arrabal
e-mergencista experimentado
Re: ¿QUE SECCIONES TENEIS EN PC?
Cuando la población es igual a 20.000 o más habitantes el municipio esta "obligado" a tener un plan de emergencia, una protección civil, etc. Hay en muchas ocasiones que por no crear estos planes de emergencias se acogen al plan inmediatamente superior, en el caso de Madrid muchos municipios se acogen al PLATERCAM.
La figura del técnico municipal en protección civil no esta reflejado como una figura obligatoria, ya que la protección civil municipal se encuadra dentro de la concejalia de Seguridad Ciudadana (policia, y PC).
A lo que yo me refería es a nivel de agrupación, o incluso en colaboración con agrupaciones vecinas haces un estudio geografico de la zona, con sus riesgos. Es decir, que si tienes un tunel que pasa cerca de tu municipio, estudiar y analizar los posibles riesgos, para que si sucede algo no pille de nuevas. Al igual que planes de inundaciones en zonas de arroyos y ríos, incendios en municipios de la sierra, etc...
Si hay un tecnico en protección civil, pues esta bien que los estudios se realicen con él, pero si no lo hay, ya que no siempre la existencia de una protección quiere decir que sea porque hay más de 20.000 habitantes, y por lo tanto el ayuntamiento al no estar obligado se desentienda un poco, ¿no teneis nadie que realice esos estudios? ¿conoceis bien la zona en al que sois voluntarios?
Por otra parte los encargados de realizar estudios municipales son los técnicos municipales de Protección Civil, que son funcionarios con diplomatura y demás que realizan los estudios técnicos en edificios públicos y grandes actos como por ejemplo el plan de emergencia del recinto ferial de Córdoba o los simulacros y planes de edificios públicos y colegios.
Por cierto, ¿existe algún reglamento que diga las secciones que deben tener las agrupaciones?
Cuando la población es igual a 20.000 o más habitantes el municipio esta "obligado" a tener un plan de emergencia, una protección civil, etc. Hay en muchas ocasiones que por no crear estos planes de emergencias se acogen al plan inmediatamente superior, en el caso de Madrid muchos municipios se acogen al PLATERCAM.
La figura del técnico municipal en protección civil no esta reflejado como una figura obligatoria, ya que la protección civil municipal se encuadra dentro de la concejalia de Seguridad Ciudadana (policia, y PC).
A lo que yo me refería es a nivel de agrupación, o incluso en colaboración con agrupaciones vecinas haces un estudio geografico de la zona, con sus riesgos. Es decir, que si tienes un tunel que pasa cerca de tu municipio, estudiar y analizar los posibles riesgos, para que si sucede algo no pille de nuevas. Al igual que planes de inundaciones en zonas de arroyos y ríos, incendios en municipios de la sierra, etc...
Si hay un tecnico en protección civil, pues esta bien que los estudios se realicen con él, pero si no lo hay, ya que no siempre la existencia de una protección quiere decir que sea porque hay más de 20.000 habitantes, y por lo tanto el ayuntamiento al no estar obligado se desentienda un poco, ¿no teneis nadie que realice esos estudios? ¿conoceis bien la zona en al que sois voluntarios?