Noticia de La Opinión de Zamora (12/10/06) http://213.0.95.34/secciones/notici...eccion=3&pIdNoticia=172976&rand=1160626976641
El TSJ condena a la Junta a indemnizar con 84.141 euros a la familia de un paciente fallecido en 2000
Considera a la Administración responsable patrimonial del traslado negligente del enfermo, que falleció en la ambulancia horas después de sufrir un accidente
J. A. G.
La Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León tendrá que indemnizar con 84.141 euros a la familia de Servilio Cid Alonso, un vecino de Friera de Valverde que falleció en la ambulancia durante su traslado desde el Hospital Comarcal, donde había sido atendido horas antes tras sufrir un accidente de tráfico. Así lo acaba de decretar la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, después de que el asunto, dirigido contra el facultativo que atendió al paciente, fuese archivado en la vía penal.
La Mesa por la Sanidad hizo pública ayer la sentencia, recordando que este fue uno de los primeros casos de mala asistencia sanitaria que dio a conocer tras su creación.
El TSJ examina de manera detallada el informe emitido por el médico forense de Benavente para llegar a esta resolución. Este informe concluyó, entre otros aspectos, que el tratamiento aplicado por el facultativo que atendió a Servilio se ajustó básicamente al que podría haber impuesto cualquier otro médico; que el tiempo de demora denunciado por los demandantes podría considerarse tiempo invertido en evaluar globalmente al enfermo que luego sería trasladado sin personal sanitario; y que respecto a si el enfermo hubiese podido salvar la vida en el traslado en ambulancia medicalizada o con personal cualificado, no se puede asegurar totalmente, sólamente que con ello, durante el traslado, al iniciarse el shock u otra incidencia, se habría podido asegurar que iba a recibir una asistencia sanitaria inmediata.
Del informe, dice la sentencia, «no se aprecia negligencia en el facultativo que atendió al lesionado en el Hospital Comarcal de Benavente, ni en la atención dispensada en él, ni en la decisión de su traslado; por lo que cabe concluir que no puede afirmarse que produjera un funcionamiento anormal de un servicio público en cuanto a la asistencia facultativa».
En cambio, prosigue la resolución, «ese funcionamiento anormal sí parece haberse producido en el momento del traslado». La resolución advierte al respecto que debe tenerse en cuenta que no se ha cuestionado por las partes ni que el traslado se hizo en una ambulancia de las llamadas normales, ni que en el centro sanitario desde el que se partió había disponibles otras ambulancias de las calificadas como UVIs móviles. Tampoco, que el estado del enfermo era de extrema gravedad.
«Pues bien -añade- si a ello añadimos lo que el forense dice en la séptima conclusión de su informe, ha de admitirse que por el personal sanitario del Hospital de Benavente se incurrió en una conducta negligente». «Y si el propio facultativo (forense) afirma que no puede asegurar que la cantidad de sangre perdida por Servilio Cid a causa del accidente de circulación previo en el que se vio involucrado fuera incompatible con su vida, y que tampoco puede pronunciarse sobre la previsión de muerte de dicho accidentado en la situación anterior al traslado, aparece como causa eficiente del fallecimiento la (...) falta de asistencia sanitaria inmediata al shock sufrido durante su traslado de Benavente a Zamora». En consecuencia, concluye, se cumple el requisito de la relación de causalidad entre el resultado lesivo y el funcionamiento anormal del servicio público sanitario de titularidad de la Junta.
Críticas por usar un helicóptero para llevar a un enfermo cuando faltaban ambulancias
La difusión de esta sentencia por parte de la Mesa por la Sanidad estuvo precedida por las críticas a otro presunto caso de mal uso del transporte sanitario. El portavoz de la plataforma explicó que Sacyl movilizó un helicóptero para trasladar a una anciana porque en ese momento no había en Benavente ninguna ambulancia.
Según Eugenio Bruña, tanto la UVI móvil como las ambulancia de soporte vital básico estaban ocupadas esa mañana y tras la petición de traslado, la Gerencia se vio obligada a enviar el helicóptero desde Valladolid. Este llegó a aterrizar en el campo de fútbol pero finalmente el traslado fue anulado por no considerarse ya necesario.
El portavoz de la Mesa situó este caso en el ámbito de las denuncias sobre la asistencia sanitaria que se presta en la ciudad.