Follow along with the video below to see how to install our site as a web app on your home screen.
Se debe tener en cuenta: This feature may not be available in some browsers.
ha llegado a mis oidos que van a pedir el citado carnet para llevar ambulancias .
¿alguien a oido algo? saludos
No se muy bien que es eso del C1.
Gracias, existe en España un cusro especifico para conducir ambulancias, con el que se de una licencia de conducir enpecial?
Se dice, se comenta, se rumorea...que los vehículos actuales (un poco más grandes) con la dotación y equipo completo supera los 3.500 Kg.
De hecho algunos nos sacamos el C en previsión de que algún día nos dieran el susto e incluso en las oposiciones pudieran pedir ese tipo de carnet.
Por ahora no hay variación al respecto; siguen pidiendo el BTP para conducir éstos vehículos y la tarjeta ITV de los vehículos (único documentos donde se acredita el peso) sigue manteniendo los 3.500 kg. Osea, que mientras que no varíen las tarjetas ITV de los vehículos a la hora de ponerlos en circulación no hay ningún problema al respecto.
pero si la GC, Ertzaintza, Mossos de Escruadra o la policia Foral Navarra te detienen en un control de esos en los que te miran todo, seguro que mas de uno tiene que dejar la ambulancia alli
Lo que vale es lo que dice la tarjeta ITV. El Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos , así lo establece. Y antes de poner en funcionamiento un vehículo tiene que cumplir con todos los requisitos establecidos. A nadie se le escapa que si no se cumpliera la ley al respecto podrían haber muchos responsables, todos los que se quieran, pero no el conductor.Sidreru dijo:El problema es que muchas pasan de 3500kg y,en vez de contratar conductores con carnet C,rebajan el peso de los vehiculos para que los lleven los BTP...y pasa lo que pasa (vease Cataluña y el lote de ambulancias retiradas)
Sobre lo del permiso C o BTP pues creo que deberia de existir una modificación legal ya que el unico permiso que habilita a circular con los prioritarios es el BTP,con lo que circular con un vehiculo de mas de 3500kg con prioritarios tambien se estaria incumpliendo la ley.
Un abrazo
Lo que vale es lo que dice la tarjeta ITV. El Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos , así lo establece. Y antes de poner en funcionamiento un vehículo tiene que cumplir con todos los requisitos establecidos. A nadie se le escapa que si no se cumpliera la ley al respecto podrían haber muchos responsables, todos los que se quieran, pero no el conductor.
Se establece al mismo tiempo que la responsabilidad de tener la documentación en regla de los vehículos a motor corresponde AL PROPIETARIO.
Si no eres el propietario del coche....¿como te van a pedir responsabilidad por no tener asegurado el vehículo? Otra cosa distinta es que vayas en un vehículo sin seguro y además borracho como un piojo y mates a tres personas. Claro que eres responsable, tanto si hay seguro como si no.Y eso de que la responsabilidad de la documentacion es del proietario....tengo mis dudas.Si yo conduzco un coche sin seguro,aunque no sea el propietario,me la cargo yo
Pues que conserven este trabajo, porque como tengan que llevar una camioneta de reparto (que en ocasiones son de mayor dimensión) y tengan que pasar por las mismas calles............. Cuestión de habilidad y sobre todo.....saber conducir.Ya se quejan muchos conductores que con un furgon normal les cuesta entrar en sitios ylo que conlleva a que te saques un carnet superior.
Pues que conserven este trabajo, porque como tengan que llevar una camioneta de reparto (que en ocasiones son de mayor dimensión) y tengan que pasar por las mismas calles............. Cuestión de habilidad y sobre todo.....saber conducir.