Ambulancias

Raul3te

e-mergencista nuevo
Tengo un par de preguntillas sobre las ambulancia si me las pudieras responder me vendría muy bien gracias. :lol:

1- Puede ir una ambulancia en dirección contraria o marcha atras por la autopista o autovías ?

2-Es obligatorio que la ambulancia lleve puestas las señales luminosas y acústicas en servicio de urgencia ?
 
Respuesta: Ambulancias

Bienvenido al Foro

Yo tengo otra para Ti que no me quedo clara por la otra consulta que hiciste... ;););)

¿Estas estudiando el TES?

En cuanto a lo que planteas puedes encontrar las respuestas(en el caso de ESPAÑA) en la Legislacion relativa a:

- Reglamento General de la Circulacion (R.G.C.)
- Reglamento General de Conductores (R.G.C.)

Un saludo
 
Respuesta: Ambulancias

Hola , si mi problema es que lo estoy haciendo por libre y no tengo profesor ni a nadie que preguntar :oops: y tengo esas dos dudas ahora me mirado los 5 libros de +300 paginas cada uno y no lo encuentro jaja tengo otras preguntas pero no las e puesto todas puse esta xk pensé que cualquiera de vosotros supongo que lo sabría.
 
Respuesta: Ambulancias

Lo relativo a Circulacion esta perfectamente reglamentado en la Legislacion Vigente española

Si te surge algun tipo de duda a este respecto te sugiero este enlace Aqui

En el resto de consultas que te surgan, por el bien Tuyo y de Tus futuros pacientes... la "Norma No Escrita" es que los alumnos hagais el planteamiento del ejercicio.

Hagais el desarrollo de como lo resolveriais y luego os demos pistas o consejos al respecto.

Y sobre todo leer en el Foro, pues muchas veces son temas que ya estan tratados.

Un saludo y animo con esos estudios.
 
Respuesta: Ambulancias

Tengo un par de preguntillas sobre las ambulancia si me las pudieras responder me vendría muy bien gracias. :lol:

1- Puede ir una ambulancia en dirección contraria o marcha atras por la autopista o autovías ?

2-Es obligatorio que la ambulancia lleve puestas las señales luminosas y acústicas en servicio de urgencia ?


Aunque el post es antiguo, echa una miradita por aquí:
http://www.e-mergencia.com/foro/f140/codigo-circulacion-ambulancias-21612/

Y otros enlaces de interés:
http://www.e-mergencia.com/foro/f140/abran-paso-30893/
Normativa y Legislación

Y una anotación, los vehículos de emergencia, tienen prioridad, pero no preferencia, y no pueden saltarse las normas de la circulación y los conductores de los mismos han de obedecer a las fuerzas de seguridad del estado.

Un saludo.
 
Respuesta: Ambulancias

...//...Y una anotación, los vehículos de emergencia, tienen prioridad, pero no preferencia, y no pueden saltarse las normas de la circulación...//...

Esto... Ejem... ;););) por una vez tengo que hacer una puntualizacion/correccion a Belladona (muy a mi pesar :sad:).

En el R.G.C. dice...

TÍTULO II De la circulación de vehículos
CAPÍTULO III. Prioridad de paso
SECCIÓN 4 VEHÍCULOS EN SERVICIOS DE URGENCIA

Artículo 67 Vehículos prioritarios

1. Tendrán prioridad de paso sobre los demás vehículos y otros usuarios de la vía los vehículos de servicios de urgencia, públicos o privados, cuando se hallen en servicio de tal carácter. Podrán circular por encima de los límites de velocidad y estarán exentos de cumplir otras normas o señales en los casos y con las condiciones que se determinan en esta sección (artículo 25 del texto articulado).

2. Los conductores de los vehículos destinados a los referidos servicios harán uso ponderado de su régimen especial únicamente cuando circulen en prestación de un servicio urgente y cuidarán de no vulnerar la prioridad de paso en las intersecciones de vías o las señales de los semáforos, sin antes adoptar extremadas precauciones, hasta cerciorarse de que no existe riesgo de atropello a peatones y de que los conductores de otros vehículos han detenido su marcha o se disponen a facilitar la suya.

Artículo 68 Facultades de los conductores de los vehículos prioritarios

1. Los conductores de los vehículos prioritarios deberán observar los preceptos de este reglamento, si bien, a condición de haberse cerciorado de que no ponen en peligro a ningún usuario de la vía, podrán dejar de cumplir bajo su exclusiva responsabilidad las normas de los títulos II, III y IV(***), salvo las órdenes y señales de los agentes, que son siempre de obligado cumplimiento

(***)Nota Aclaratoria:
TÍTULO II. De la circulación de vehículos
TÍTULO III. Otras normas de circulación
TÍTULO IV. De la señalización

EN RESUMEN:

1.- Los Vehiculos efectivamente tienen prioridad (que no es lo mismo que preferencia). Vamos que si te das una castaña, casi seguro tendra la culpa en Conductor.

2.- Los Conductores podran no respetar las Normas de Circulacion estando en Servicio de Urgencia, SIEMPRE BAJO SU EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD (Con lo cual aqui no vale lo que diga el Medico y/o Due)

3.- TODAS las acciones/maniobras que realicen seran SIEMPRE habiendose cerciorado que no existe peligro para el resto de usuarios de la via (vehiculos y peatones).

Un saludo
 
Respuesta: Ambulancias

Esto... Ejem... ;););) por una vez tengo que hacer una puntualizacion/correccion a Belladona (muy a mi pesar :sad:).


EN RESUMEN:

1.- Los Vehiculos efectivamente tienen prioridad (que no es lo mismo que preferencia). Vamos que si te das una castaña, casi seguro tendra la culpa en Conductor.

2.- Los Conductores podran no respetar las Normas de Circulacion estando en Servicio de Urgencia, SIEMPRE BAJO SU EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD (Con lo cual aqui no vale lo que diga el Medico y/o Due)

3.- TODAS las acciones/maniobras que realicen seran SIEMPRE habiendose cerciorado que no existe peligro para el resto de usuarios de la via (vehiculos y peatones).


Tienes razón, yo me he expresado de modo más tajante, porque teniendo en cuenta lo que preguntaba el forero Raul3te, sobre circular por autovía en dirección contraria o marcha atrás, pues .-uh-. .-uh-..
 
Respuesta: Ambulancias

Yo tengo un compañero que se incorporo a una Autovia, pasado unos metros el accidente y a pesar que la PGC tenia cortado totalmente el trafico y circulo a baja velocidad por el arcen en sentido contrario le denunciaron.
 
Respuesta: Ambulancias

Nunca debes anteponerte a la inseguridad, recuerda que el contradireccón esta prohibido y ir marcha atrás también. Ahora, si por necesidad del servicio y siempre que nos cercioremos de que esta la autopista cortada en el sentido de circulación en qual vas a acceder, no hay NINGUN TIPO DE PELIGRO, ni colision ni apropello, hazlo. Pero siempre bajo las mas extrictas normas de seguridad.....Y avisa a tu cetro coordinador de todos los echos.
 
Respuesta: Ambulancias

Foxtro... las condiciones que relatas se daban en el caso que expuse en mi ultimo post, y a pesar de ello le denunciaron.
 
Respuesta: Ambulancias

La gente se piuensa que estamos exentos de cualquier responsabilidad, y no es asin....yo si en algún momento he tenido que hacerlo, que se ha dado el caso, la policía iva delante abriendo paso. Jamas me han multado, al menos por imprudencia....
 
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