Dudas para poder trabajar.

josev_quintana

e-mergencista nuevo
Me gustaría preguntar unas dudas. Tengo el curso antiguo de auxiliar de transporte de emergencia y he trabajado en una empresa privada durante 6 meses. Ahora estoy sacándome el grado medio de técnico, pero me gustaría trabajar para seguir aprendiendo y avanzando. ¿Podría convalidar mi experiencia y curso por un certificado profesional o algo para poder trabajar. Muchas gracias
 
Me gustaría preguntar unas dudas. Tengo el curso antiguo de auxiliar de transporte de emergencia y he trabajado en una empresa privada durante 6 meses. Ahora estoy sacándome el grado medio de técnico, pero me gustaría trabajar para seguir aprendiendo y avanzando. ¿Podría convalidar mi experiencia y curso por un certificado profesional o algo para poder trabajar. Muchas gracias

¿En calidad de qué has trabajado en la empresa privada?


Te remito al BOE:
1. Dotación mínima de los vehículos: Los vehículos destinados a la prestación de los servicios de transporte sanitario deberán contar durante su realización con la siguiente dotación de personal: a) Las ambulancias no asistenciales de clases A1 y A2, deberán contar, al menos, con un conductor que ostente, como mínimo, el certificado de profesionalidad de transporte sanitario previsto en el Real Decreto 710/2011, de 20 de mayo y, cuando el tipo de servicio lo requiera, otro en funciones de ayudante con la misma cualificación. b) Las ambulancias asistenciales de clase B, deberán contar, al menos, con un conductor que esté en posesión del título de formación profesional de técnico en emergencias sanitarias, previsto en el Real Decreto 1397/2007, de 29 de octubre, o correspondiente título extranjero homologado o reconocido y otro en funciones de ayudante que ostente, como mínimo, la misma titulación. c) Las ambulancias asistenciales de clase C, deberán contar, al menos, con un conductor que esté en posesión del título de formación profesional de técnico en emergencias sanitarias antes citado o correspondiente título extranjero homologado o reconocido, con un enfermero que ostente el título universitario de Diplomado en Enfermería o título de Grado que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de enfermería, o correspondiente título extranjero homologado o reconocido. Asimismo, cuando la asistencia a prestar lo requiera deberá contar con un médico que esté en posesión del título universitario de Licenciado en Medicina o título de Grado que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de médico, o correspondiente título extranjero homologado o reconocido.



Por otro lado puedes optar a las cualificaciones sanitarias sin cumples con los requisitos:

Un saludo y suerte.
 
Atrás
Arriba