volcanic2
e-mergencista novel
Re: Modificación en el color de las luces prioritarias en los Vehículos de Emergencia
Prefiero f********, a que tiren a la p*** al rio, y te entiendo, pero no comulgo.
Y la ITV no homologa nada, dice si esta homologado o no, y punto, conforme a un monton de reglamentos que solo se lo estudian los ingenieros industriales de mecanica y automoccion.
Lo que si te puede decir, por experiencia propia que de no estar en conformidad algun vehiculo suelen ser de parques de voluntarios y municipales, ya que se lian a poner luces e historias sin tener nocion o conocimiento o preguntar antes. Y luego viene el problema de desmontar TODO para PASAR LA ITV, O CUANDO TOCAN CON EL GUARDIA DE TRAFICO SERIO Y LOS DENUNCIA.
Todo esta mirado y milimetrado, en el rgto vehiculos en sus anexos hace mencion a reglamentos CEE de homolagacion que regulan esto, como deben ir y en donde.
Como encargado, entre otras cosas, de gestionar un parque de cerca de 100 vehiculos de todo tipo de la Agrupacion de Trafico de la Guardia Civil, te puedo asegurar que TODOS estan conformes en sus luces y homologaciones, otros cuerpos policiales no lo se. Es mas, te dire que en contra del criterio de alguna ITV que opinaban que si, y al final se demostro que no tenian razon, la adiccion del puente de señalizacion NO ES REFORMA DE IMPORTANCIA. Por que no altera de manera fundamental la morfologia del vehiculos (por esta regla de tres , todos los vehiculos con vaca o el THULE que venden en los comercios deberian PASAR LA ITV y me cosnta que no es necesario).
VEAMOS QUE DICE EL RGTO DE VEHICULOS SOBRE LA SEÑAL V-1:
hay que tener en cuenta que La señal V2 y la V1 es la misma segun su uso, la diferencia es que señal V2 SOLO PUEDE IR UNA, ES DECIR SI TE FIJAS LOS TRACTORES, VEHICULOS DE OBRA PUBLICAS, CAMIONES DE LA BASURA SOLO DEBEN LLEVAR UNA (QUE NO SIEMPRE SE CUMPLE) Y LA SEÑAL V1 (AMBULANCIAS, BOMBEROS, ETC, SE PUEDEN UNIR, Y FORMAR UN PUENTE DE SEÑALIZACION) es decir :
V-1 VEHICULO PRIORITARIO 1. Indica que se trata de un vehículo de los servicios de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento, o de asistencia sanitaria, en servicio urgente, si se utiliza de forma simultánea con el aparato emisor de señales acústicas especiales, el cual se ajustará en cuanto a sus condiciones técnicas a lo que se establezca en la reglamentación que se recoge en el anexo I.(busca el rgto vehiculos y en el anexo I hace referencia a normas de homolacion CEE, esas normas, que por cierto son un coñazo , lo dejan todo bien clarito)
Por excepción de lo dispuesto en el párrafo anterior, los conductores de los vehículos prioritarios deberán utilizar la señal luminosa aisladamente cuando la omisión de las señales acústicas especiales no entrañe peligro alguno para los demás usuarios.
2. La señal luminosa de vehículo prioritario V-1 estará constituida por uno o dos dispositivos luminosos de color azul para los vehículos de policía, homologados conforme al Reglamento ECE número 65, y de color amarillo auto para los vehículos de asistencia sanitaria, extinción de incendios, protección civil y salvamento, homologados conforme al referido Reglamento ECE.
Y para saber si esta homologado un destellante, tambien del RGTO DE VEHICULO
2. Contraseña de homologación.
Se marcará en cada señal en el lugar y emplazamiento según consta en las figuras y estará formada por los caracteres Vxx (donde xx corresponde al número asignado a la señal de 1 a 20 en el artículo 173 del RD 13/1992) y un número correlativo que comenzará con el 001, dentro de un rectángulo de 5 mm de altura por 35 mm de largo.
Para las señales V-1, V-2, V-3, V-5, V-6 y V-16, se admitirá asimismo la contraseña de homologación conforme a los Reglamentos ECE números 27, 65, 69 ó 70, siempre que dicha placa esté homologada por cualquier país firmante de los acuerdos y se pueda demostrar fehacientemente mediante la pertinente documentación.
Y TODO ELLO DE CONFORMIDAD CON EL ART. 18 DE RGTO VEHICULOS:
Artículo 18. Señales en los vehículos.
1. Las señales en los vehículos que tengan por objeto dar a conocer a los usuarios de la vía determinadas circunstancias o características del vehículo en que están colocadas, del servicio que presta, de la carga que transporta o de su propio conductor, se ajustarán en cuanto a sus características y colocación a lo dispuesto en el anexo XI.
2. No obstante lo anterior, las señales en los vehículos exigidas en otras reglamentaciones específicas se ajustarán a lo dispuesto en el anexo I.
SI tienes interes este link es directo al rgto vehiculos:http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd2822-1998.html
sI TIENES MAS DUDAS O QUIERES ACLARACIONES, YA SABES DONDE ESTOY
Prefiero f********, a que tiren a la p*** al rio, y te entiendo, pero no comulgo.
Y la ITV no homologa nada, dice si esta homologado o no, y punto, conforme a un monton de reglamentos que solo se lo estudian los ingenieros industriales de mecanica y automoccion.
Lo que si te puede decir, por experiencia propia que de no estar en conformidad algun vehiculo suelen ser de parques de voluntarios y municipales, ya que se lian a poner luces e historias sin tener nocion o conocimiento o preguntar antes. Y luego viene el problema de desmontar TODO para PASAR LA ITV, O CUANDO TOCAN CON EL GUARDIA DE TRAFICO SERIO Y LOS DENUNCIA.
Todo esta mirado y milimetrado, en el rgto vehiculos en sus anexos hace mencion a reglamentos CEE de homolagacion que regulan esto, como deben ir y en donde.
Como encargado, entre otras cosas, de gestionar un parque de cerca de 100 vehiculos de todo tipo de la Agrupacion de Trafico de la Guardia Civil, te puedo asegurar que TODOS estan conformes en sus luces y homologaciones, otros cuerpos policiales no lo se. Es mas, te dire que en contra del criterio de alguna ITV que opinaban que si, y al final se demostro que no tenian razon, la adiccion del puente de señalizacion NO ES REFORMA DE IMPORTANCIA. Por que no altera de manera fundamental la morfologia del vehiculos (por esta regla de tres , todos los vehiculos con vaca o el THULE que venden en los comercios deberian PASAR LA ITV y me cosnta que no es necesario).
VEAMOS QUE DICE EL RGTO DE VEHICULOS SOBRE LA SEÑAL V-1:
hay que tener en cuenta que La señal V2 y la V1 es la misma segun su uso, la diferencia es que señal V2 SOLO PUEDE IR UNA, ES DECIR SI TE FIJAS LOS TRACTORES, VEHICULOS DE OBRA PUBLICAS, CAMIONES DE LA BASURA SOLO DEBEN LLEVAR UNA (QUE NO SIEMPRE SE CUMPLE) Y LA SEÑAL V1 (AMBULANCIAS, BOMBEROS, ETC, SE PUEDEN UNIR, Y FORMAR UN PUENTE DE SEÑALIZACION) es decir :
V-1 VEHICULO PRIORITARIO 1. Indica que se trata de un vehículo de los servicios de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento, o de asistencia sanitaria, en servicio urgente, si se utiliza de forma simultánea con el aparato emisor de señales acústicas especiales, el cual se ajustará en cuanto a sus condiciones técnicas a lo que se establezca en la reglamentación que se recoge en el anexo I.(busca el rgto vehiculos y en el anexo I hace referencia a normas de homolacion CEE, esas normas, que por cierto son un coñazo , lo dejan todo bien clarito)
Por excepción de lo dispuesto en el párrafo anterior, los conductores de los vehículos prioritarios deberán utilizar la señal luminosa aisladamente cuando la omisión de las señales acústicas especiales no entrañe peligro alguno para los demás usuarios.
2. La señal luminosa de vehículo prioritario V-1 estará constituida por uno o dos dispositivos luminosos de color azul para los vehículos de policía, homologados conforme al Reglamento ECE número 65, y de color amarillo auto para los vehículos de asistencia sanitaria, extinción de incendios, protección civil y salvamento, homologados conforme al referido Reglamento ECE.
Y para saber si esta homologado un destellante, tambien del RGTO DE VEHICULO
2. Contraseña de homologación.
Se marcará en cada señal en el lugar y emplazamiento según consta en las figuras y estará formada por los caracteres Vxx (donde xx corresponde al número asignado a la señal de 1 a 20 en el artículo 173 del RD 13/1992) y un número correlativo que comenzará con el 001, dentro de un rectángulo de 5 mm de altura por 35 mm de largo.
Para las señales V-1, V-2, V-3, V-5, V-6 y V-16, se admitirá asimismo la contraseña de homologación conforme a los Reglamentos ECE números 27, 65, 69 ó 70, siempre que dicha placa esté homologada por cualquier país firmante de los acuerdos y se pueda demostrar fehacientemente mediante la pertinente documentación.
Y TODO ELLO DE CONFORMIDAD CON EL ART. 18 DE RGTO VEHICULOS:
Artículo 18. Señales en los vehículos.
1. Las señales en los vehículos que tengan por objeto dar a conocer a los usuarios de la vía determinadas circunstancias o características del vehículo en que están colocadas, del servicio que presta, de la carga que transporta o de su propio conductor, se ajustarán en cuanto a sus características y colocación a lo dispuesto en el anexo XI.
2. No obstante lo anterior, las señales en los vehículos exigidas en otras reglamentaciones específicas se ajustarán a lo dispuesto en el anexo I.
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