Dar medicación en zona aislada???

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E31

e-mergencista novel
Me surgen algunas dudas sobre el siguiente tema, a ver si alguien puede dar luz con alguna normativa que así lo establezca:

Puede un guía de montaña formado en primeros auxilios dar medicación si por ejemplo se le solicita una aspirina, u otra medicación similar ???

Es legal vender medicación por ejemplo en un refugio de montaña?? o bien, ser facilitada por el guarda del refugio en caso de que se le solicite???

Gracias¡¡¡
 
Buena pregunta...
Hoy en día puedes tener a un médico al teléfono en casi todos los rincones de España, con una simple llamada al 112 o 061. Camplicarse la vida con los "tira y afloja" de las leyes es una tontería si puedes consultarlo y quedarte tranquilo y dejar del mismo modo a quien le estás dando la medicación.

Puede "DAR" medicación siempre que se la pidan y si dispone de ella... Si a mi me duele la cabeza y encuentro un bar cerca pido una aspirina y, amablemente, me la dan. La responsabilidad civil subsidiaria en éste caso es casi nula (aunque existe en otras variantes criminales).

Para vender medicación en España hay que tener licencia (se ha acordado así para que lleve intrínseco el deber de estar formado) pero si quieres venderla deja entender que aceptas donación.

ESO SI ¡OJO!, si ofertas Aspirinas como caramelos pude ser que te encuentres con más problemas que beneficios, por ello pregunta siempre si ya ha tomado aspirina con antelación y adviértele de que puede producir hemorragias en determinados casos (incluso mortales a distancias muy lejanas de los centros médicos).
 
Que yo sepa, yo como tecnico no puedo dar ni una aspirina sin prescripcion medica.... Con que alguien formado en primeros auxilios lo hara bajo su propia responsabilidad.
 
De todas formas, como comentaba queda claro que el tema de dar medicamentos no está permitido o no se debe, pero en base a que?? existe algún articulo legal que lo prohiba??? existe alguna sentencia condenatoria???

Pienso que el tema siempre tiene respuestas ambigüas en el sentido de que "esto es así, porque sí"¡¡¡

Sin embargo, pongamos otro ejemplo: grupo de rescate de bomberos o guardia civil que va a rescatar a una persona accidentada en zona montañosa bajo unas condiciones climatológicas muy contrarias, sin médico ni enfermero, y sin cobertura para contactar con un médico (bastante frecuente en estas zonas) ¿podrían administrar medicación?????

Volviendo al caso del guía y cambiando patologia???? en caso de diarreas podría administrar medicación? o esperaria a que se produjese una deshidratación??? Se podría administrar para evitar un mal mayor????? (contando que no hay posibilidad de contactar con un médico??
 
Estoy con Gonso061. En mi caso tengo como norma general NO dar ningún tipo de medicamento a nadie (ni siquiera una aspirina) aunque disponga de ellos en la ambulancia.

Según tengo entendido, a no ser que un médico lo autorice, no se puede suministrar ningún tipo de medicación y en caso de que por suministrar medicación el paciente sufriera algún daño las consecuencias legales para el técnico o socorrista que la suministró pueden ser muy importantes.

De todas formas no hablo con la ley en la mano asi que quizás alguien que sepa de leyes nos lo pueda aclarar del todo.

Por cierto, con respecto a lo que dice Scully creo que no es lo mismo que alguien te de una aspirina en un bar a que un técnico o socorrista te la esté dando ya que en este último caso el técnico o socorrista actúa como tal y tiene una responsabilidad con respecto al paciente, mientras que en el caso del bar es un ciudadano el que te da el medicamento y la responsabilidad de los efectos es del que decide tomarlo. No sé si me explico :? .

Un saludo.
 
E31 dijo:
Volviendo al caso del guía y cambiando patologia???? en caso de diarreas podría administrar medicación? o esperaria a que se produjese una deshidratación??? Se podría administrar para evitar un mal mayor????? (contando que no hay posibilidad de contactar con un médico??

Según yo creo, la podría administrar pero el socorrista sería responsable de lo que le pasara después a la persona y si sucediera algo podría ser incluso llevado a juicio (más de un caso se ha dado de gente que ha intentado socorrer con toda su buena voluntad, las cosas han salido mal y la familia de la víctima le ha denunciado).


Lo que sí es cierto es que todo esto son cosas que casi todo el mundo tiene como normas pero que casi nadie se ha parado a mirar si existe algún artículo legal que lo certifique. Pero digo yo que si todo el mundo lo cree así será porque así es...

Un saludo.
 
astomos dijo:
Por cierto, con respecto a lo que dice Scully creo que no es lo mismo que alguien te de una aspirina en un bar a que un técnico o socorrista te la esté dando ya que en este último caso el técnico o socorrista actúa como tal y tiene una responsabilidad con respecto al paciente, mientras que en el caso del bar es un ciudadano el que te da el medicamento y la responsabilidad de los efectos es del que decide tomarlo. No sé si me explico

Gracias a los juristas, existe un principio denominado "del buen Samaritano" que sirve como amortiguador de la acción. Hay que contar desde la base de que, para el juez, nuestro trabajo es de "ayuda" al personal médico, por lo que sería necesario justificar causas penales para ser condenado ( a carcel ).

Desde el punto de vista legal, el ejemplo del socorrista y el del camarero es exactamente el mismo. Otra cosa es aquellas bases sobre las que la defensa pueda asentar jurisprudencia.
 
Por cierto... No hay ninguna ley que prohíba dar una medicación a una persona, lo que se prohíben son las "intenciones". Por ejemplo, aquel que mate intencionadamente con medicamentos irá a la cárcel, pero no por haber dado el medicamento sin ser médico, sino por haber matado.

La legalidad sobre temáticas educativas dice, en su relación con la medicina, que tendrán (éstos licenciados) la potestad única de DIAGNOSTICAR Y TRATAR. En principio violar éste decreto no acarrearía delito penal. Lo que se viola es la legalidad cobre competencias, que originaría una multa económica y las medias cautelares que el juez considerase (libertad con cargos, fianzas, etc) dependiendo principalmente de lo que se haya causado con mencionada negligencia (pena de cárcel, etc).

Resumiendo, podría decirse que para la justicia el análisis ha de ralizarse de manera grupal, por lo que aventurar una respuesta sería muy difícil y arriesgado.
 
Ok. Gracias Scully por aclararme cosas. Como ya puse en un mensaje anterior yo hablaba desde la creencia, y viene muy bien enterarse de cómo son las cosas legalmente porque la mayoría de estos temas no los conocemos a fondo.

Un saludo.
 
Saludos a todos:
He leido este topico detenidamente y voy a solicitar con permiso del moderador que alguien me conteste como es que se venden medicamentos en españa,al parecer no se puede comprar nisiquiera una aspirina alla en una farmacia?
 
La medicación tiene que ser vendida únicamente por las farmacias (digamos que a través de ellas se lleva el registro de ellas, el control de calidad, y la correcta ingesta de los fármacos). Las ventas de fármacos fuera de las farmacias no está permitida, pues las farmacias aseguran la garantía del producto que otorga el laboratorio mientras que de otro modo podría verse alterada la composición, no ser oficial, haber sido manipulado...
 
Scully dijo:
Por cierto... No hay ninguna ley que prohíba dar una medicación a una persona

Si das algo lo haces bajo tu responsabilidad, y si le pasa algo al paciente el responsable eres tu....
 
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