Hola:
Una cosa que suele olvidarse, es que como el Auxiliar es eso auxiliar de enfermería, la responsabilidad legal de sus acciones recaen en el DUE. Es decir, el auxiliar realiza tareas delegadas por el DUE, que es quien responderá ante el juez en caso de que ocurra algo. El DUE tiene autonomía en lo referente a CUIDADOS DE ENFERMERÍA, legalmente es responsabilidad suya, así como en otras tareas complementarias derivadas del médico. En teoría el auxiliar está para colaborar con el DUE, pero legalmente su actividad es delegada por éste. Además hay procedimientos que no deberían realizar los auxiliares, como técnicas invasivas (canalización de vías, sondajes, ...) y administración de medicación. Su función es colaborar con el DUE en esas técnicas ayudándole con el material y en su realización. Cierto es que hay sitios, principalmente clínicas privadas, que por falta de personal estas tareas las realizan auxiliares, pero en caso de pasar algo a quien se le caerá el pelo es al DUE responsable, algo que muchos diplomados ignoran, sin saber que se están jugando el tipo.
Con esto no quiero quitar méritos al Auxiliar, que hace una labor encomiable, y que en muchos casos (por antigüedad en el puesto) conoce mejor muchos procedimientos que el DUE. Sólo que el personal que está autorizado, por titulación y conocimientos, para realizar esas técnicas es el DUE, aunque con ayuda del auxiliar.
Si nos ceñimos al significado, la misma palabra lo dice, auxiliar, es quien auxilia en las labores del enfermero.