Enfermería en el centro de coordinación

¿Debería haber enfermeros en coordinación?


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Como les he contado en algunos otros foros, aqui en mi ciudad, lo que es la coordinacion y atencion de pacientes... incluyendo administracion de recursos, personal, despacho de ambulancias, atencion de pacientes, etc.... recae el el equipo d enfermeria por ser un servicio no medicalizado.

Saludos.
 
¿Y qué opinas del papel de la enfermería en servicios medicalizados? ¿Qué resultados os están dando?
 
Qué tal si abres otro tópic al respecto? así nadie se confunde con el título del tema ¿vale? :wink:

Gracias. 8)
 
Pues va a ser que, de verdad, "Spain is diferent"... ¿Y por qué no puede haber cabida para enfermeros/as en un CCU, cuando, históricamente y en casi todo el mundo civilizado, los sistemas de teleasistencia sanitaria están en manos de enfermeros/as?.
(Aquello de que lo nuestro son las técnicas y nuestro lugar está en la calle me pareció muy poquico acertado...)
Un saludo.
 
Pues para eso se abrió el tópic, cuentanos cómo trabajan los enfermeros en otros lares, la verdad es que sólo sabía lo que comenta Arturo, pero aquí no conozco ningún centro coordinador con enfermeros. ¿Qué funciones suelen tener?
 
En el SUMMA poco a poco van adquiriendo funciones. Comenzaron con la coordinación de camas entre los distintos hospitales. Ahora también gestionan los traslados secundarios, no se si todos, pero el caso es que lo hacen. También se dedican a gestionar la operatividad de los VIR, es decir, causas de inoperatividad y posibles soluciones, y ya me enteraré si me he dejado algo en el tintero. Como veis no se meten en el trabajo de ningún otro profesional y por otro lado van descargando al resto de profesionales de funciones que no tienen dueño.
 
A ver, realmente hay muchas funciones que hacen los médicos coordinadores que, efectivamente, no precisan de un médico para ser llevadas a cabo, pero no termino de ver que sea preciso que lo haga un DUE, ya se comentaba más arriba que lo puede hacer cualquiera con determinada formación, por eso preguntaba qué cosas de las que se llevan a cabo en un Centro Coordinador sólo pueden ser efectuadas por un DUE, o al menos creen que debería hacerlo uno.

Por eso pedía más arriba que explicaran qué hacen los enfermeros en otros lugares del mundo, así podemos ver si es adaptable a España ¿no?
 
En referencia a este tema, en la revista Enfermería Facultativa, que edita el Colegio de Enfermería, de octubre de 2006, sale una entrevista con Pedro Martínez Tenorio, Director Gerente del SUMMA 112, con el siguiente titular: "La enfermería debe formar parte de la estructura de coordinación de emergencias".
Se puede consultar este número de la revista en formato PDF en:
http://www.cge.enfermundi.com/servlet/Satellite?blobcol=urldata&blobheader=application%2Fpdf&blobkey=id&blobtable=MungoBlobs&blobwhere=1159945209939&cachecontrol=immediate&csblobid=F0CCZ2Sc2NtF9HZ6vz8nsgUcfpFxjJNj3pMGu9vu9afms2K0oZy0%21-1425225248%211161085570825&ssbinary=true

(el artículo está en la página 18).

Un saludo.
 
yo no se si pondria enfermeria en en centro de coordinacion de tal, tengo una amiga que es DUE y que a sido coordinadora de emergencias, y tenemos una conocida, Tanidya, que va para lo mismo, y que han estado en la central, pero yo a los medicos no los pondria de primera fila, sino de segunda o tercera, serian los recepcionistas los encargados de todas las llamadas, y los medicos, estarian de escucha, en todas, luego esta el programa deberia estar a la altura, no como ahora
 
Después de repasar todas las respuestas a este topic, sin salir en algunos casos de un total asombro, me encuentro que en mis nóminas, que no suelo leer con detenimiento salvo donde dice "importe líquido") pone "Enfermero de UME y CCU"... Sorprendido por tan extraño hallazgo he preguntado por ahí y encuentro que en el BOE 190/1999 de 10 de Agosto, donde aparecen otras cosicas no menos interesantes, estan las denominaciones de Médico de Emergencias, Enfermero de Emergencias (no pone DUE, no)... Y habla de sus funciones, de ambos, entre las que se encuentra el trabajo en el CCU.
Va a ser que el legislador debió escribir lo que no debía, o que quienes lo leemos no nos podemos creer que, por una vez, haya pensado con la cabeza de pensar... ¿Dónde está el obstáculo insalvable para que un Enfermero de Emergencias trabaje en un CCU: que no somos Licenciados, que no conocemos de gestión cuando la carga de la gestión cotidiana y diaria (no la macrogestión, no, que esa ya la hacen políticos y así nos va a todos...) de los centros sanitarios recae sobre nosotros, que no entendemos de coordinación... De qué estamos hablando?.
Quizás estamos hablando de complejos históricos de inferioridad y dependencia muy ligados al género sexual de la mayoría de los miembros de mi profesión (dicho sea con la mayor objetividad y sin la menor acritud ni machismo: yo soy meritocrático), de miedo a la libertad FACULTATIVA (que YA poseemos y no ejercemos en el marco de nuestra labor diaria) y de la RESPONSABILIDAD que lleva aparejada... Quizás no hablamos de eso y estoy terriblemente equivocado, para no variar. Quizás...
¡Qué triste me ha puesto este tema!
Un ¿saludo?, mejor un PÉSAME.
 
He revisado ese decreto y llevas toda la razon. Para el que lo quiera leer....
 

Adjuntos

  • boe creacion 061.pdf
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¡Jesús, María y José...!:oops:
Gracias por confirmar mi información (lo tuyo con la investigación es de nota, querido Diego ;) ), pero eso no quita que (salvo error u omisión) parece que solo somos DOS, de entre los no demasiados pero tampoco escasos enfermeros que nos dedicamos a esto de las "emergencias", los que tenemos información ¿privilegiada? de algo tan absolutamente fundamental como ese BOE. En fin, poco a poco.
Un abrazo, Diego, desde Murcia (y suerte con el experimento... :cejas: )
 
Ese decreto es como la biblia para los que hemos estado en los distintos 061. Es la excusa para no poner directores de enfermeria, enfermeros en los CCU, o que los enfermeros puedan ser coordinadores de unidad asistencial. Una lastima. De todos modos, si os fijais, en el BOE pone que en el CCU trabajara "personal sanitario", en ningun momento excluye a los enfermeros. O a lo mejor lo he leido mal.
Respecto al experimento.... va todo perfecto. :grin:
Un abrazo ;)
 
Tolosa dijo:
Ese decreto es como la biblia para los que hemos estado en los distintos 061. Es la excusa para no poner directores de enfermeria, enfermeros en los CCU, o que los enfermeros puedan ser coordinadores de unidad asistencial. Una lastima. De todos modos, si os fijais, en el BOE pone que en el CCU trabajara "personal sanitario", en ningun momento excluye a los enfermeros. O a lo mejor lo he leido mal.
Respecto al experimento.... va todo perfecto. :grin:
Un abrazo ;)
E-F-E-C-T-I-V-A-M-E-N-T-E :evil: :evil: ::((:: ::((:: ::((:: ::((:: ::((::
Pero como "quien no llora, no mama" (y, entre otras cosas, la abulia en nuestro colectivo es rayana en lo absoluto...), nos va como nos va.
Que usted lo disfrute :cejas:
 
Quizás para rizar un poco más el rizo (conste que no es mala lec...), de todo ésto a mi me sale una gran duda: ¿Como qué contrataríamos a ésta persona? (D.U.E. de sala). Me explico.
Tendríamos la figura del DUE de sala, genial, ahora bien... Lo contrataríamos como DUE (1326,659€/mes brutos) o como Jefe de Tráfico (1080,043€/mes brutos)?
Ese DUE no saldría a la calle, pero sí que coordinaría o apoyaría a la coordinación...
¿Qué opinais?

PUNTUALIZO: Los datos económicos se basan en el convenio colectivo de Transporte Sanitario de Andalucía

PUNTUALIZO II: Que ningún DUE se me enfade. No llevo intención de despreciar/menospreciar a nadie.
 
Para aclarar un poco sobre de que estamos debatiendo:

De la web del SUMMA 112

Mesa de Enfermería en el SCU del SUMMA 112


Objetivos Generales:
  • Proponer la integración de los profesionales de enfermería en los Centros Reguladores de la Demanda Urgente (RMDU), como una parte más del equipo multidisciplinar responsable de la canalización, regulación, y asignación de recursos ante urgencias-emergencias.
  • Planificar y desarrollar un sistema de gestión propia desde en ámbito enfermero integrado en el Servicio Coordinador de Urgencias (SCU) del SUMMA 112, y que dé respuesta a la cartera de servicios descrita en los objetivos específicos.

Objetivos Específicos:
  • Coordinar los Pacientes Pendientes de Ingreso (C.P.P.I) de los hospitales de la Red Sanitaria Única de Utilización Pública (R.S.U.U.P), para mejorar los tiempos de espera en el ingreso, así como agilizar el traslado de pacientes a los hospitales de apoyo.
  • Coordinar el transporte sanitario de repatriación o traslados intercomunitarios, de aquellos pacientes que son trasladados de otras Comunidades, a la Comunidad de Madrid.
  • Coordinar los traslados interhospitalarios de pacientes psiquiátricos, gestantes, pediátricos y pruebas diagnósticas, y excepcionalmente los pacientes críticos.
  • Regular la demanda de la asistencia urgente extrahospitalaria de enfermería. (U.A.D) - Unidad de Asistencia Domiciliaria "Urgente" de Enfermería-
  • Realizar el preaviso hospitalario de pacientes críticos, mejorando la respuesta mediante una línea telefónica exclusiva, y la gestión de la cama de críticos en tiempo y forma.
  • Coordinar la activación del procedimiento de posibles pacientes donantes en asistolia extrahospitalaria (Código 0).
  • Realizar la coordinación del vehículo de transplantes del SUMMA 112.
  • Gestionar la Alerta Epidemiológica de la Comunidad de Madrid.
  • Gestionar y controlar las incidencias del dispositivo asistencial, para mejorar los tiempos de inoperatividad de los diferentes recursos.
  • Realizar la información sanitaria pertinente a la población general, desde la perspectiva de cuidados para la salud, por los profesionales de enfermería presentes en el SCU.
  • Dirigir la demanda asistencial referente a la información sanitaria, evitando su resolución en la mesa de transporte sanitario, urgencias y emergencias sanitaria (Campaña de Gripe 2005-2006).

Cartera de servicios.

  • Coordinación de Pacientes Pendientes de Ingreso.
    El objetivo de la C.P.P.I, es conseguir la notificación de forma centralizada de las camas disponibles, y los pacientes pendientes de ingreso en cada uno de los servicios de urgencia de los hospitales de la Comunidad de Madrid.

    Desde su inicio y hasta este momento todos los hospitales durante tres franjas horarias (9, 16 y 20 horas), han de ponerse en contacto con el SUMMA 112 mediante fax tipo facilitado por la consejería, con el objeto de informar sobre la situación general de la urgencia y camas libres de medicina interna y críticos, con la idea de prever la situación de colapso en las urgencias hospitalarias, para la posterior derivación de pacientes si así se requiere.
  • Repatriación de pacientes de otras Comunidades a la Comunidad de Madrid.
    El día 15 de Enero del año 2005, se suma una nueva función estratégica dependiente de los profesionales de enfermería, como es la gestión de las repatriaciones de pacientes de otras comunidades hasta la Comunidad de Madrid y que hasta este momento se realizaba en el Centro de Mando de Transporte Sanitario de la Comunidad de Madrid al cual estaban asociados una serie de profesionales sanitarios para dicha función, y que producto de la unificación del SER+MAS con el IMSALUD, pasa a depender del SUMMA 112.

    Los profesionales de enfermería presentes en el S.C.U, tienen la capacidad y responsabilidad de aceptar o denegar dicha repatriación, en función de unos requisitos específicos como son: tarjeta sanitaria de la Comunidad de Madrid, situación clínica actual del paciente, estabilidad del paciente sin necesidad de asistencia sanitaria en ruta, y aceptación del paciente por parte del hospital receptor.
  • Coordinación de Traslados Interhospitalarios.
    La gestión de los avisos interhospitalarios, o también denominados traslados secundarios, supone un 36,75% del total de la actividad, si bien en un primer momento solo se dicta orden de asumir exclusivamente los pacientes psiquiátricos, gestantes de riesgo, traslados pediátricos, y pruebas diagnósticas, y los críticos solo cuando sean demandados desde el área facultativa, los cuales suponen un total del 50% de los avisos gestionados por enfermería.
  • Regulación de la demanda urgente de enfermería.
    Hasta este momento y desde el año 1989 tras la creación del extinto Servicio Especial de Urgencias del 061, la recogida de datos, comunicación verbal con familia y paciente, así como la asignación del recurso, venía haciéndose de manos de una teleoperadora con mínimos conocimientos sanitarios.

    Tras la posibilidad que se brinda en este momento de acceder al Centro Coordinador, la tarea se retrae de dicha teleoperadora pasando a formar parte de las competencias enfermeras definidas en esta cartera de servicios.
  • Preaviso Hospitalario de pacientes críticos y Coordinación del Código 0.
    Nadie duda de la gran importancia que supone el preaviso hospitalario en el correcto enfoque del paciente crítico, con el fundamento crucial de llegar lo antes posible al hospital del nivel adecuado donde se oferten las especialidades necesarias para este tipo de pacientes. Si bien continuamente se reseña la importancia de la rapidez en los canales para la transmisión de datos, no es menos importante la información que proviene de los propios hospitales con respecto a la disponibilidad de camas en las unidades de cuidados intensivos, y que hasta el día de hoy se venía realizando mediante una llamada matutina desde el SUMMA 112, siendo registrado en un modelo establecido en formato papel.

    Así pues se entiende que si la Coordinación de Pacientes Pendientes de Ingreso se gestiona desde la mesa de enfermería, igualmente debería conocer el estado de ocupación de camas de críticos, bien sea vía fax o en un futuro no demasiado lejano con la implantación de una herramienta informática tipo web, la cual habrá de servir para una mayor agilidad a la hora de derivar al paciente crítico, y ocupar la cama del centro útil más cercano.

    El "Código 0" es una de las nuevas estrategias dirigidas desde la Organización Nacional de Transplantes (ONT) para la extracción de órganos en pacientes en asistolia en el ámbito extrahospitalario. Dicha coordinación comienza desde la Mesa de Enfermería en el S.C.U del SUMMA 112, con la activación de la Coordinadora de Transplantes del hospital de referencia, el Servicio de Urgencias del mismo, Cuerpos de Seguridad y la dotación del servicio, para conseguir los menores tiempos de respuesta y los mayores resultados positivos a la hora de la extracción de órganos.
  • Coordinación y movilización del vehículo de transplantes del SUMMA 112.
    Desde Enero del año 2003 el SUMMA 112 asume la movilización y traslado, tanto de los órganos como de los equipos de transplante de la Comunidad de Madrid. Dicha gestión se realiza en base a un protocolo consensuado con la Organización Nacional de Transplantes (ONT), y que hasta la incorporación en el SCU de la enfermería, era competencia del médico coordinador de guardia su regulación, y de los locutores la transmisión de datos.

    A través de la figura de la enfermera coordinadora, y tras asumir dicha función, el médico coordinador y los locutores implicados en dicha tarea son descargados de una actividad más, en mejora de la atención a los usuarios demandantes ante situaciones de emergencias.
  • Alerta Epidemiológica.
    La Mesa de Enfermería, ante una Alerta Epidemiológica, identificará el motivo que ha dado lugar a la alerta: enfermedad (botulismo, difteria, meningitis, etc.,…) o situación de la que se trate, por ejemplo, de escape de gas, contaminación de agua, alimento en mal estado, etc., así mismo se deberá identificar el posible factor de riesgo, en caso que se sospeche, por ejemplo intoxicación por inhalación de gas, gastroenteritis por consumo de ostras.

    La comunicación se realiza en base a un protocolo consensuado con el organismo específico de Salud Pública, vía telefónica y fax.
  • Control y Gestión de Incidencias Asistenciales.
    Durante muchos años y producto de la falta de un procedimiento para garantizar el "tiempo 0" de inoperatividad de los recursos asistenciales, así como la única figura de referencia para canalizar problemas en el desarrollo normal de la guardia (Jefe de Guardia), gran número de unidades se desplazaban a las dependencias centrales con el objeto de solventar problemas relacionados con el aparataje electromédico, material fungible, farmacología, etc..., con la posterior repercusión en los tiempos de operatividad, y la consiguiente merma en la respuesta asistencial por no estar localizadas dichas unidades en sus zonas de influencia.

    Con la incorporación de la enfermería al S.C.U se propone que sean los profesionales de referencia, para la gestión de incidencias en cuanto a logística se refiere, con la implantación de un nuevo procedimiento de gestión de flota de vehículos.
 
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