Uso obligatorio de DEA por bomberos

Manzano

e-mergencista experimentado
Buenas noches!!
Tengo una pregunta y querria soltarla por aqui, por si alguien conoce el tema y me puede orientar un poco al respecto.
Acerca de la posesion y utilizacion del DESA por Bomberos / Policias, y en concreto, si esto esta regulado y si esa regulacion les obliga a llevar, saber utilizar y utilizarlos en caso de necesidad.
Estoy formando a algunos parques de Bomberos en materia sanitaria y me surge esa duda, pues de ello depende que formemos a los profesionales en esta materia o no (ya sabeis que esta titulacion la tiene que avalar la Semyciuc y hay que acreditar al usuario para poder utilizar un DESA...).
En fin, si sabeis donde puedo encontrar esa documentacion os lo agradeceria enormemente.

Un abrazo y felices fiestas para todos!!!
 
Respuesta: Uso obligatorio de desa por bomberos

Puntualizar que el DEA, nombre que recomienda el Plan Nacional de RCP, no es de uso obligatorio por bomberos.

Su uso por personal no sanitario está legislado:
http://www.boe.es/boe/dias/2009/04/02/pdfs/BOE-A-2009-5490.pdf

Artículo 6.
[FONT=Arial,Arial][FONT=Arial,Arial]Personal autorizado para el uso de los DESA.[/FONT][/FONT]
1. Las comunidades autónomas establecerán los mecanismos necesarios para autorizar el uso de los DESA a todas aquellas personas que estén en posesión de los conocimientos mínimos y básicos necesarios para ello.
2. Los programas de formación, tanto inicial como continuada, para el personal no sanitario, serán organizados tanto por las comunidades autónomas como por entidades públicas o privadas debidamente autorizadas para ello.
El programa de formación deberá, al menos, desarrollar los siguientes contenidos:
a) Identificación de las situaciones susceptibles de uso de desfibriladores.
b) Utilización del desfibrilador semiautomático externo.

En Andalucia:
http://www.juntadeandalucia.es/boja/2012/46/2
Artículo 7. Personas habilitadas para el uso del desfibrilador.
1. Cualquier persona podrá hacer uso de un desfibrilador, siempre que tenga conocimientos básicos y mínimos que se puedan constatar en materia de reanimación cardiopulmonar, soporte vital básico y uso del desfibrilador, o bien esté en posesión del título de Licenciado en Medicina y Cirugía o Grado en Medicina, o de Diplomado Universitario de Enfermería o Grado de Enfermería, o de Formación Profesional de Técnico en Emergencias Sanitarias.


Y aunque el articulo es un poco antiguo:
http://www.semes.org/revista/vol21_1/11.pdf

Enlaces relacionados:
http://www.e-mergencia.com/foro/f14...gencias-no-sanitarios-bomberos-policia-22159/
http://www.e-mergencia.com/foro/f152/desfibriladores-unidades-policiales-30507/
http://www.e-mergencia.com/foro/f20...tomatico-personal-sin-curso-especifico-22169/

Un saludo.
 
Respuesta: Uso obligatorio de desa por bomberos

...//...Acerca de la posesion y utilizacion del DESA por Bomberos / Policias, y en concreto, si esto esta regulado y si esa regulacion les obliga a llevar, saber utilizar y utilizarlos en caso de necesidad...//...

Hay una Normativa a nivel nacional en España, pero al mismo tiempo con nuestro maravilloso estado de las autonomias, tambien hay regulacion especifica dependiendo de que comunidad autonoma estemos hablando.

Moraleja - Debes consultar la pagina web del Gobierno de Tu Comunidad Autonoma. ;)

Estoy formando a algunos parques de Bomberos en materia sanitaria y me surge esa duda, pues de ello depende que formemos a los profesionales en esta materia o no

De nada sirve que les formes si dentro de su equipacion y dotacion no lo van a llevar. Otra cosa es que les formes y les cuentes como funciona por si estando "fuera de servicio" tienen accesible uno y pueden utilizarlo. Aunque en este caso deben tener en cuenta la normativa de donde se encuentren.

Como anecdota, comentarte que yo estoy Certificado por AHA en la Comunidad de Madrid a traves de mi empresa, y que suelo ir a Canarias por motivos familiares, donde si existe una normativa especifica que ademas de tener el Diploma acreditativo, tienes que "pasar por caja :shock:" para obtener un carnet que te autoriza a usarlos.

Ni que decir tiene que si en alguno de esos viajes (tanto a Canarias como a cualquier otra parte se España) me encuentro con una PCR y tengo acceso a un DESA, lo voy a utilizar. No creo que si en el hipotetico caso que el tema llegara a un Juzgado, pudiendo acreditar mi formacion me condenarian a pagar una multa por no tener la acreditacion correspondiente de esa Comunidad.

(ya sabeis que esta titulacion la tiene que avalar la Semyciuc y hay que acreditar al usuario para poder utilizar un DESA...)

Eso no es cierto del todo... la Semyciuc digamos es la "escuela europea" y la AHA es la "escuela americana". Lo "importante" (y lo pongo entre comillas - Ver al final del post) es tener el curso por alguna de las dos instituciones.

Comentanos un poco mas de donde estamos hablando, si van a disponer de DESAS en sus dotaciones, etc...

Aqui te dejo algunos enlaces de interes:

Enlace e-mergencia.com - El Gobierno regula el uso de desfibriladores semiautomáticos en lugares públicos

Real Decreto 365/2009, de 20 de marzo, por el que se establecen las condiciones y requisitos mínimos de seguridad y calidad en la utilización de desfibriladores automáticos y semiautomáticos externos fuera del ámbito sanitario

Enlace Ministerio Danidad- Desfibrilación Semiautomática en España / Informe 2007

Enlace fgcasal.org - La implantacion de desfribiladores en zonas publicas: Protocolos de uso y recomendaciones - Informe Final

Yo personalmente coincido con las siguientes conclusiones del Informe del ultimo enlace, que por cierto en la pagina 21 encontraras unos enlaces de legislacion de las diferentes Comunidades Autonomas.

Cita: "En relación al "primer interviniente" y las responsabilidades asociadas al uso del desfibrilador, hubo consenso en que la población mayor de edad debería estar habilitada para el uso de los DEA sin necesidad de formarse en su uso y que en ningún caso debería existir responsabilidad punitiva o sanciones por el uso de los DEA por personal no sanitario.

El Dr. Narciso Perales apuntó que las recomendaciones internacionales "es habilitar a todos los mayores de edad para el uso del desfibrilador, en ningún caso penalizar" porque…. "está demostrado que la utilización de los DEA no negligente es totalmente segura. Su utilización debería estar explícitamente despenalizada." (Dr. Juan Bautista López Messa); "los DEA son suficientemente seguros hagamos lo que hagamos con ellos" (Dr. Julián Elola).

En relación a la formación requerida en las legislaciones vigentes, a lo largo del debate se diferenció la formación en resucitación y la el uso del desfibrilador y hubo consenso en que el uso del desfibrilador no requiere formación: "Se da la paradoja de que para hacer la resucitación nadie exige una titulación y sin embargo para usar el desfibrilador sí.

En cualquier caso, debe indicarse la no obligatoriedad de ambas cosas en el caso de atender una parada cardíaca por cualquier ciudadano" (Dr. Juan Bautista López Messa) ...//...

La mayoría de los expertos consideraron que la exigencia demostrable de unos conocimientos sobre RCP no debería confundirse con la realización de un curso concreto y cualquier ciudadano podría acceder a ese examen sin coste ni requisitos previos. "La difusión del conocimiento de las maniobras básicas de resucitación por parte de todos los ciudadanos es un objetivo importante en la lucha contra la parada cardiaca súbita ...//...

El grupo estuvo de acuerdo en que es importante que la población general conozca la existencia de esta tecnología y vencer los temores que su uso en muchos casos genera: "Se debe trasmitir la inocuidad y seguridad de su utilización no negligente, y los beneficios que puede producir." (Dr. Juan Bautista López Messa); "… transmitir la impresión de que para manejar un DEA hace falta un curso oficial de 12 horas y que es necesario repetir ese curso de manera anual o bianual y examinarse cada vez de ello convierte a esta tecnología en algo aparentemente complejo y difícil de usar." (Dr. Julián Elola)...//...

Sería recomendable incluir los conocimientos de RCP en la formación general básica y en la formación de aquellos colectivos como policía, personal de transporte sanitario, bomberos y otros que intervienen habitualmente en emergencias...//...

Finalmente, la formación de policías, bomberos, etc, que por una lado puedan ser primeros intervinientes y por otro formadores de otros ciudadanos en su ámbito de actuación." (Dr. Juan Bautista López Messa); "La población general debería tener conocimientos en RCP. Los colectivos como policías, bomberos, vigilantes de seguridad, etc, que pueden verse implicados en la atención a las víctimas de la paradas cardiacas deberían obligatoriamente tener un conocimiento teórico y práctico de la RCP básica y del uso del DEA, periódicamente actualizado" (Dr. Narciso Perales)...//...

El grupo reunido llegó al consenso que tanto el conocimiento de las maniobras de resucitación, la cadena de supervivencia y el uso de estos aparatos debería integrase, sin duda, en la formación de colectivos como bomberos, policía, militares, etc… e incluso en la formación de la población general a través de la propia educación escolar...//... "

Un saludo
 
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Respuesta: Uso obligatorio de desa por bomberos

CurroJimenez;459917

Eso no es cierto del todo... la Semyciuc digamos es la "escuela europea" y la AHA es la "escuela americana". Lo "importante" (y lo pongo entre comillas - Ver al final del post) es tener el curso por alguna de las dos instituciones.



Tampoco es exacto esto sobre laSemicyuc.Actualmente es miembro fundador del Consejo español de resucitación. Y Aquí podemos ver el listado de miembros.

Salud
 
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