Prescripción enfermera en el entorno de la urgencia y emergencia.

¿Es aplicable la prescripción enfermera al área de las urgencias y emergencias?


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Respuesta: Iniciativa para que los enfermeros receten algunos medicamentos

Algo sobre la reciente aprobación del decreto en Andalucía en el siguiente enlace:

http://www.sas.junta-andalucia.es/p...ina=gr_prestacion_enfermeras&PrPet=51513&NB=4

Cito:

Andalucía aprueba el decreto que define la actuación de las enfermeras y los enfermeros en el ámbito de la prestación farmacéutica en el Sistema Sanitario Público

Introducción
Las enfermeras y enfermeros del Sistema Sanitario Público de Andalucía serán los primeros en el territorio nacional en poder intervenir en la prestación farmacéutica, en base al acuerdo para la aprobación de este Decreto adoptado por el Consejo de Gobierno, el pasado 21 de julio de 2009.


La aprobación de esta norma supone un avance para el desarrollo de la profesión enfermera, un reconocimiento a las actuaciones que anteriormente y hasta la aprobación de la Ley 29/2006, de julio, de Garantía y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios, se venían realizando, dotándola ahora de un marco jurídico de referencia que le permitirá aumentar su ámbito competencial en todos estos aspectos relacionados con la indicación de fármacos y la indicación y prescripción productos sanitarios y, ante todo, supone un avance en la mejora de la seguridad clínica y de la accesibilidad a los servicios relacionados con estos aspectos que el ciudadano necesita del Sistema Sanitario y que debían estar en muchos casos en el ámbito de decisión de los cuidados (...)

Parece pues que el tema sigue su curso.

Un saludo.
 
Enhorabuena a los andaluces

Dejo un link directo al Decreto aprobado hoy por la Junta de Andalucia donde se autoriza la indicación y prescripción de fármacos y productos sanitarios a los/las enfermeros/as del Sistema Público de Andalucia. Espero que, por extensión, se unan el resto de comunidades.

Click Aquí

Un saludo.
 
Respuesta: Iniciativa para que los enfermeros receten algunos medicamentos

Enfermeras de Andalucía comienzan su formación para poder recetar

JANO.es y agencias · 08 Septiembre 2009 11:53

La Consejería de Salud ha puesto ya en marcha el plan de formación para los más de 25.000 profesionales de enfermería que hay en la comunidad

La Consejería de Salud de la Junta de Andalucía ha puesto ya en marcha el plan de formación para que los más de 25.000 profesionales de enfermería que hay en Andalucía puedan indicar productos sanitarios y medicamentos no sujetos a prescripción médica, desarrollando así la nueva normativa aprobada por el Gobierno andaluz que regula esta prestación, que comenzará a hacerse efectiva a partir de mitad de septiembre.
En total serán 360 los profesionales que se encargarán de trasladar los conocimientos necesarios al conjunto del colectivo de enfermeras, que en Andalucía podrán indicar hasta 96 fármacos distintos -comercializados en 400 presentaciones diferentes-. Entre estos medicamentos se encuentran antiácidos, laxantes, medicamentos para el dolor y la fiebre, antiinflamatorios, vitaminas o antihistamínicos.

En concreto, dicha estrategia formativa se ha estructurado de forma escalonada, de manera que un grupo de una veintena de formadores que han sido seleccionados para este fin acaba de comenzar a impartir un módulo sobre esta materia destinado a los equipos directivos y de formación de todos los centros del sistema público de andaluz.

Fases
El plan formativo consta de una primera fase que incluye conocimientos básicos sobre la normativa legal vigente, así como un taller sobre uso adecuado de determinados productos sanitarios y práctica segura en el uso de medicamentos.

Tras la realización de estos cursos, los profesionales de este colectivo recibirán los talonarios de orden enfermera, de los que se han distribuido ya 67.000 a los centros, y podrán comenzar a desarrollar la nueva actividad, lo que está previsto que empiece la próxima semana. Además, dispondrán de un amplio dossier informativo digital sobre esta nueva prestación.

En una segunda fase de aplicación, las enfermeras podrán realizar, a través de receta electrónica, el seguimiento de los tratamientos farmacológicos prescritos por su médico de familia a pacientes crónicos, diabéticos, con dolor crónico, con úlceras por presión o con tratamiento de anticoagulación, entre otros, a través de protocolos previamente establecidos. Dicha fase de implantación también llevará aparejada un plan formativo específico.

La indicación de productos sanitarios y fármacos no sujetos a prescripción facultativa permitirá ofrecer una respuesta más “ágil, cómoda y segura” para los ciudadanos, especialmente para aquéllos que requieren cuidados a domicilio o tienen mayor relación clínica con las enfermeras, como las personas con enfermedades crónicas, según la Junta.

Primera comunidad que regula la prescripción enfermera
Andalucía es la primera comunidad autónoma que regula esta indicación y se prevé que sean más de un millón los pacientes crónicos o que requieren cuidados a domicilio los que se beneficien de esta nueva modalidad de indicación de fármacos y productos sanitarios.

La indicación de determinados medicamentos y productos sanitarios por parte de las enfermeras se enmarca en la Estrategia de Cuidados impulsada por la Consejería de Salud, que tiene como objetivo dotar a estos profesionales de un marco competencial más amplio.

En este desarrollo, se ha avanzado en aspectos como una mayor participación de los profesionales de enfermería, en colaboración con el resto del equipo sanitario, en la solicitud de pruebas complementarias, la capacidad de derivación o realización de determinadas técnicas diagnósticas y terapéuticas.

Cirugía menor ambulatoria

Así, las enfermeras participarán en la realización de la cirugía menor ambulatoria que se realiza en los centros de salud, se encargará el seguimiento de los pacientes frágiles que viven en residencias y contribuirán a mejorar los circuitos del área de Urgencias, en tanto estarán capacitados para derivar pacientes al especialista e indicar pruebas diagnósticas.

La extensión de las potencialidades de la enfermería se suma a la labor fundamental que vienen realizando en la atención a la dependencia y a las personas de mayor vulnerabilidad o su papel relevante en los cuidados ante la muerte y el desarrollo de la Ley de muerte digna.

Orden enfermera
La indicación de medicamentos y productos sanitarios se realizará a partir de un documento denominado “orden enfermera”, que ya está disponible en los centros de salud y que podrá ser tanto en formato papel como digital. En este documento, cada enfermera se identificará con su nombre y apellidos y su código numérico personal.

Además, siempre que sea posible, los medicamentos se indicarán en la orden enfermera por su principio activo y los productos sanitarios por su denominación genérica. En la historia clínica del paciente, se registrará el contenido de la orden enfermera.
Existen tres modelos distintos de orden enfermera que se utilizarán en función de las circunstancias de indicación. Así, uno de los modelos se utilizará para la dispensación en oficinas de farmacia, un segundo para entrega directa a los pacientes en los propios centros de productos sanitarios y el tercer modelo de uso interno de medicamentos para utilización en pacientes ingresados.
 
Respuesta: Iniciativa para que los enfermeros receten algunos medicamentos

LOS MÉDICOS SOLICITAN LA PARALIZACIÓN DEL DECRETO ANDALUZ SOBRE 'PRESCRIPCIÓN ENFERMERA'
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Madrid 21/09/2009 El Consejo General de Médicos (OMC) va a presentar un recurso contencioso-administrativo contra el Decreto por el que se define la actuación de la Enfermería en el ámbito de la prestación farmacéutica del Sistema Sanitario Público de Andalucía, dado que podría estar "viciado de nulidad".
Este Decreto, que entró en vigor el pasado mes de agosto, también podría estar incurriendo, a juicio de la Organización Médica Colegial (OMC), en otros puntos de ilegalidad. Así, según la OMC, existe una infracción del principio de delimitación de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas en materia de regulación del ejercicio profesional, pues constitucionalmente tal competencia corresponde en exclusiva al Estado. Los médicos señalan que, tal y como indica la consolidada jurisprudencia del Tribunal Constitucional, no corresponde tal competencia legislativa a las CC.AA, por lo que el Decreto en cuestión fue promulgado por la Junta de Andalucía sin habilidad legal ni competencial alguna.

La segunda anormalidad que observa la OMC es la infracción del principio de reserva legal, ya que, según el artículo 36 de la Constitución, la regulación de las profesiones debe hacerse por Ley (no por Decreto). Tan es así que, en materia de profesiones sanitarias, la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS), en su artículo2.3, reservó a la Ley la declaración formal del carácter de profesión sanitaria y regulada. Por lo que el Decreto referenciado no tiene rango legal, sino reglamentario.

Delimitación de las profesiones sanitarias

El Decreto también estaría infringiendo la regulación legal sobre delimitación de las profesiones sanitarias, pues la LOPS tampoco atribuye a los enfermeros la competencia profesional para prescribir o indicar los medicamentos que han de dispensar los farmacéuticos, y menos aún les otorga la competencia de diagnosticar, "algo que es sólo competencia de los médicos y odontólogos". Por ello, la OMC recuerda que, según la jurisprudencia de los tribunales de los contencioso administrativo y sin diagnóstico previo, es imposible prescribir, ni siquiera los medicamentos que no están sujetos a prescripción médica.

Ante estas irregularidades competenciales, el Consejo General de Colegios de Médicos ha decidido iniciar un recurso contencioso-administrativo y solicita la paralización cautelar de la ejecución del Decreto, hasta que se dicte la sentencia.

http://www.actasanitaria.com/actasa...rollo_noticia.jsp?idCanal=1&idContenido=14863

Un saludo..;)
 
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¿¿diagnosticar es sólo competencia de los médicos y odontólogos??
Pasen y vean los diferentes topics acerca de los Diagnósticos Enfermeros.
 
Respuesta: Iniciativa para que los enfermeros receten algunos medicamentos

Realmente es un tema peliagudo este de la prescripción enfermera. Soy cosciente de que la función de diagnóstico médico es función de éstos, y aunque existe los diagnosticos enfermeros, no creo que sea muy amplia las causas que justifiquen la prescripción de un tratamiento médico, a menos que sea de seguimiento de uno ya prescrito con anterioridad por un facultativo.

En cuanto a la competencia de mandar pruebas diagnósticas no se hasta que punto se puede resguardar bajo esa entidad llamada "Diagnósticos de enfermería" ya que creo que en la gran mayoría, una prueba diagnóstica va encaminada a solventar las dudas existentes para dar con el diagnóstico médico.

Que conste que estoy a favor del avance en la enfermería, pero pienso que con este tema se puede estar involucrándose en temas médicos aparte de pensar que se hace para descargar trabajo a los facultativos supliendo tareas propias de éstos.

En fin... a ver que pasa.

UN SALUDO
 
Respuesta: Iniciativa para que los enfermeros receten algunos medicamentos

¿¿diagnosticar es sólo competencia de los médicos y odontólogos??.
Los diagnósticos médicos y las sospechas diagnósticas de las que deriva la solicitud de pruebas diagnósticas complementarias, el juicio diagnóstico y la prescripción de fármacos para el tratamiento médico de la enfermedad, sí, solo es competencia de ellos.

En el último post que escribe Belladonna, la noticia comenta lo siguiente:

La indicación de determinados medicamentos y productos sanitarios por parte de las enfermeras se enmarca en la Estrategia de Cuidados impulsada por la Consejería de Salud, que tiene como objetivo dotar a estos profesionales de un marco competencial más amplio.[......]En una segunda fase de aplicación, las enfermeras podrán realizar, a través de receta electrónica, el seguimiento de los tratamientos farmacológicos prescritos por su médico de familia a pacientes crónicos, diabéticos, con dolor crónico, con úlceras por presión o con tratamiento de anticoagulación, entre otros, a través de protocolos previamente establecidos. Dicha fase de implantación también llevará aparejada un plan formativo específico

Yo como comenta Slash, no creo que amplie el campo competencial, sino que agiliza la burocracia que en muchas ocasiones saturan las consultas médicas. Solo que al venderlo como "ampliar las competencias" parece que suene mejor...pero si lo pensamos bien, lo subrayado en el párrafo anterior, ya lo hace la enfermería...
Realmente la indicación por parte de la enfermería de productos sanitarios y de medicamentos no sujetos a prescripción facultativa (como dice el texto de la noticia que colgó Belladonna*), realización de pruebas diagnósticas (como por ejemplo ecg, analíticas de seguimiento de pacientes de programas de DM, HTA, obesos...) curas domiciliarias con material específico (parches, pomadas...).... No es realmente ninguna novedad, ni ninguna ampliación del marco competencial....a mí me sigue dando la sensación de vender la misma burra pero con la etiqueta de rebajas encima del precio anterior....:roll:

*
La Consejería de Salud de la Junta de Andalucía ha puesto ya en marcha el plan de formación para que los más de 25.000 profesionales de enfermería que hay en Andalucía puedan indicar productos sanitarios y medicamentos no sujetos a prescripción médica

En este desarrollo, se ha avanzado en aspectos como una mayor participación de los profesionales de enfermería, en colaboración con el resto del equipo sanitario, en la solicitud de pruebas complementarias, la capacidad de derivación o realización de determinadas técnicas diagnósticas y terapéuticas.
Cuántas veces la enfermería del EAP rellena la petición de por ejemplo HbA1c para el control de los diabéticos de su cupo?? O los controles de Sintrom, o los electrocardiográficos???.....

Los fármacos no sujetos a prescripción médica, puedes recomendarlos o indicarlos (como dice el texto)...pero realmente, al no estar sujetos a prescripción facultativa, cualquiera puede ir a por ellos a la farmacia.....:roll:

En una segunda fase de aplicación, las enfermeras podrán realizar, a través de receta electrónica, el seguimiento de los tratamientos farmacológicos prescritos por su médico de familia a pacientes crónicos, diabéticos, con dolor crónico, con úlceras por presión o con tratamiento de anticoagulación, entre otros, a través de protocolos previamente establecidos. Dicha fase de implantación también llevará aparejada un plan formativo específico.
Que lo protocolicen y que hagan formación específica, me parece estupendo....la docencia y el orden a la hora de hacer las cosas siempre son bien recibidos...pero realmente sigo sin ver nada nuevo en lo que se cuenta, nada que no se haga ya....excepto tener recetas electrónicas propias!!!..impresionante!!...:roll:

Siento el escepticismo...pero me parece que únicamente nos quieren regalar los oídos...si de la noche a la mañana nos dijesen que X papelitos que rellenan los facultativos a partir de ahora los tiene que rellenar el enfermero porque éstos tienen exceso de trabajo...seguro que más de uno renegaba....:roll:

Con todo esto no quiero decir que no me parezca bien la prescripción enfermera de muchos productos (yo misma me he visto en la situación por ejemplo de ir a curar una úlcera y que al paciente no le quedase material porque no le han podido dar cita hasta dentro de una semana...), ni me parece mal ayudar al colectivo médico en la medida que podamos...(de ahí lo de EQUIPO de atención primaria)
Lo que quiero decir es que me sigue dando la sensación que nos venden la misma burra que ya nos regalaron..de un modo demasiado sofisticado...

Un saludo.
 
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Luz verde parlamentaria a la prescripción enfermera
JANO.es · 29 Octubre 2009 11:45
Sanidad tiene un año para decidir qué medicamentos con receta y en qué condiciones podrán ser prescritos por estos profesionales

El Congreso de los Diputados ha aprobado una modificación del artículo 77 de la actual Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios por la que podólogos y profesionales de Enfermería podrán prescribir medicamentos, una condición antes exclusiva de los médicos y odontólogos.
El texto, aprobado en la tarde de ayer en la Comisión de Sanidad y Consumo de la Cámara Baja con competencia legislativa plena, ha sido apoyado por todos los grupos parlamentarios a excepción del PP, que se abstuvo en la votación, y continuará su tramitación en el Senado, donde si no se producen enmiendas se dará luz verde definitiva a dicha modificación.

De este modo, los podólogos tendrán competencias exclusivas para recetar medicamentos sujetos a prescripción médica mientras que, en el caso de los enfermeros, podrán indicar, usar y autorizar la dispensación de todos aquellos medicamentos de venta sin receta, los llamados OTC –tales como el ibuprofeno, el paracetamol o el acido acetilsalicílico–, como los productos sanitarios (gasas, vendas, apósitos, etcétera) que estos profesionales utilizan en su práctica diaria.

Para su dispensación hospitalaria o acogerse a la financiación por parte del Sistema Nacional de Salud (SNS), las comunidades autónomas (a excepción de Andalucía, que ya autorizó este año la prescripción enfermera) deberán elaborar una orden de dispensación que lo haga efectivo, algo que fuentes del Consejo General de Colegios de Enfermería consideran que podría estar listo unos meses después de que las Cortes den luz verde definitiva al texto.


Medicamentos con receta

Por otro lado, en cuanto a los medicamentos que necesitan receta médica para poder ser utilizados, la nueva ley fija que el Ministerio de Sanidad y Política Social tendrá como máximo un año para fijar con las organizaciones colegiales de médicos y enfermeros qué medicamentos y en qué condiciones podrán ser dispensados por el enfermero.

Para ello, deberán registrarse una serie de protocolos y guías de práctica clínica y asistencial de elaboración conjunta, y se tendrán en cuenta tanto la experiencia y especialidad de cada profesional como la situación de cada paciente.

Según la diputada socialista Pilar Grande, el objetivo era buscar una forma jurídica que ampare “de forma estable y permanente” la situación actual por la que, desde hace años y cada día, muchos de estos profesionales sanitarios prescribían determinados medicamentos “al borde de la legalidad” en el marco del SNS.

Por su parte, María Concepció Tarruella, diputada de Convergencia i Unió (CiU) diplomada en Enfermería, reconoció el “consenso inexcusable” de todos los agentes implicados y aseguró que “mayores garantías ya no se pueden dar”.

Tarruella, en cambio, se mostró decepcionada por la abstención final del Grupo Popular cuando “han estado de acuerdo durante todo el proceso de negociación” y teniendo en cuenta “que tanto médicos como enfermeros han cedido en sus pretensiones por la seguridad de los ciudadanos y una atención sanitaria de calidad”.
 
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Me parece mentira que cueste tanto que nos concedan un derecho de algo que ya estamos haciendo...//*************//
 
Última edición por un moderador:
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e-mergencia.com es una web técnica y no es una página de denuncia, de modo que no se permiten los mensajes de contenido político, reivindicativo, ni sindical, por muy justos que estos puedan ser (casi siempre los son). E-mergencia.com no pretende abordar estos temas, y hacerlo induciria una dinámica ajena a la línea editorial de la web en este sentido te recomendamos leer qué es y qué no es e-mergencia.com .
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Es una noticia relacionada con el tema que trata este hilo, independientemente de que tome tildes políticos o no. El camino legislativo, en el que se encuentra este proyecto de ley, es necesariamente político.
 
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Es una noticia relacionada con el tema que trata este hilo, independientemente de que tome tildes políticos o no. El camino legislativo, en el que se encuentra este proyecto de ley, es necesariamente político.

Si lees el mensaje de ABUELEITOR, verás que dice claramente que no se permiten mensajes con contenido político, independientemente de que estén o no relacionados con el tema de la discusión.

No nos desviemos más. ;)
 
Respuesta: Iniciativa para que los enfermeros receten algunos medicamentos

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA SUSPENDE CAUTELARMENTE LA EJECUCIÓN DEL DECRETO SOBRE PRESCRIPCIÓN ENFERMERA

Madrid 25/11/2009 La sala de lo Contencioso Administrativo de Granada, del Tribunal de Justicia de Andalucía, ha suspendido cautelarmente la ejecución del Decreto de Andalucía que define la actuación de los enfermeros y enfermeras en el ámbito de la prestación farmacéutica.....

Os dejo el enlace de la noticia para leer el texto completo:

http://www.actasanitaria.com/actasa...rollo_noticia.jsp?idCanal=1&idContenido=16050

Un saludo.
 
Respuesta: Iniciativa para que los enfermeros receten algunos medicamentos

Gracias por la noticia, muy interesante, el tema se caldea.:sad:
 
Un saludo para tod@s.

Quisiera invitaros, en un principio, a leer un par de artículos publicados en www.paginasenferurg.com .Uno sobre conceptos de Autonomía enfermera en el área de las urgencias y emergencias. El otro es una reflexión y postulado de lo que consideramos podría llegar a ser la prescripción enfermera contextualizada a nuestra érea, en sus distintos niveles asistenciales.

La idea es que debatamos sobre ese potencial que pensemos se pueda presentar, de desarrollarse todo este tema, con una definitiva legislación en todo el Sistema Nacional de Salud español.

Considero que los próximos meses va a ser un tema a tratarse en los distintos foros y/o Congresos a celebrarse el año que viene. Y que una idea consensuada, de lo que podríamos plantear como prescripción colaborativa en el contexto de cuidados y asitencia inicial del paciente crítico y el desarrollo de la misma a través de la reorientación de algoritmos internacionalmente asumidos, podría abrir una puerta competencial y de amparo legal en todas esas situaciones que, como leo en vuestro Foro, se pueden plantear a la enfermera de urgencias que asista, puntual u organizacionalmente, sin la presencia de un médico dentro del Equipo presencial (Ambulancias sanitarizadas -SVE-, Equipos de Cuidados Avanzados -ECA-, etc.).

Ambos textos se encuentran en los siguientes enlaces:

http://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=2925381

http://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=3004568

Un saludo.
Antonio J. Valenzuela.
Enfermero Dispositivo de Cuidados Críticos y Urgencias (DCCU)
 
Respuesta: Prescripción enfermera en el entorno de la urgencia y emergencia.

Veo que eres el autor.
Me parece un tema muy interesante. Desde el punto de vista de la emergencia prehospitalaria, la existencia de unidades móviles que actúen funcionalmente como Soporte Vital Básico e Intermedio pueden beneficiarse de esta medida, ateniéndose a protocolos estrictos.

Sólo una cosa me preocupa desde el punto de vista del foro, y es que cuando tratamos este tipo de temas surgen posturas viscerales de lucha por competencias:lanzallamas:-chincha-, de modo que sean cuidadosos en el debate.
 
Respuesta: Prescripción enfermera en el entorno de la urgencia y emergencia.

Os dejo también por aquí, unos enlaces relacionados que tenemos en la web y que pueden enriquecer este debate:

- Respecto a la prescripción enfermera a nivel de atención primaria y crónicos:

http://www.e-mergencia.com/foro/showthread.php?t=14889&highlight=prescripcion+enfermera

- Sobre protocolos de actuación necesarios en unidades de soporte vital intermedio:

http://www.e-mergencia.com/foro/showthread.php?t=18652&highlight=prescripcion+enfermera

- Sobre los diagnósticos enfermeros, cuidados enfermeros y problemas colaborativos en situaciones de urgencia y emergencia, que pueden dar lugar en un determinado momento, tanto a la elaboración de protocolos de actuación, como a la prescripción enfermera en el ámbito de las urgencias y emergencias:

http://www.e-mergencia.com/foro/showthread.php?t=11789&highlight=prescripcion+enfermera

- Otro enlace sobre las unidades de soporte vital intermedio ("sanitarizadas") y la necesidad de autonomía a nivel de enfermería en estas unidades:

http://www.e-mergencia.com/foro/showthread.php?t=12064&highlight=unidades+sanitarizadas

- Sobre la gestión de los recursos ante el problema de la escasez de personal médico:

http://www.e-mergencia.com/foro/showthread.php?t=22234&highlight=soporte+vital+intermedio


Un saludo..;)
 
Respuesta: Prescripción enfermera en el entorno de la urgencia y emergencia.

¿cual es el problema para asumir que un enfermero con formación específica adicional, libertad para administrar determinados fármacos siguiendo un protocolo hecho por médicos y enfermeros puede llevar una unidad de SVA prehospitalario?

Lo miro del derecho y del revés y no entiendo el dilema. En medio mundo el Soporte Vital Avanzado prehospitalario está en manos de enfermeros, son raros los paises en los que hay médicos en la calle.
 
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