Hola, el otro dia en una charla de trabajo con varios compañeros enseñé un articulo sacado de este foro, que creo bastante interesante y de gran utilidad, pero hay un punto en el que algunos compañeros no estaban de acuerdo.
Es sobre la
Adaptación del Equipo de Trauma a la Dotación de una Ambulancia de Soporte Vital Avanzado, en el cual se recogían las funciones de cada uno de los componentes del equipo. Os pongo el link para que lo veais:
https://www.e-mergencia.com/index.php?page=11&mode=article&k=37
Pues bien, en las funciones del TEM1, entre otras, pone que es el responsable de la desfibrilación (se entiende q en una USVA es con un desfibrilador manual).
Algún compañero me dijo que no podia ser, ya que no era competencia del TEM / TES, y que si se tratase del DEA por ejemplo si que lo seria. Y que en caso de hacerlo si un familiar o alguien quisiera denunciar, podría tener problemas legales, ya que no está titulado oficialmente para ello.
Yo le dije que el Técnico no es el que va a decidir cuando dar una descarga ni mucho menos, solo que bajo la prescripción del médico va a realizar una técnica como es la de desfibrilar (solo aplicar la descarga a los julios que el medico diga y cuando el medico lo diga), al igual que puede ser la de inmovilizar, por decir algo, que también puede tener sus complicaciones si inmovilizamos mal.
Pues nada quería saber vuestras opiniones y si encontrais protocolos oficiales aprobados donde se recoja esto para poderme asegurar y enseñarselo, ya que me decia que ese artículo sería de opinión pero nada oficial.
Un saludo!!!!