por cierto, no tienes que agradecer que leamos lo que escribes ni tu comentario es ninguna molestia:lol:, aunque si fuera más largo sería difícil de respirar leyendolo: ningún signo de puntuación :grin: (no te enfades, pero ¿a que queda mejor tu comentario como está en esta cita?).
 
Pues mal hecho. Eso de puede recurir o exijirle a la Junta de Castilla y León que pague ella las cuotas colegiales. Las sentencias anteriores a ese respecto al no ser del Tribunal Supreno no sientan jurisprudencia, pero pueden ser un buen argumento en una recurso normal.



Corregidme si me equivoco, pero tengo entendido que los enfermeros (empleados públicos) han reclamado al Sacyl que sea este organismo el que corra con los gastos de las cuotas colegiales.
En la privada aún no se ha llevado a cabo esta petición. Sí que os puedo decir como experiencia personal que cuando comencé en voluntariado, Cruz Roja era la que asumía los gastos de colegiación (si estabas en paro).

Besos a tod@s.
 
Corregidme si me equivoco, pero tengo entendido que los enfermeros (empleados públicos) han reclamado al Sacyl que sea este organismo el que corra con los gastos de las cuotas colegiales.

Pues precisamente ese fué el origen (una denuncia en el mismo sentido) de que en andalucía se tramitara por vía de urgencia lo que se ha comentado en otros post, es decir, los profesionales que trabajan para la administración andaluza no están obligados a colegiarse (de hecho, en los documentos se ha sustituido el número de colegiado por un código llamado CNP).

Si no recuerdo mal, el SAS perdió una demanda de un colectivo pequeño (posiblemente Inspectores de sanidad o algo así) que le obligaba a pagar las cuotas colegiales de éstas personas y ante la posibilidad de que los demás colectivos denunciaran a la administración y ésta se viera obligada a desembolsar una cantidad ingente de dinero, optó por lo que ya comenté. Si no estoy mal los colegión andaluces recurrieron esa decisión, pero hasta donde yo sé, los tribunales le han dado la razón a la administración andaluza.

Un saludo.
 
Con respecto a la comunidad andaluza y mas concretamente en el SAS, esta no te obliga a estar colegiado para desempeñar la funcion de enfermero en sus hospitales de la red andaluza. Con respecto a la sanidad privada hay centros en los que te lo piden y hay otros en los que no. Lo que hace mucha gente es que se hace un seguro de responsabilidad civil con cualquier compañia privada sin tener nada que ver el colegio profesional.
 
Hombre en mi humilde opinión de no colegiado, pienso que los colegios son, o deben de ser, algo más que un emdio de obtener un seguro de responsabilidad civil. Creo que tienen, o deben tener, más utilidad. Lo que a mi molesta es que algunos se empeñen en obligarnos a disfrutar de sus ventajas, por imperativo legal
 
estoy totalmente de acuerdo contigo Juan Manuel. EL colegio debe ser algo mas que "el estra colegiado por el seguro".
 
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