Auxiliar de enfermeria capacitado para usar DESA

Canet

e-mergencista novel
Buenas;

Tengo una duda sobre si los auxiliares de enfermeria estan capacitados o no para el uso del DESA ya que son personal sanitario o por el contrario les exigen algun tipo de formacion complementaria.

He buscado por internet en distintas comunidades y la mayoria tienen un reglamento de uso del DESA pero para personal no SANITARIO.. Capacitan mediante pequeños cursos.

Y si se confirma que los auxiliares estan capacitados los futuros tecnicos de emergencias sanitarias tambien lo estarian al ser personal sanitario o no?

Gracias y un saludos.
 
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Respuesta: Auxiliar de enfermeria capacitado para usar DESA

Buenas;

Tengo una duda sobre si los auxiliares de enfermeria estan capacitados o no para el uso del DESA ya que son personal sanitario o por el contrario les exigen algun tipo de formacion complementaria.

He buscado por internet en distintas comunidades y la mayoria tienen un reglamento de uso del DESA pero para personal no SANITARIO.. Capacitan mediante pequeños cursos.

Y si se confirma que los auxiliares estan capacitados los futuros tecnicos de emergencias sanitarias tambien lo estarian al ser personal sanitario o no?

Gracias y un saludos.

Que yo sepa, la gran mayoría de la legislación referente al DEA/DESA habla de capacitación para personal no médico (que no es sinónimo de no sanitario) y en alguna comunidad puntual, amplían la exención al personal de enfermería.
Únicamente Navarra ha regulado recientemente una nueva normativa y permite a enfermería y técnicos en emergencias sanitarias (dado que en su plan de estudios existe formación en reanimación y desfibrilación) utilizar el desfibrilador sin ninguna capacitación añadida.
Luego nos encontramos con los casos de las Islas Baleares, donde deben capacitarse todo personal no médico, pero si alguien no capacitado lo usa no se le pedirán responsabilidades por ello.
Y el otro caso es el del País Vasco que también ha modificado este año la normativa y permite que personas no capacitadas lo utilicen siempre y cuando sea bajo indicación de los servicios de emergencias vía telefónica.

Por norma general, todo el que no sea médico debe estar acreditado y registrado para su uso (según los Decretos autonómicos que regulan el uso del desfibrilador).

Un saludo.
 
Respuesta: Auxiliar de enfermeria capacitado para usar DESA

en alguna comunidad puntual, amplían la exención al personal de enfermería.

Lo cierto es que son, al menos, la mitad de las CC.AA. que tienen regulado el uso del DEA/DESA (Madrid no lo tiene regulado) las que permiten sin ningún tipo de formación extra el uso a personal de enfermería (aunque no se refieren a auxiliares, sino a diplomados/graduados):
- Castilla y León
- Castilla-La Mancha
- País Vasco
- Navarra
- Aragón
- Cantabria
- La Rioja
- Canarias

Únicamente Navarra ha regulado recientemente una nueva normativa y permite a enfermería y técnicos en emergencias sanitarias (dado que en su plan de estudios existe formación en reanimación y desfibrilación) utilizar el desfibrilador sin ninguna capacitación añadida.

Además, hay otras comunidades que abren la opción a profesionales con título oficial que incluyan esta materia, y que supongo que, por tanto, incluirá a los TES:
Castilla La Mancha también incluye a "los profesionales sanitarios que dentro de su currículo formativo incluyan módulos de soporte vital básico y manejo de desfibriladores o tengan formación específica para ello".
Y Murcia dice lo siguiente: "Excepciones a la necesidad de acreditación
por la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Podrán utilizar aparatos desfibriladores externos semiautomáticos quienes estén en posesión de una titulación oficial reconocida en España en cuyo programa de estudios se incluyan las materias relacionadas en el Anexo."
 
Respuesta: Auxiliar de enfermeria capacitado para usar DESA

La lectura de todos los Decretos existentes la realicé hace un año para un estudio comparativo y el tema de la exención de enfermería era puntual en los Decretos existentes y justamente era algo que creaba bastante polémica por lo absurdo de tener en su plan de estudios universitario temario de electrocardiografía, reanimación, etc. y que en cambio, tuviesen que realizar un curso de 8h para aprender a utilizar un aparato que automáticamente te determina el ritmo eléctrico.
Mirando un poco por encima los que citaste, Castilla y Leon ha redactado el Decreto este mismo año, Murcia ha redactado la modificación que citas este mismo año también, Navarra hace apenas un mes,... tus datos son más actuales, así que rectifico lo de "puntual".
Se han puesto las pilas este 2011...

Me alegra ver que poco a poco se va actualizando la normativa y tienen en cuenta los ciclos formativos que ya incorporan temario en SVB y DEA.
Al menos demuestran tener un conocimiento sobre lo que están redactando.

En Catalunya se empezó muy bien, siendo la primera que legisló por Decreto (y desconozco ahora mismo si existe alguna normativa similar en otras comunidades) la formación en Asistencia Sanitaria Inmediata, tanto nivel II (los cursos de 50h de primeros auxilios) como la de nivel III (también llamado TTS) en el año 1996 y legislando el uso de desfibriladores por personal no médico a finales del año 2002.
En ese 2002 se acabó todo y eso hace que sea por ejemplo de las que no consideran capacitados ni a enfermería ni a técnicos y que tenga cosas tan curiosas como el hecho de que un médico deba firmar anualmente, un informe acreditando que la persona ha hecho un buen uso del desfibrilador (se supone según la normativa, que debe haber un desfibrilador concreto relacionado con el acreditado y que además disponga de un médico que lo supervise y evalue...).
Esta parte no la he visto implementarse nunca y no forma parte de la documentación que se transmite al Departament de Salut para renovar la acreditación, pero 9 años no han sido suficientes para modificarla y así está de desfasada la normativa, con médicos que interpretan de ella que si no hay un médico que autorice que el desfibrilador recomienda dar una descarga, no se le puede aplicar...

A ver si las nuevas modificaciones crean un efecto contagio entre comunidades y van regulando normativas similares a las de Navarra o el País Vasco, para autorizar al uso del DEA a gente con planes formativos reglados que den temario en SVB y DEA e incluso que si se dispone, se puedan seguir directrices por parte de sala para su uso por testigos.

Un saludo.
 
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