En este mismo foro, allá por el 2002 nadie sabía exactamente por qué se trasladan acompañantes cuando las empresas concertadas lo son para el transporte de "pacientes". Se decía que en Andalucía todo paciente tiene derecho a ser acompañado. De un pequeño estudio que tengo hecho sobre el tema si bien no es del todo incierto, tampoco es del todo correcto. Sólo la "Carta de derechos y deberes del paciente", creo porque ahora hablo de memoria, recoge que toda persona tiene derecho a ser acompañada en todo momento de la cadena asistencial. Mi duda es ¿el transporte es cadena asistencial? ¿qué regula el tema legalmente? ¿si no hay regulación, por qué no 2 ó 3 acompañantes?