Voy a tratar de hacer un análisis somero de los sistemas y luego dejaré que el resto de compañeros profundice más, especialmente en cuanto a normativa legal:
Efectivamente practicamente todos los servicios de urgencias dependen de las Comunidades Autónomas, algo así como los Estados Federales de USA para que se hagan a la idea los que no conocen España.
En España tenemos 17 comunidades autónomas que se dividen en Provincias, y las Provincias en Municipios.
En cuanto a policías tenemos 2 del Estado que están en todo el país (Cuerpo Nacional de Policía y Guardia Civil) y las municipales o locales que están en cada muncipio que la haya creado, normalmente los que tienen más de 5000 habitantes. También hay algunas comunidades autónomas que tienen su policía autonómica.
Protección Civil (algo así como Defensa Civil en muchos otros países)depende del Gobierno de España y a nivel local de los ayuntamientos.
Los servicios sanitarios suelen depender de las Comunidades Autónomas, en cambio los bomberos en la mayoría de los casos dependen de los ayuntamientos. Aunque últimamente se está dando la figura de los Consorcios de Bomberos, que agrupan los bomberos de una zona geográfica común (varios municipios colindantes, una Isla entera, etc...).
Antes había múltiples números de urgencias:
091: Cuerpo Nacional de Policía (Conocido como Policía Nacional, tienen este número en vigor desde 1961).
062: Guardia Civil.
080: Bomberos.
061: Ambulancias.
092: Policía Local.
088: Algunas policías autonómicas
etc, etc....
Te puedes imaginar el caos para un ciudadano. La Unión Europea decide acabar con este problema poniendo el Teléfono Único Europeo de Urgencias, el célebre 1-1-2 que ya conocerás por esta página. ¿Qué ocurre en España? Qué el Gobierno decide que cada comunidad implante el suyo como mejor le parezca. A partir de este momento es cuando se empiezan a unificar los criterios y servicios en muchos lugares. Aún coexisten los números en muchos sitios, pero llamando al 112 tienes acceso a todos ellos.
Funciones:
* Comunes al Cuerpo Nacional de Policía y la Guardia Civil:
Velar por el cumplimiento de las leyes y disposiciones generales.
Mantener y restablecer el orden y la seguridad ciudadana.
Prevenir la comisión de actos delictivos.
Investigar los delitos para descubrir y detener a los presuntos culpables.
* Exclusivas del Cuerpo Nacional de Policía:
Además de las anteriores en el ámbito territorial que le corresponde;
Control de entrada y salida del territorio nacional de españoles y extranjeros.
Vigilancia e inspección del cumplimiento de la normativa en materia de juego.
Investigación y persecución de los delitos relacionados con la droga.
Control de las entidades y servicios privados de seguridad.
* Exclusivas de la Guardia Civil:
Además de las anteriores en el ámbito territorial que le corresponde;
Las derivadas de la legislación vigente sobre armas y explosivos.
El resguardo fiscal del Estado y las actuaciones encaminadas a evitar y perseguir el contrabando.
La vigilancia del tráfico, tránsito y transporte en las vías públicas interurbanas.
Velar por el cumplimiento de las disposiciones que tiendan a la conservación de la naturaleza y medio ambiente, de los recursos hidráulicos, así como de la riqueza cinegética, piscícola, forestal y de cualquier otra índole relacionada con la naturaleza.
* Policía Local:
Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación.
Instruir atestados por accidentes de circulación dentro del casco urbano.
Vigilar los espacios públicos y colaborar con las FF y CC de S del Estado y con la Policía de las Comunidades Autónomas en la protección de las manifestaciones y el mantenimiento del orden en las grandes concentraciones humanas, cuando sean requeridos para ello.
Cooperar en la resolución de conflictos privados cuando sean requeridos para ello.
* Urgencias Sanitarias (Competencias generales):
Urgencias y Emergencias sanitarias en vía pública y domicilios.
Traslados URGENTES de Centros de Atención Primaria a Hospitales
Traslados entre Hospitales.
Teleasistencia.
* Bomberos:
Incendios urbanos.
Recates de animales.
Accidentes con mercancías peligrosas.
Rescates en accidentes de tráfico, derrumbamientos, montañas y cavidades (pozos, alcantarillas, galerías, cuevas, etc..)
Rescates acuáticos de personas, vehículos u objetos.
Rescates de suicidas.
Apertura de puertas con riesgo para personas y/o bienes.
Apertura de vehículos con personas en el interior.
Apertura de ascensores con personas en el interior.
Fugas de gas de uso industrial y doméstico.
Achiques y fugas de agua con riesgo para personas y/o bienes.
Alarmas centralizadas de fuego.
Desconexión de alarmas.
Desprendimientos que supongan riesgo para las personas y/o bienes
Manchas de aceite en vía pública.
Confío en que esto te aporte algo de luz en este follón que son las emergencias en España. Luego verás muchas siglas (SUC, SAMUR, SAMER, etc...), pero no son más que los nombres de los distintos servicios sanitarios en cada lugar. Obviamente en algunos lugares son más eficientes por preparación y medios materiales que en otros, pero eso es otra historia
Bueno, venga, el siguiente