c1 para conducir ambulancias

amaña

e-mergencista novel
ha llegado a mis oidos que van a pedir el citado carnet para llevar ambulancias .
¿alguien a oido algo? saludos
 
ha llegado a mis oidos que van a pedir el citado carnet para llevar ambulancias .
¿alguien a oido algo? saludos

En Madrid y otros sitios ya se esta pidiendo tanto para ambulancias pesadas (sobre todos las de cajon,que "rozan" los 3500kg) como para los vehiculos de logistica y coordinacion.

Saludos
 
Hola compañeros.
Hacia ya algun tiempo que no dejaba caer mis letras por aquí, y ahora he visto una oportunidad.

Yo, como dije en algun post, me saqué, directamente el C para conseguir el BTP. Yo pienso que es bueno que se posea un carnet que permita llevar vehículos de elevado tonelaje (más de 3.500kg) para conducir una ambulancia.
Pues debemos pensar que la ambulancia no es solo un vehículo y ya está, sino que por el instrumental que lleva, todos los aparatos, los pacientes, etc, etc, pueden sobrepasar el límite de peso marcado para el B1.

Pero bueno, también entiendo que haya gente a la que no le haga nada de gracia tener que aprender a llevar un camión para poder conducir una ambulancia.

Con esto, ya me despido hasta otra colaboración, je,je
 
No se muy bien que es eso del C1. Solo les queria comentar que aca en México tambien se solicita un tipo de licencia especial para conductores de vehiculos de emergencia, pero no hay un curso especifico de echo para realizar el tramite se acude a una sesion donde hablan de manejo a la defensiva y el examen es el mismo que les aplican a los conductores de microbuses y caminoes de carga.​

Realmente hace falta una certificacion como operadores de ambulancias!!​
 
Gracias, existe en España un cusro especifico para conducir ambulancias, con el que se de una licencia de conducir enpecial?
 
La cuestión está en que cada vez se cogen vehículos más grandes (no sólo las de cajón), se les incluyen más cosas en el carrozado, y se les dota de más material.
Por tanto, en el momento en que pasan de 3500 Kg, no se pueden conducir con B+BTP, y hace falta el C.

Un saludo,
 
Se dice, se comenta, se rumorea...que los vehículos actuales (un poco más grandes) con la dotación y equipo completo supera los 3.500 Kg.

De hecho algunos nos sacamos el C en previsión de que algún día nos dieran el susto e incluso en las oposiciones pudieran pedir ese tipo de carnet.

Por ahora no hay variación al respecto; siguen pidiendo el BTP para conducir éstos vehículos y la tarjeta ITV de los vehículos (único documentos donde se acredita el peso) sigue manteniendo los 3.500 kg. Osea, que mientras que no varíen las tarjetas ITV de los vehículos a la hora de ponerlos en circulación no hay ningún problema al respecto.
 
pero si la GC, Ertzaintza, Mossos de Escruadra o la policia Foral Navarra te detienen en un control de esos en los que te miran todo, seguro que mas de uno tiene que dejar la ambulancia alli
 
Se dice, se comenta, se rumorea...que los vehículos actuales (un poco más grandes) con la dotación y equipo completo supera los 3.500 Kg.

De hecho algunos nos sacamos el C en previsión de que algún día nos dieran el susto e incluso en las oposiciones pudieran pedir ese tipo de carnet.

Por ahora no hay variación al respecto; siguen pidiendo el BTP para conducir éstos vehículos y la tarjeta ITV de los vehículos (único documentos donde se acredita el peso) sigue manteniendo los 3.500 kg. Osea, que mientras que no varíen las tarjetas ITV de los vehículos a la hora de ponerlos en circulación no hay ningún problema al respecto.

El problema es que muchas pasan de 3500kg y,en vez de contratar conductores con carnet C,rebajan el peso de los vehiculos para que los lleven los BTP...y pasa lo que pasa (vease Cataluña y el lote de ambulancias retiradas)

Saluudos
 
Lo que yo no se es porque cada vez pesan mas las ambulancias,desde mi punto de vista puede llegar a ser contraproducente ya que habra lugares por los que no puedan pasar a causa de su peso o tamaño,recordemos que no todo el pais son los centros de las ciudades.
Sobre lo del permiso C o BTP pues creo que deberia de existir una modificación legal ya que el unico permiso que habilita a circular con los prioritarios es el BTP,con lo que circular con un vehiculo de mas de 3500kg con prioritarios tambien se estaria incumpliendo la ley.
Un abrazo
 
pero si la GC, Ertzaintza, Mossos de Escruadra o la policia Foral Navarra te detienen en un control de esos en los que te miran todo, seguro que mas de uno tiene que dejar la ambulancia alli
Sidreru dijo:
El problema es que muchas pasan de 3500kg y,en vez de contratar conductores con carnet C,rebajan el peso de los vehiculos para que los lleven los BTP...y pasa lo que pasa (vease Cataluña y el lote de ambulancias retiradas)
Lo que vale es lo que dice la tarjeta ITV. El Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos , así lo establece. Y antes de poner en funcionamiento un vehículo tiene que cumplir con todos los requisitos establecidos. A nadie se le escapa que si no se cumpliera la ley al respecto podrían haber muchos responsables, todos los que se quieran, pero no el conductor.

Se establece al mismo tiempo que la responsabilidad de tener la documentación en regla de los vehículos a motor corresponde AL PROPIETARIO.
 
Sobre lo del permiso C o BTP pues creo que deberia de existir una modificación legal ya que el unico permiso que habilita a circular con los prioritarios es el BTP,con lo que circular con un vehiculo de mas de 3500kg con prioritarios tambien se estaria incumpliendo la ley.
Un abrazo

Sólo queria añadir un matiz que ya lo conto post atras otro forista (RAFETA) que para conseguir el BTP opto directamente por sacarse el C. Actualmente sacandote el C te dan el BTP por lo cual nadie incumple la ley.

En Madrid como ya han dicho en el Samur ya lo exigen y en las bolsas del Summa lo van a pedir... ¿verdad Emilio? que tu de esto si que estas enterado.;)
 
Una pregunta
Y porque hora esta moda de las ambulancias de cajon?
Ya se quejan muchos conductores que con un furgon normal les cuesta entrar en sitios ylo que conlleva a que te saques un carnet superior.El btp por libre te sale baratito pero el C tela
Los conductores de toda la vida con su ambulancia les ponen una de estas y se tiene que rascar el bolsillo para sacar n nuevo carnet,si lo pagara la empresa.......
 
Lo que vale es lo que dice la tarjeta ITV. El Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regula la Inspección Técnica de Vehículos , así lo establece. Y antes de poner en funcionamiento un vehículo tiene que cumplir con todos los requisitos establecidos. A nadie se le escapa que si no se cumpliera la ley al respecto podrían haber muchos responsables, todos los que se quieran, pero no el conductor.

Se establece al mismo tiempo que la responsabilidad de tener la documentación en regla de los vehículos a motor corresponde AL PROPIETARIO.

Lo que me refiero es que en ese caso concretos,los vehiculos pesaban mas de 3500 kg.en vez de conducirlos con el C,quitaron material (como el aire acondicionado y las dobles ruedas traseras) para que en la ITV diera menos de 3500kg

Y eso de que la responsabilidad de la documentacion es del proietario....tengo mis dudas.Si yo conduzco un coche sin seguro,aunque no sea el propietario,me la cargo yo ;-)

Saludos
 
Y eso de que la responsabilidad de la documentacion es del proietario....tengo mis dudas.Si yo conduzco un coche sin seguro,aunque no sea el propietario,me la cargo yo ;-)
Si no eres el propietario del coche....¿como te van a pedir responsabilidad por no tener asegurado el vehículo? Otra cosa distinta es que vayas en un vehículo sin seguro y además borracho como un piojo y mates a tres personas. Claro que eres responsable, tanto si hay seguro como si no.

Pero por el hecho de no tener el seguro o la ITV pasada no eres responsable.

Estaría bien que te prestara el coche para ir a trabajar, te parara la PGC y como no tengo la documentación en regla te soplan la multa.

Para despejar más dudas puedes repasar la ley, es corta. Aquí te pongo el primer artículo solamente.

Real Decreto 7/2001, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento sobre la responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

Artículo 1. Seguro de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor.
1. Todo propietario de vehículo a motor que tenga su estacionamiento habitual en España, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 16, está obligado a suscribir y mantener en vigor un contrato de seguro, por cada vehículo de que sea titular, mediante el que la entidad aseguradora cubra, en los ámbitos y con los límites fijados en este Reglamento para el aseguramiento de suscripción obligatoria, la responsabilidad civil prevista en el artículo 1 de la Ley sobre Responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, en su redacción modificada por la disposición adicional octava de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y supervisión de los seguros privados.
2. Además de lo previsto en el apartado anterior, la póliza en que se formalice el contrato de seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria contratada entre el tomador y la entidad aseguradora podrá incluir otras coberturas que libremente se pacten entre las partes, así como ampliar el ámbito y los límites de cobertura, rigiéndose en ambos casos por lo establecido en la Ley de Contrato de Seguro.
3. El propietario no conductor de un vehículo asegurado responderá de los daños a las personas y en los bienes ocasionados por el conductor cuando esté vinculado con éste por alguna de las relaciones que regulan los artículos 1903 del Código Civil y 120.5 del Código Penal. Esta responsabilidad cesará cuando el mencionado propietario pruebe que empleó toda la diligencia de un buen padre de familia para prevenir el daño.
El propietario no conductor de un vehículo sin el seguro de suscripción obligatoria responderá civilmente con el conductor del mismo de los daños a las personas y en los bienes ocasionados por éste, salvo que pruebe que el vehículo le hubiera sido sustraído.
 
Ya se quejan muchos conductores que con un furgon normal les cuesta entrar en sitios ylo que conlleva a que te saques un carnet superior.
Pues que conserven este trabajo, porque como tengan que llevar una camioneta de reparto (que en ocasiones son de mayor dimensión) y tengan que pasar por las mismas calles..............-uh-. Cuestión de habilidad y sobre todo.....saber conducir.
 
Pues que conserven este trabajo, porque como tengan que llevar una camioneta de reparto (que en ocasiones son de mayor dimensión) y tengan que pasar por las mismas calles..............-uh-. Cuestión de habilidad y sobre todo.....saber conducir.

No es lo mismo ir a entregar una caja de zapatos que ir a atender una pcr
 
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