Decreto DEA en Murcia

Juan A. Díaz

e-mergencista experimentado
En este caso Juan , va ser verdad eso de que mas vale tarde que nunca, en efecto ahora nos pondremos de corto y a trabajar;)
 
Es una buena noticia, aunque yo sería partidario de una norma nacional, porque si no llegamos al absurdo de que en el mismo país, una misma persona puede utilizarlo en un lugar y diez kilómetros más allá no.

Ahora hay Comunidades donde no hay norma y los puede usar "cualquiera". En otras, se necesita una certificación que es renovable cada X años, variando de un sitio a otro. En algunas personal médico y de enfermería pueden usarlo sin necesidad de ninguna certificación especial, mientras que en otras sólo puede el personal médico.

En resumen, yo vivo en una Comunidad donde de momento no está regulado y se lleva usando años sin ninguna preparación especial (cualquiera puede usarlo si dispone de uno). Trabajo en otra donde está regulado, y como enfermero puedo usarlo sin ninguna otra acreditación (médicos y enfermeros están exentos del curso, que sin embargo se exige a técnicos y a personal ajeno a los servicios de emergencias). Sin embargo, por ejemplo ahora, si voy a Murcia necesitaré una acreditación especial... :roll:, lo siento, pero me parece una chapuza nacional.
 
Me uno a tú opinión J.L.. Os explico un caso que, aunque no es personal lo vivo muy de cerca. Detabel esta acreditada por el Plan Nac. de RCP y la SEMICYUC (ERC) y por la AHA para el uso del DEA/DESA, Es decir por las dos Sociedades cientificas más importantes del mundo. Ademas de eso esta incrita en la Base de datos de la Junta de Andalucia para el uso de DEA/DESA y es Monitora de SVB y DEA/DESA por el Plan Nac. de RCP. El caso es que mientras este en Andalucia, que es donde vivimos puede usarlo e incluso impartir los cursos (aunque no firmarlos). Pero cuando se marcha a Galicia, su lugar de origen, no puede ni acercarse a uno, porque alli esta regulado de tal forma, que aunque se sigue el estandar del Plan Nac. de RCP, solo sera valido si dicho curso lo da una determinada Organización/Empresa.

Yo no tengo problema porque en Melilla, mi lugar de origen, no hay legislación al respecto, al menos que yo sepa.

Si ya es malo que haya Comunidades con diferentes legislaciones o sin ella, veo peor que el mismo curso no te valga porque no lo haya impartido una organización/empresa determinada (Monopolio). Y mas cuando se supone que dicho aparato ha sido diseñado para que lo pueda utilizar cualquiera. Y a mi se me plantea una pregunta, ¿De que va a servir que este disponible en los lugares públicos si no lo puedes utilizar libremente? No nos engañemos, esto no es como el permiso de conducir, la gente que no esta relacionada con esta profesión no hace estos cursos. O peor aunque los haga de que sirve si la Ley lo ha convertido en un MONOPOLIO.

¿Alguien me puede decir cual es la pena por utilizar dicho aparato sin la titulación exigida en dicho lugar? ¿Sería eximente el tener titulación valida en otra Comunidad?

Gracias
 
Ola Alvert

Detabel, en Galicia, si que se puede acercar a los DESA y los puede llegar a usar.

Aqui en Galicia, el uso del DESA está regulado por Real Decreto y publicado en el DOGA. (Diario Oficial de GAlicia).

Dice el DOGA:

"....... Los equipos formadores deberán estar debidamente reconocidos por esta entidad y deberán estar integrados por instructores y monitores de soporte vital, reconocidos por el European Resuscitation Council o la American Heart Association y la Consellería de Sanidad y Servicios Sociales. "


Si bien es cierto que a día de hoy, sólo el 061 imparte esa formación.



Artículo 9°.-Supervisión de este personal.

Los desfibriladores semiautomáticos externos sólo podrán ser utilizados por las personas que posean el correspondiente certificado de formación, inicial o continua dentro del cuadro de servicios médicos o bajo la coordinación del sistema médico de emergencias de la Comunidad, Urxencias Sanitarias de Galicia-061, bajo la responsabilidad de un médico que garantice el buen funcionamiento y el buen uso de este , garantizando un soporte vital avanzado inmediato.

Quizá monopolio, quizá no. No sé. Pero por lo menos hay una regulación.


Tambien hay que tener en cuenta que se supone que estos aparatos estarán en sitios de acumulacion de gente. Por ejemplo Centros Comerciales,donde los vigilantes de seguridad deberian estar formados, por ejemplo.

Saludos.




 
Hola!!
Bueno, enhorabuena, a ver si castilla y león sigue el mismo ejemplo. Solo un apunte, esa norma afecta a enfermeros, técnicos, socorristas, policías, ladrones, jeje, seguridad, camareros......
La pregunta es como usa "personal no médico", que personal no necesita realizar ese curso??
Bueno, pues de nuevo escribiendo por este foro, que estaba liado con el trabajo y cursos y cursos.
Un saludo...

PD: si mañana miercoles va alguien al congreso de valladolid de manejo del paciente neurocritico,espero que nos veamos.
 
Llevo tiempo buscando este tema en la pagina, por fin lo e encontrado. Gracias a Belladonna. Bueno a lo que voy. Ya esta bien hombre!! ya esta bien! En Murcia parece que vamos a la cola en todo leñe. Que hace ya tiempo que en otra comunidades ya se han implantado las columnas de rescate cardiaco en grandes superficies o aeropuertos. Mi opinion es que esto es un gran avance, pero que la administracion debe de controlar muy de cerca, para evitar posibles negligencias y controlar que el personal que pueda hacer uso de estos aparatos lo haga con la correspondiente titulacion.
 
No quiero entrar en politica, pero la sanidad deberia ser algo centralizado, no que asi nos planteamos "detalles" como el que nos trae entre manos, o que ciudadanos que tienen un hospital a 20 km, tengan que ir al de su comunidad autonoma que esta a 100. (No es un caso hipotetico)
 
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